Panamá extiende validez de pasaportes venezolanos vencidos

pasaportes venezolanos

El pasado domingo 28 de julio, se llevaron a cabo las elecciones presidenciales en la República Bolivariana de Venezuela, las cuales estuvieron marcadas por graves irregularidades. El proceso, ampliamente cuestionado a nivel nacional como internacional, ha sido rechazado por varios países de la región debido a la falta de transparencia. El resultado ha generado un profundo descontento entre los venezolanos, tanto residentes en el país como aquellos en el extranjero, quienes se sienten indignados por el bloqueo en el proceso democrático.

Ante esta situación, Panamá, bajo la administración del recién electo presidente José Raúl Mulino, expresó su desacuerdo con el resultado electoral. El 29 de julio, el gobierno panameño decidió retirar a todo su personal diplomático de Venezuela y suspender indefinidamente las relaciones bilaterales.

Este rompimiento ha afectado gravemente a los venezolanos en Panamá, quienes dependen de los servicios consulares para gestionar trámites como la renovación de pasaportes y documentación relacionada con viajes. Con la paralización de estos servicios, muchos pasaportes han vencido, dejando a sus titulares en una situación migratoria irregular. Esto ha bloqueado su capacidad para realizar trámites esenciales como la solicitud de permisos de trabajo, renovación de licencias de conducir, trámites fiscales, matriculación escolar de hijos, y otras gestiones necesarias para su vida cotidiana en Panamá.

En respuesta a esta problemática, el Presidente de la República de Panamá, mediante Decreto Ejecutivo No. 188 del 3 de octubre de 2024, ha dispuesto que, a partir del 4 de octubre y durante los siguientes seis meses, todas las entidades públicas y empresas privadas deberán aceptar pasaportes vencidos de ciudadanos venezolanos como documentos válidos de identificación. Se considerarán válidos aquellos pasaportes que hayan expirado a partir del 1 de septiembre de 2023, y con ellos se podrán realizar trámites migratorios, laborales, fiscales, educativos, comerciales, y la obtención o renovación de licencias de conducir.




Nueva lista de profesionales son parte del Banco de Datos de Peritos de la DGI

peritos

En la Gaceta Oficial del 9 de septiembre, la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas publicó la Resolución No. 201-5687 de fecha 26 de agosto de 2024.

Mediante esta resolución, la Dirección General de Ingresos oficializa la inclusión de 31 profesionales en el Banco de Datos de Peritos de la Dirección General de Ingresos, quienes están autorizados para realizar pruebas periciales en procedimientos tributarios.

Este proceso de selección comenzó el 16 de enero del presente año, y la DGI ha confirmado que estos profesionales cumplen plenamente con el perfil requerido para formar parte del mencionado banco de datos.

A continuación, se presenta la lista de profesionales con sus datos correspondientes:

Apellidos Nombres Cédula Idoneidad Profesión
ÁBREGO BERGUIDO ZELIDETH ZULAY 8-714-464 9245 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ CONTABILIDAD GERENCIAL
AGUILAR LLERENA CELINDA ELVIRA 8-700-934 0797-2003 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ IMPUESTOS
BOUCHE CASTRO ROGELIO ALEXIS 8-447-829 0475-2011 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ AUDITOR INTERNO/ NIIF
BUSTAMANTE ROMÁN NILVIA JOVANY 3-708-1394 0357-2023 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA Y AUDITORA/ TRIBUTACIÓN/ PRECIOS DE TRANSFERENCIA
CABEZAS JUSTAVINO ELI FELIPE 4-129-448 0206-2015 ADMINISTRADOR DE EMPRESAS/ CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ TRIBUTACIÓN
CACERES ACOSTA LISSETTE ELIDIA 4-742-1142 0612-2009 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ NIIF
CAMERO GONZALEZ OMAR EUGENIO 8-284-712 5337 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO
CHAMBONET LEMOS MILTON ERASMO 8-351-203 3022 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ CONTABILIDAD GERENCIAL/ TRIBUTACIÓN
CORREA CHIU JAVIER ANTONIO 1-19-2349 1696 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ TRIBUTACIÓN Y GESTIÓN FISCAL/ CONTRALORÍA
DÍAZ DE ICAZA SONIA DEL CARMEN 8-190-527 1218 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ AUDITORA FORENSE/ TRIBUTACIÓN Y GESTIÓN FISCAL/ AUDITORA DE SISTEMAS
FORERO DE GRACIA ROGELIO AUGUSTO 8-721-1578 7342 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS CON ÉNFASIS EN FINANZAS/ GERENCIA ESTRATÉGICA/ ALTA GERENCIA
GALEANO HIM JUAN ANTONIO 8-464-776 6173 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS/ TRIBUTACIÓN
GALINDO ALABARCA MAYURI CECIBELL 8-702-2216 221-2004 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ AUDITORA FORENSE
GARCÍA VERGARA DANIEL MOISÉS 9-213-809 0178-2012 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO
GÓMEZ QUIRÓS DE QUINTERO DEYSI YADIRA 2-127-44 0175-2015 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ AUDITORA/ CONTRALORÍA
GONZÁLEZ DELGADO CARMEN EDITH 7-96-646 2743 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ AUDITORA FORENSE/ ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS CON ÉNFASIS EN FINANZAS/ PRECIOS DE TRANSFERENCIA
HERNÁNDEZ DIANA GISSEL 8-769-2441 0565-2012 ADMINISTRADORA DE NEGOCIOS CON ÉNFASIS EN BANCA Y FINANZAS/ CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ FINANZAS CORPORATIVAS
MANFRE ALMANZA AMÉRICA 8-463-480 2588 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ TRIBUTACIÓN
MENDOZA ALVARADO CARLOS RAFAEL BERNARDO 8-711-2326 0746-2006 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ TRIBUTACIÓN Y GESTIÓN FISCAL/ PRECIOS DE TRANSFERENCIA/ INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN FISCAL
MIRANDA NIETO ADÁN GIANCARLO 8-749-1022 0129-2005 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ GESTIÓN TRIBUTARIA/ ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS CON ÉNFASIS EN BANCA Y FINANZAS/ ALTA GERENCIA
MOLINA VALDERRAMA DE PALLARES ROSE JENY 8-346-205 0436-2021 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ AUDITORA FORENSE ANTIFRAUDE
NÚÑEZ RÍOS ALEX JAVIER 8-321-793 0135-2004 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ TRIBUTACIÓN
ODA PINTO EDWIN MANUEL 6-81-884 7493 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ CONTRALORÍA
PALACIOS RODRÍGUEZ DUNIA ORIANA 8-528-1097 0507-2011 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ AUDITORA FORENSE/ TRIBUTACIÓN Y GESTIÓN FISCAL/ PRECIOS DE TRANSFERENCIA
PINILLA ÁLVAREZ KARLA DE LOURDES 8-744-331 620-2003 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ CONTABILIDAD Y CONTROL GERENCIAL/ DIRECCIÓN EMPRESARIAL/ FINANZAS
QUINTANAR MARTÍNEZ LUZ GRACIELA 3-80-1532 0747-2006 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ AUDITORA FORENSE/ ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS CON GERENCIA ESTRATÉGICA/ EXAMINADORA DE FRAUDE
ALFONSO SALINAS ANA PATRICIA N-20-2042 2066 ECONOMISTA/ GESTIÓN DE RIESGO FINANCIERO/ EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE LOS SECTORES PÚBLICO Y PRIVADO
TEM PLATA LUIS SANTIAGO 8-224-504 0747-2011 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO Y AUDITOR/ ADMINISTRADOR DE NEGOCIOS CON ÉNFASIS EN FINANZAS/ GERENCIA ESTRATÉGICA/ ALTA GERENCIA
URBINA AGUILA CARLOS FRANCISCO 8-714-327 0097-2012 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL
VARGAS HERNÁNDEZ ÁNGEL ARTURO 8-303-203 3583 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS CON ÉNFASIS EN BANCA Y FINANZAS/ TRIBUTACIÓN
WILLIAMS ATEHORTUA JUAN LEROY 8-189-849 1055 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO
La Dirección General de Ingresos se reserva el derecho a excluir a peritos y a actualizar el listado en el futuro.



La Alcaldía de Panamá declara periodo de Moratoria

moratoria

Desde el inicio de la transición de gobierno, tras las elecciones del pasado 1 de julio, el Alcalde Electo Mayer Mizrachi y su Vicealcalde, Roberto Ruíz, han expuesto públicamente el estado financiero en que recibieron las arcas de la Alcaldía de Panamá. Han denunciado presupuestos inflados, planillas abultadas y otras irregularidades, destacando principalmente las deudas insostenibles que enfrenta la municipalidad. Ante esta situación, han implementado medidas de austeridad con el objetivo de recuperar la estabilidad financiera del municipio y seguir trabajando para que «Panamá Brille».

Las restricciones económicas han afectado la gestión de proyectos y la prestación de servicios esenciales a los ciudadanos. En respuesta a esta situación, el Concejo Municipal de Panamá ha aprobado un periodo de moratoria para el pago de impuestos municipales, vigente desde el 16 de septiembre hasta el 16 de octubre de 2024. Esta medida exonera el 100% de los recargos e intereses en impuestos de negocios y el 50% en multas por no presentar la declaración jurada. Para acceder a este beneficio, los contribuyentes deben cancelar la totalidad de su deuda acumulada hasta la fecha, incluido el mes corriente.

Además, la exoneración de recargos e intereses también se aplica a los arreglos de pago vigentes y a los expedientes en la jurisdicción coactiva, siempre que se cancele la totalidad de las cuotas pendientes o el monto adeudado. Los contribuyentes deben presentar, de manera presencial, todas las declaraciones juradas pendientes en las oficinas de Servicio al Contribuyente del Edificio Hatillo, aunque también pueden realizar los trámites digitalmente en el sitio web de la Alcaldía, donde se aceptan pagos con tarjetas Visa, MasterCard, Clave o a través del sistema de banca en línea.

Cabe destacar que esta moratoria no aplica para deudas relacionadas con impuestos de vehículos, obras y construcciones, publicidad, otras multas, ni para nuevos arreglos de pago. La Alcaldía ha tomado esta medida como parte de sus esfuerzos para recaudar los fondos necesarios para el desarrollo y mantenimiento de la ciudad, ofreciendo a los contribuyentes la oportunidad de regularizar su situación fiscal, lo que permitirá asegurar el ingreso de recursos esenciales para continuar brindando servicios de calidad a la comunidad.

La gestión entrante también ha descubierto que, en el periodo anterior, el presupuesto municipal había sido inflado en más de 100 millones de dólares, y que la capacidad real de recaudación de las arcas municipales rondaría solo los 220 millones de dólares para finales de año, muy por debajo de las expectativas iniciales de un municipio financieramente sólido. Además, se han identificado deudas significativas que superan los 150 millones de dólares, lo cual compromete aún más la situación financiera del municipio y pone de relieve una gestión previa deficiente y una falta de transparencia.

Uno de los aspectos más críticos señalados por la nueva administración es el aumento desmedido de la planilla municipal. Desde 2019, bajo la gestión de José Luis Fábrega, el número de empleados pasó de 3,564 a 6,380 en mayo de 2024, lo que representa un crecimiento del 79% en comparación con un incremento del 10% durante la gestión de José Isabel Blandón (2014-2019). Esta expansión ha generado cuestionamientos sobre la eficiencia en el uso de los recursos públicos, especialmente ante la persistente percepción de deficiencias en la prestación de servicios básicos como el mantenimiento de parques y la gestión de trámites administrativos.

Ante este panorama, el Alcalde Mayer Mizrachi ha manifestado su compromiso de implementar recortes y medidas de austeridad para reducir la nómina y recuperar la estabilidad financiera del municipio. Asimismo, se ha comprometido a buscar nuevas fuentes de ingresos para mejorar la liquidez y asegurar el sostenimiento de los servicios esenciales que la Alcaldía brinda a los ciudadanos.

Aunque la implementación de una moratoria fiscal por parte de la Alcaldía de Panamá representa un esfuerzo positivo para aliviar la carga financiera de los contribuyentes, el plazo de un mes resulta insuficiente para muchos ciudadanos que no tenían prevista esta oportunidad de regularización. Un periodo mínimo de dos meses sería más adecuado, permitiendo una mejor planificación y cumplimiento por parte de los contribuyentes. Además, sería beneficioso extender los horarios de atención, incluyendo los días sábados, para facilitar el acceso a los servicios municipales.

Por otro lado, es crucial que los funcionarios municipales reciban entrenamiento adecuado para mejorar su trato hacia los ciudadanos, promoviendo una cultura de servicio más amable y eficiente. Sería valioso que el propio Alcalde supervise las oficinas de cobro y utilice sus redes sociales para fomentar la participación de los contribuyentes. Asimismo, esta iniciativa no debería limitarse únicamente al Municipio de Panamá; su promoción en otros municipios podría generar un impacto más amplio y positivo en la economía local y en la relación entre las autoridades y los ciudadanos.




El IFARHU revelará información sobre préstamos otorgados

IFARHU

La reciente Resolución No.320-2024-540 del Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos (IFARHU) de Panamá, fechada el 17 de julio de 2024, marca un importante avance en la transparencia de esta entidad gubernamental. Esta resolución anula una decisión previa que clasificaba cierta información como confidencial y refuerza el acceso público a datos sobre la gestión de fondos estatales.

En agosto de 2021, el IFARHU había decidido, a través de la Resolución No.320-2021-522, que las resoluciones del Comité y las actas del Consejo Nacional, así como cualquier información relacionada con los préstamos otorgados, se mantendrían confidenciales. Esta decisión fue cuestionada cuando, en octubre de 2022, la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI) investigó denuncias de posibles irregularidades en la gestión de auxilios económicos del IFARHU.

La ANTAI concluyó su investigación en febrero de 2023 con la Resolución No.ANTAI-AL-037-2023, recomendando la anulación de la confidencialidad de la información del IFARHU. Argumentaron que, de acuerdo con la Ley No.6 de 2002, la información sobre el uso de fondos públicos debe ser accesible al público para permitir una supervisión adecuada de la gestión gubernamental.

La Resolución No.320-2024-540 del IFARHU, que anula la resolución de 2021, se basa en varias leyes panameñas, incluyendo la Ley 38 de 2000, la Ley 6 de 2002 y la Ley 33 de 2013. Estas leyes establecen la obligación de las entidades públicas de ser transparentes y garantizar el acceso a la información, permitiendo a los ciudadanos supervisar y participar en la gestión pública.

Con esta nueva resolución, el IFARHU se compromete a:

  1. Revocar la Resolución No.320-2021-522, eliminando así la confidencialidad de las resoluciones del Comité y las actas del Consejo Nacional.
  2. Implementar políticas de transparencia para asegurar que la información bajo su control sea accesible al público.

Esta resolución entró en vigor inmediatamente tras su publicación el pasado 17 de julio en la Gaceta Oficial. Al tomar esta medida, el IFARHU no solo cumple con las recomendaciones de la ANTAI, sino que también fortalece su compromiso con la transparencia y la rendición de cuentas, principios fundamentales para la confianza pública y el control democrático de la gestión estatal.




La Corte Suprema de Justicia declara NULO el Resuelto N°5261 del MEDUCA

El 14 de mayo de 2024, la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral de la Corte Suprema de Justicia de Panamá falló en relación a la demanda de nulidad presentada por el Licenciado Genaro Omar Ojo Reyes contra el Ministerio de Educación (MEDUCA). Ojo Reyes impugnó el Resuelto N°5261 de 12 de noviembre de 2021, que establece la tabla de afinidades de los títulos académicos necesarios para aspirar a cargos docentes en el Ministerio de Educación, argumentando su ilegalidad por varias razones.

El demandante fundamentó su caso señalando que el Resuelto N°5261 establece criterios de afinidad que no se ajustan adecuadamente a las especialidades requeridas en el ámbito educativo. En particular, el artículo 3 del resuelto no logra establecer criterios claros respecto a los Técnicos Superiores Universitarios y No Universitarios, creando un vacío legal. Este artículo especifica que «los estudios técnicos superiores serán considerados afines si guardan relación directa con las áreas de conocimiento específicas del cargo docente al que se aspira», sin definir qué se entiende por «relación directa» ni cómo se evaluaría esta afinidad. Según Ojo Reyes, esta falta de claridad limita la puntuación de los docentes en concursos de nombramientos, traslados, supervisión y dirección, y pone en desventaja a aquellos que buscan enriquecer su formación continua. Además, argumentó que el resuelto fomenta la eliminación ilegal de puntos académicos por parte de las Juntas de Selección de Personal, práctica realizada verbalmente durante la pandemia de COVID-19, violando derechos fundamentales relacionados con la educación continua y la libertad de cátedra.

Antes del Resuelto N°5261, el proceso de selección de docentes estaba regulado por el Decreto Ejecutivo 203 de 1996 y el Resuelto No.804 de 2020, los cuales establecían criterios específicos para la calificación y ponderación de los títulos académicos. En estas disposiciones se detallaban las especialidades aceptadas y cómo se asignaban los puntos según la formación y experiencia de los candidatos. Por ejemplo, un docente con un título de licenciatura en educación primaria recibía una puntuación específica que se sumaba a su experiencia docente y a otros cursos de formación continua.

Con el Resuelto N°5261, el Ministerio de Educación introdujo una nueva tabla de afinidades que pretendía estandarizar los títulos académicos afines a los cargos docentes. Sin embargo, esta tabla fue criticada por su falta de precisión en la definición de afinidades y por no proporcionar un marco claro para la evaluación de los técnicos superiores. Así, un docente con un título de técnico superior en una especialidad no claramente definida podría ver reducida su puntuación debido a la ambigüedad de los nuevos criterios, afectando su posibilidad de obtener un nombramiento o traslado.

El fallo de la Sala menciona que el Resuelto N°5261 modifica y regula disposiciones previamente establecidas por el Decreto Ejecutivo 203 de 1996 y el Decreto 1349 de 2014, que norman la calificación y ponderación de los títulos académicos en concursos de nombramientos docentes. Ojo Reyes sostiene que un resuelto ministerial no puede modificar normativas de superior jerarquía legal.

En su informe, la Ministra de Educación defendió la legalidad del Resuelto N°5261, argumentando que su aprobación es necesaria para estandarizar los títulos académicos afines a cargos de docencia, facilitando los concursos de nombramientos y traslados de docentes. La ministra afirmó que el resuelto no impide la formación continua de los docentes, sino que crea oportunidades para los egresados de diversas universidades.

La Procuradoría de la Administración respaldó la legalidad del resuelto, argumentando que la tabla de afinidades complementa lo dispuesto en el artículo 1 del Resuelto No.804 de 2020, que aprueba el Texto Único del Decreto Ejecutivo 203 de 1996. Concluyó que el resuelto no infringe ninguna norma jurídica vigente y que su objetivo principal es regular adecuadamente los concursos de nombramiento y traslado de docentes, asegurando la idoneidad del personal educativo.

La Sala Tercera, después de analizar los argumentos del demandante, el informe del Ministerio y las normas jurídicas pertinentes, concluyó declarando la ilegalidad del Resuelto N°5261. La Sala determinó que el resuelto excede las facultades del Ministerio de Educación al intentar modificar disposiciones establecidas por decretos ejecutivos de superior jerarquía, constituyendo un exceso de poder y una violación de la jerarquía normativa. Además, el resuelto vulnera principios básicos de la administración pública, como la legalidad y la jerarquía normativa, al normar materias ya establecidas en los decretos mencionados. La falta de criterios claros para la evaluación de los Técnicos Superiores Universitarios y No Universitarios también crea un vacío legal que afecta negativamente los derechos de los docentes.

Por estas razones, la Sala Tercera declaró nulo y sin efecto el Resuelto N°5261, reiterando la necesidad de que las normativas del Ministerio de Educación se ajusten estrictamente a los principios de legalidad y jerarquía normativa para garantizar una administración pública ordenada y respetuosa de los derechos de los docentes.

Opinión

La iniciativa detrás de la Resolución N°5261 del 2021 es justa y necesaria. El Ministerio de Educación debe establecer un estándar de evaluación claro y transparente para la selección de docentes, garantizando un proceso eficiente y relevante para los puestos a los que se aspira. Sin embargo, es imprescindible que esta caracterización sea minuciosa y pertinente a la relevancia del tema.

Una tabla de afinidades es insuficiente para abordar las necesidades curriculares que cada docente debe cumplir para ejercer en los cargos postulados. Se requiere una evaluación exhaustiva de estas necesidades y la implementación de reglas claras para las Juntas de Selección de Personal en la elección del personal requerido. Estos cambios deben realizarse de manera colaborativa y estratégica, dada la rigidez de nuestras leyes. Si se busca una renovación real del sistema de selección de docentes, este es un trabajo que no puede lograrse únicamente a nivel ministerial.




Panamá contará con una nueva Secretaría Nacional del Ferrocarril

Secretaría Nacional del Ferrocarril

El Gobierno Nacional ha dado el primer paso hacia la construcción del Ferrocarril Panamá-David al crear la Secretaría Nacional del Ferrocarril mediante el Decreto Ejecutivo N°310 del 3 de julio de 2024. Este proyecto, de impacto nacional, tiene como objetivo facilitar el tránsito de mercancías y personas entre las áreas de desarrollo económico del país.

Para hacer realidad esta propuesta, se establece la Secretaría Nacional del Ferrocarril, un organismo público encargado de la planificación, diseño y ejecución del proyecto “Ferrocarril Panamá-David”. Además, coordinará acciones con entidades estatales, la sociedad civil y el sector privado para asegurar una gestión transparente de los recursos asignados. La Secretaría estará adscrita al Ministerio de la Presidencia, lo que garantizará su alineación con las políticas gubernamentales.

Desde su constitución, la Secretaría cuenta con un perfil multilateral, y el Comité Asesor incluirá representantes del Ministerio de Obras Públicas, el Ministerio de Economía y Finanzas, y el Ministro de Gobierno. Este comité asesorará en la toma de decisiones sobre los asuntos presentados por el Secretario Ejecutivo.

El Secretario Ejecutivo, definido en el decreto, será la figura que dirigirá la Secretaría. Esta posición será nombrada por el Órgano Ejecutivo y deberá cumplir con ciertos requisitos: ser panameño, tener al menos 30 años y contar con una experiencia profesional de no menos de 10 años. Sus funciones incluirán planificar, organizar y coordinar las actividades técnicas y administrativas de la Secretaría, así como desarrollar planes para proyectar los insumos, materiales tecnológicos, de información y recursos humanos necesarios para su eficiente operación a corto, mediano y largo plazo.

El Secretario Ejecutivo también será responsable de elaborar el presupuesto anual de la Secretaría, determinar los periodos de capacitación del personal e implementar nuevas tecnologías para optimizar su funcionamiento. Además, deberá presentar anualmente un informe al Presidente de la República sobre las labores realizadas y la marcha general de la Secretaría. En caso de ausencia del Secretario, el Subsecretario asumirá sus responsabilidades. También se espera que el Secretario presente ante el Órgano Ejecutivo el balance y los estados financieros anuales, así como someter a consideración del Ministro de la Presidencia la reglamentación de la Secretaría. El salario del Secretario Ejecutivo será equivalente al de los Ministros de Estado.

El proyecto «Ferrocarril Panamá-David» no solo responde a una necesidad de infraestructura, sino que también se alinea con los esfuerzos del Estado para mejorar la calidad de vida de los panameños, facilitando el acceso y la movilidad dentro del territorio nacional. El patrimonio del organismo se integrará con las partidas asignadas por el Presupuesto General del Estado. El presidente electo, José Raúl Mulino, ha catalogado este proyecto como la obra más importante de su mandato, reconociendo que requerirá mucho trabajo, pero asegurando un impacto positivo significativo y un gran legado para el país.




Proyecto Wanda Díaz: Medida para mitigar la contaminación de las costas panameñas

proyecto Wanda Díaz

Aproximadamente 8 millones de toneladas de plástico llegan cada año a los océanos, causando estragos en los ecosistemas marinos y fluviales, y afectando la biodiversidad a través de la cadena alimentaria. Las actividades humanas en superficie terrestre generan entre el 70% y el 75% de la contaminación marina global, y el 90% de estos contaminantes son transportados por ríos.

Según la organización The Ocean Cleanup, el río Juan Díaz es uno de los mil ríos más contaminantes del mundo, siendo responsable de llevar 175,400 kilogramos de plásticos al mar cada año.

Marea Verde, una asociación sin fines de lucro en Panamá, aborda esta problemática a través de proyectos innovadores de limpieza de ríos y sus costas. Su primer proyecto, el sistema B.O.B., consiste en una barrera que atrapa desechos flotantes arrastrados por el cauce de los ríos, evitando que estos lleguen a las costas.

A finales de 2020, Marea Verde enfocó sus esfuerzos en brindar una solución paliativa para la situación del río Juan Díaz. Durante 20 días, se utilizó el sistema B.O.B. en la desembocadura del río, a 200 metros de la subestación de bombeo. Este proceso se implementó con el objetivo de evaluar la cuenca hidrográfica del río, definir su caracterización y adaptar el sistema B.O.B. a las necesidades específicas que se identificaran.

En septiembre de 2022, Marea Verde implementó el proyecto Wanda Díaz para complementar el sistema B.O.B. Wanda Díaz está compuesto por una rueda hidráulica, y trabaja en conjunto con B.O.B. para maximizar la recolección y clasificación de desechos sólidos atrapados en el río. El objetivo principal de Wanda Díaz es optimizar el proceso de identificación y reciclaje de materiales. Al final de su primer año de operación, el proyecto logró impedir que 286,601 libras de desechos sólidos llegaran a la Bahía de Panamá, y recolectó 50,706 libras de plásticos para reciclaje.

Wanda y B.O.B. han demostrado ser increíbles herramientas para evitar que la basura llegue al mar, sin embargo, no son soluciones definitivas sino medidas de emergencia. Es fundamental fomentar la concientización ciudadana y reforzar políticas de tratamiento de desechos en las comunidades para prevenir que la basura llegue a los ríos en primer lugar.

La combinación de tecnología innovadora, educación comunitaria y políticas públicas es esencial para abordar el problema de la contaminación en los ríos y proteger nuestros ecosistemas marinos.

Fuentes:

  1. https://www.cepal.org/es/publicaciones/6411-la-contaminacion-rios-sus-
    efectos-areas-costeras-mar#:~:text=Alrededor%20del%2070%25%2D75,por%20los%20r%C3%ADos%20al%20mar
  2. https://www.portalambiental.com.mx/sabias-que/20201217/8-millones-de-
    toneladas-de-residuos-plasticos-llegan-al-oceano-anualmente
  3. https://mareaverdepanama.org/project/b-o-b-barrera-o-basura-en-el-matias-
    hernandez/
  4. https://mareaverdepanama.org/project/proyecto-wanda-diaz/
  5. https://elcapitalfinanciero.com/instalan-biobarrera-temporal-para-sanear-el-
    rio-juan-diaz-de-basura/