Entra en vigencia fuero ampliado de paternidad

paternidad

El Consejo de Gabinete, dictó la Resolución de Gabinete N. 66-24 del 23 de julio de 2024, mediante la cual se levanta el Estado de Emergencia Nacional declarado por la Resolución de Gabinete No. 11 de 13 de marzo de 2020, producto de la pandemia.

La presente Resolución de Gabinete deroga en todas sus partes la Resolución de Gabinete N. 11 de 13 de marzo de 2020 y la Resolución de Gabinete N. 129 de 29 de diciembre de 2021.

Cabe recordar que está última Resolución de Gabinete No, 129 declaró concluido el término para la utilización del procedimiento especial de adquisiciones de bienes, servicios u obras que se aplicó durante la pandemia; sin embargo, mantuvo vigentes las medidas extraordinarias de carácter social, económico y sanitario, adoptadas por el Órgano Ejecutivo a consecuencia de la Pandemia de la Covid-19.

Hemos hecho referencia a la Resolución de Gabinete No. 66-24, debido a que la Ley 238 de 15 de septiembre de 2021 que amplía el alcance del fuero de maternidad hasta el padre y se concede vacaciones en caso de fallecimiento de la madre del menor, entró a regir a partir de la fecha, dado que la entrada en vigencia de la misma estaba sujeta, conforme lo establece el artículo 7 al levantamiento del estado de emergencia como consecuencia de los efectos generados por la pandemia del Covid-19.

Por considerarlo un tema de interés y por el hecho de que la Ley 238 fue dictada en el año 2021, les presentamos algunos comentarios en tormo a la misma:

  1. El artículo 1 de la Ley 238, dispone que el principal propósito de la norma es salvaguardar el interés superior del menor protegiéndolo cuando se encuentre en estado de vulnerabilidad o indefensión y garantizar en su primer año de vida las condiciones de estabilidad que permitan su desarrollo adecuado.
  2. Se amplía el fuero de maternidad hasta el padre, lo cual se aplicará a todo empleado, sea del sector público o privado, para que el padre pueda acogerse al beneficio deberá concurrir los siguientes hechos: a) Fallecimiento de la madre durante el parte o hasta dentro de los doce meses posteriores al parto. b) Cuando la mujer en estado de gravidez o dentro de los doce meses posteriores al parto no cuente con un trabajo formal. 
  3. Cuando la mujer esté embarazada y no cuente con un trabajo formal, el padre gozará del alcance del fuero de maternidad, es decir, que no podrá ser despedido del puesto de trabajo público o privado por los meses que dure la gestación y luego del parto, por el término de un año.
  4. El fuero de maternidad se suspenderá si se comprueba que la mujer en estado de gestión o después del parto, llega a encontrar un trabajo formal o en caso de fallecimiento del niño.
  5. Se le concede al trabajador el derecho a quince días de vacaciones, siempre que tenga el derecho adquirido, las cuales no podrán ser negadas por su empleador. Las mismas se concederán, luego de haber cumplido el tiempo de duelo que se establezca en el reglamento interno de la institución o de la empresa donde presta sus servicios.

A este respecto, consideramos oportuno señalar que la Ley 238, antes comentada, es desacertada, dado que entre otras cosas no se tomó en consideración los preceptos constitucionales que contemplan la figura del fuero de maternidad en nuestro país, así como en normas internacionales.

Debemos partir señalando, que la Constitución Nacional consagra la protección a la maternidad de la mujer trabajadora otorgándole el derecho de una licencia de maternidad remunerada y a un fuero de maternidad, principios que han sido desarrollados en el Código de Trabajo y que se desprenden precisamente del hecho cierto que se trata de una trabajadora y por haber salido en estado de gravidez, goza de una protección especial.  

Consideramos que el mayor problema, radica en que mediante la Ley 238, se le extiende al trabajador un fuero de maternidad, que fue concedido para ser otorgado a la mujer trabajadora, es decir, a aquella mujer trabajadora que labora ya sea en el gobierno o en la empresa privada, que recibe un salario por los servicios que presta, trastocándose el sentido de la norma al ser otorgado a la mujer que no tenga un trabajo formal.

La licencia de maternidad y el fuero de maternidad, se concedieron como un derecho irrenunciable a favor de la mujer trabajadora, precisamente para que tuviera un descanso remunerado después del parto y para garantizar la alimentación al niño durante el primer año, lo cual no alcanza a la mujer que no cuenta con un trabajo formal.

Por otro lado, no se aplica a la mujer que no cuenta con un trabajo; sin embargo, la Ley 238 le extiende al trabajador un fuero de maternidad inexistente, porque resulta que esa madre que no tiene trabajo, al momento de salir embarazada y después del parto no se encontraba laborando, como puede explicarse que a pesar de reunir los requisitos puede extender a su esposo o compañero un fuero que nunca tuvo.




Sitios de interés turístico en Panamá

turismo en panamá

En días pasados fue sancionada la Ley 437 de 14 de junio de 2024, mediante la cual se establecen los lineamientos para la identificación de sitios de interés turístico a través de la nomenclatura urbana y rural existentes y la señalización turística que permita el traslado desde y hacia los principales sitios turísticos de nuestro país, incluyendo contenido sobre sitios en cada región, señalizándolos debidamente en las principales estaciones y paradas de transporte público colectivo, con el fin de proporcionar la información al turista y a la población.

Se ha dispuesto que se aplicará la Ley 437 tanto en las estaciones del Metro de Panamá como en las principales paradas del Sistema de Transporte Público y en las terminales de transporte público colectivo en el resto del país.

Por otro lado, la nomenclatura urbana, rural y turística será ejecutada sobre la ya existente, verificando que se encuentren debidamente identificadas y de no estarlo, estas deberán ser renombradas correctamente para facilitar el proceso de movilización ciudadana y el acceso a los sitios de interés turístico.

Dentro de este contexto, para la identificación de los sitios de interés turístico, se deberá tomar en consideración el Manual de Señalización Turística aprobado por la Autoridad de Turismo de Panamá (ATP).

Corresponderá a la ATP especificar los atractivos y facilidades turísticas, así como establecer su clasificación, por lo que deberá coordinar con los municipios y las juntas comunales la señalización contempla en al Ley 437.

Señala la Ley 437 que el proceso de ordenamiento de la nomenclatura urbana y turística, será ejecutada gradualmente por el Estado, iniciando por los destinos turísticos prioritarios identificados en el Plan Maestro de Turismo Sostenible 2020-2025, a través de los municipios y las juntas comunales en coordinación con la ATP, teniendo en cuenta las políticas y estándares establecidos por el Consejo Técnico Nacional de Nomenclatura y Numeración Urbana y Rural.

Para los efectos de las estaciones del Metro de Panamá, corresponderá a la Secretaria del Metro llevar a cabo la señalización coordinadamente con la ATP.

De igual forma, Ley 437 modifica el artículo 1 de la Ley 52 de 30 de junio de 2017 que establece el marco regulatorio para la nomenclatura y numeración urbana y rural en Panamá, en el sentido dentro de dicho marco la señalización turística.

No obstante lo antes indicado, la comentada Ley 437 empezará a regir a los 6 meses de su promulgación, es decir, a partir del 14 de diciembre de 2024, al tiempo que deberá ser reglamentada por el Órgano Ejecutivo.  




Inspección de productos agroalimentarios de alto riesgo

Inspección de productos agroalimentarios de alto riesgo

Mediante Decreto Ejecutivo No. 57 de 17 de junio de 2024, se reglamenta el numeral 5 del artículo 4 de la Ley 430 de 25 de abril de 2024 que crea la Dirección Nacional de Control de Alimentos y Vigilancia Veterinaria.

La reglamentación del numeral 5 se centra precisamente en establecer que las importaciones de productos agroalimentarios de alto riesgo, reconocidos como sensitivos en las normas vigentes, únicamente podrán ser inspeccionadas en los recintos aduaneros ubicados dentro de los puertos, aeropuertos y puntos fronterizos.

Sin embargo cuando se trata de alimentos para el consumo humano de bajo riesgo para la salud pública, la autoridad sanitaria podrá inspeccionarlos en otros sitios que cumplan con los requisitos de infraestructura sanitaria.

Estamos frente a un tema que revierte suma importancia para el país, por ello, es que la reglamentación se pretende garantizar la inocuidad de los productos alimenticios destinados al consumo humano que se importan a Panamá y que se cumplan con las normas sanitarias y de aduanas establecidas.  




Comentario del IPC Nacional Urbano, de mayo 2024 con relación a abril del mismo año

IPC nacional

El IPC Nacional Urbano mayo/abril experimentó una disminución de 0.2%.   

Los grupos que reflejaron descensos fueron: Transporte en 1.5%; Bebidas alcohólicas y tabaco; Prendas de Vestir y Calzado; Vivienda, agua, electricidad y gas; y Salud todos en 0.1%. 

Transporte

La baja presentada en el grupo Transporte fue por el decrecimiento en dos de sus siete clases. En “Transporte de pasajeros por aire” 5.3%, por la disminución en el precio de pasaje en avión; y “Combustibles y lubricantes para equipo de transporte personal” 3.8%, por el descenso en el precio de combustible para automóvil, y aceite para motor. 

Bebidas alcohólicas y tabaco

El decrecimiento reflejado en el grupo Bebidas alcohólicas y tabaco fue por la baja en tres de sus cuatro clases. La mayor variación se presentó en la clase “Vino” en 4.7%. 

Prendas de vestir

El grupo Prendas de Vestir y Calzado mostró disminución en tres de sus cuatro clases. Las mayores variaciones fueron en: “Otros artículos y accesorios de vestir” en 0.7%, por el descenso en el precio de accesorios de vestir; y “Zapatos y otros calzados” 0.5% por la baja en el precio de zapatos, zapatillas y sandalias para mujer, y zapatos, zapatillas y chancletas de hombre.

Vivienda

La disminución reflejada en el grupo Vivienda, agua, electricidad y gas fue por el decrecimiento en dos de sus ocho clases. La mayor variación se mostró en la clase Gas en 1.1%. 

Salud

La baja observada en el grupo Salud fue por el descenso en una de sus siete clases, que correspondió a “Productos farmacéuticos” 0.2%, por el decrecimiento en el precio de medicamentos. 

Comunicaciones

El grupo Comunicaciones mostró una leve disminución. 

Educación

El grupo Educación no reflejó variación.

Los grupos que presentaron aumentos fueron: Alimentos y bebidas no alcohólicas en 0.4%; Restaurantes y hoteles 0.3%; Muebles, artículos para el hogar y para la conservación ordinaria del hogar; y Bienes y servicios diversos ambos 0.1%.

Alimentos y bebidas no alcohólicas

El grupo Alimentos y bebidas no alcohólicas registró incremento en cinco de sus once clases. Las mayores variaciones se observaron en las clases: Azúcar, mermelada, miel, chocolate y dulces de azúcar en 1.6%, por el alza en el precio de goma de mascar y chocolate, azúcar, y helados; Carne 1.1%, por el aumento en el precio de carne de res, vísceras de res, y carne de cerdo; y Frutas en 0.9%.    

Restaurantes y hoteles

El incremento presentado en el grupo Restaurantes y hoteles fue por el crecimiento en sus dos clases. La mayor variación se registró en “Servicio de alojamiento” 2.2%, por el alza en el precio de alojamiento en hotel. 

Muebles

El incremento reflejado en el grupo Muebles, artículos para el hogar y para la conservación ordinaria del hogar fue por el aumento en tres de sus once clases. Las mayores variaciones se presentaron en las clases: “Utensilios para el hogar” en 1.6%; y “Artefactos eléctricos para el hogar pequeños” 1.2%, por el alza en el precio de equipos para el hogar pequeños.

Bienes y servicios diversos

 El incremento registrado en el grupo Bienes y servicios diversos fue por el aumento en una de sus diez clases. La variación se reflejó en “Otros aparatos, artículos y productos para la atención personal” en 0.2%, por el alza en el precio de artículos de cuidado personal, artículos de belleza.  

Recreación y cultura

El grupo Recreación y cultura mostró un leve ascenso.

  • Variación interanual mayo 2024-23 del IPC Nacional Urbano:

El IPC Nacional Urbano presentó una variación interanual de 1.3%. Los grupos que registraron aumentos fueron: Transporte en 3.2%; Bienes y servicios diversos 2.7%; Vivienda, agua, electricidad y gas 2.5%; Restaurantes y hoteles 2.4%; Alimentos y bebidas no alcohólicas 0.9%; Educación 0.7%; Bebidas alcohólicas y tabaco 0.5%; y Salud 0.3%.

Los grupos que mostraron disminuciones fueron: Prendas de vestir y calzado en 2.1%; Muebles, artículos para el hogar y para la conservación ordinaria del hogar; y Recreación y cultura ambos 0.5%; y Comunicaciones 0.3%.

A continuación, la gráfica con la incidencia mensual por grupo del IPC Nacional Urbano, de mayo de 2024




Índice Mensual de Actividad Económica (IMAE): Abril 2024 (E)

Índice Mensual de Actividad Económica

El Índice Mensual de Actividad Económica (IMAE), en su serie original, presentó en abril de 2024, una variación positiva de 2.90% respecto al mismo mes del año anterior (variación interanual); resultado que es menor al 7.01% publicado doce meses atrás, de acuerdo con la información estimada y compilada por el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC). 

La tendencia ciclo reportó una tasa de variación interanual de 2.00%. El IMAE acumulado, de enero a abril de 2024, registró un aumento de 1.76% al compararlo con igual período 2023. 

A nivel interanual (abril 2024-23), los sectores que mostraron un buen desempeño fueron: Comercio; Intermediación financiera; Construcción; Industria manufacturera; Agropecuario; Actividades comunitarias, sociales, personales de servicios y Pesca.

De igual forma, otras actividades presentaron incidencia positiva, pero en menor grado; a excepción del Transporte, almacenamiento y comunicaciones; Electricidad y agua; y Explotación de minas y canteras. 

En el sector comercial, las reexportaciones de bienes desde la Zona Libre de Colón, las importaciones registradas en valor CIF, la venta de gasolina de 91 octanos, gas licuado para consumo nacional y la cantidad de autos nuevos inscritos en el registro vehicular presentaron aumentos. No obstante, disminuyó la gasolina de 95 octanos.

La intermediación financiera mantuvo una dinámica ascendente, la cartera crediticia y los depósitos del sistema bancario aumentaron; en ese mismo sentido las primas suscritas. 

En la construcción, continuó el avance de proyectos de inversión en infraestructuras públicas y privadas.

La producción industrial, registró un comportamiento favorable por el aumento en la elaboración de algunos productos alimenticios como: El sacrificio de ganado vacuno y porcino, los derivados del tomate, la producción de leche evaporada, condensada y en polvo y las bebidas alcohólicas.

Por otro lado, las bebidas gaseosas disminuyeron. 

La actividad agropecuaria mostró tasa positiva, debido a algunas actividades como: La cría de ganado vacuno y porcino, la producción de leche natural, el cultivo de tomate y melón.

Por otra parte, se observó caída en el cultivo de banano, sandía y piña, destinados a la exportación.

La prestación de servicios de diversión y esparcimiento, continuó favorecida, por el aumento en los ingresos provenientes de la venta bruta de chances y billetes de la Lotería Nacional de Beneficencia (LNB), máquinas tragamonedas tipo A, los juegos de suerte y azar a través de Internet, las mesas de juego y las apuestas en eventos deportivo.

Por el contrario, las salas de bingos y las actividades hípicas reflejaron una disminución.

La actividad pesquera, se destacó por una mayor captura de camarones para la exportación. Sin embargo, se registró caída en el volumen de pescado y filete de pescado (fresco, refrigerado y congelado) y otros productos del mar.

La categoría de electricidad y agua, presentó disminución en la generación de energía hidráulica y eólica; sin embargo, aumentó el consumo de electricidad y agua potable, la generación de energía térmica y solar.

El sector transporte y comunicaciones, se vio afectada por las toneladas netas y los ingresos por peaje del Canal de Panamá.

Por lo contario, registró resultados positivos en algunas actividades como: El movimiento de carga (en toneladas métricas) del Sistema Portuario Nacional, los contenedores TEU, el movimiento comercial en la Zona Libre de Colón, las telecomunicaciones y el transporte aéreo.

Explotación de minas y canteras, afectado negativamente por el cierre de la actividad minera. 

Otras actividades que presentaron tasas positivas fueron: Servicios domésticos en hogares privados y las actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler.




Programa nacional del café

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Con la emisión del Decreto Ejecutivo No.32 de 13 de junio de 2024, se crea el Programa Nacional del Café y se reglamenta la Ley 326 de 5 de septiembre de 2022 la que establece medidas para incentivar la producción, procesamiento y desarrollo del Café.

A este respecto, consideramos oportuno indicar que la Ley 326 Ley tiene como objetivo principal establecer las bases que permitan beneficios financieros al productor; el desarrollo de la industria cafetalera; el mejoramiento de la calidad del producto; una producción eficiente con buenas prácticas de manejo del cultivo, y el incentivo a la producción a través del aumento, la renovación y el desarrollo de las plantaciones de café, principalmente el café de bajura, para que permitan al productor cubrir los costos de procesamiento y cadena de suministro, lo cual generara el desarrollo de actividades de industrialización, investigación, fomento e innovación de nuevas tecnologías en el proceso de siembra, cosecha y post-cosecha del cultivo del café, así como la promoción nacional e internacional del producto.

Como indicamos en líneas que anteceden, el Decreto Ejecutivo 32 crea el Programa Nacional del Café (PRONACAF), el cual estará adscrito al Ministerio de Desarrollo Agropecuario y tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 326, a fin de lograr el fortalecimiento y desarrollo del sector cafetero en Panamá.

Dentro de las funciones generales de PRONACAF, se encuentran entre otras la de: 1. Promoción de la entidad a fin de que los pequeños y medianos productores del café de bajura y altura, conozcan los beneficios e incentivos de la Ley. 2. Impulsar la promoción, el procesamiento y desarrollo de productos y subproductos derivados del café. 3. Fomentar la investigación, desarrollo, innovación, transformación, industrialización, comercialización y consumo del café de bajura y del café. 4. Elaborar los requisitos y llevar el registro de las instituciones del Estado, organizaciones, cooperativas, asociaciones u organismos internacionales, autorizados para brindar la capacitación, sobre innovación, estándares de calidad, procesos de exportación a los pequeños y medianos productores del café.

En cuanto a los incentivos dispone el Decreto Ejecutivo 32 que los préstamos blandos o con facilidades de pago serán otorgados por las instituciones bancarias de fomento estatal de acuerdo con los requisitos que dichas entidades establezcan.

Para la asistencia financiera no reembolsable la misma será gestionada por al MIDA, a través de la Dirección Nacional de Incentivos y Fideicomiso y será otorgado a los beneficiarios por una sola vez de acuerdo con los requisitos, procedimiento y mecanismos que se establezcan.

El Decreto en referencia, desarrolla las funciones de la Comisión Técnica del Café, dentro de las que podemos mencionar la de: 1. Elaborar y aprobar el Reglamento Interno. 2. Analizar y formular recomendaciones relacionadas con las asignaciones de los recursos presupuestarios. 3. Recomendar, aprobar o rechazar las normativas aplicables al Programa Nacional del Café. 4. Evaluar, aprobar o rechazar las solicitudes de asistencia financiera no reembolsable por los peticionarios.

Importante señalar, que el Decreto ofrece la definición de 34 términos para los efectos de la aplicación de Ley y el propio Decreto, dentro de los que se encuentran agro parque, asistencia financiera no reembolsable, asistencia técnica, buenas prácticas ambientales, buenas prácticas para el manejo del cultivo, café de bajura, desarrollo de productos, escuelas campo, industrialización, incentivos financieros, innovación, organización de base comunitaria, permisos sanitarios, plan de negocios, préstamos blandos, renovación de cafetales, subproducto e industria cafetalera.




Propiedad Intelectual, Recursos Genéticos y Conocimientos Tradicionales

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La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), es el organismo de las Naciones Unidas que apoya a las personas innovadoras y creadoras en todo el mundo, velando por que sus ideas se trasladen con seguridad al mercado y mejoren la vida de las personas en todas partes.

Bajo estos parámetros los Estados miembros de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), adoptaron, en Ginebra, un nuevo e histórico Tratado de la OMPI sobre “Propiedad Intelectual, Recursos Genéticos y Conocimientos Tradicionales Asociados”.

Se trata del primer tratado de la OMPI que aborda la interrelación de la propiedad intelectual con los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales asociados, y el primer tratado de la OMPI que incluye, específicamente, disposiciones para los Pueblos Indígenas y las comunidades locales.

Para que entre en vigor el Tratado, se requiere contar con 15 Partes Contratantes, y el Tratado establecerá en el Derecho internacional un nuevo requisito de divulgación para los solicitantes de patente cuyas invenciones se basan en recursos genéticos o conocimientos tradicionales asociados.

De acuerdo con lo establecido en el Tratado, se puede señalar que en términos generales, cuando una invención reivindicada en una solicitud de patente esté basada en recursos genéticos, cada Parte Contratante exigirá a los solicitantes que divulguen el país de origen o la fuente de los recursos genéticos. Cuando la invención reivindicada en una solicitud de patente esté basada en conocimientos tradicionales asociados a recursos genéticos, cada Parte Contratante exigirá a los solicitantes que divulguen los Pueblos Indígenas o la comunidad local, según corresponda, que proporcionaron los conocimientos tradicionales.

Cabe mencionar que los recursos genéticos están contenidos, entre otros en plantas medicinales, cultivos agrícolas y razas animales. Aunque los recursos genéticos en sí no pueden protegerse directamente como propiedad intelectual, sí es posible proteger las invenciones desarrolladas a partir de ellos, la mayoría de las veces por medio de una patente.

Algunos recursos genéticos también están vinculados a conocimientos tradicionales a través de su uso y conservación por parte de los Pueblos Indígenas, así como de las comunidades locales, a menudo a lo largo de generaciones. En ocasiones, esos conocimientos se utilizan en la investigación científica y, de ese modo, pueden contribuir al desarrollo de invenciones protegidas.




1 de julio: Día de fiesta nacional

Panama

El próximo 1 de julio de 2024, conforme lo dispone el artículo 176 de la Constitución Política de la República de Panamá, tomará posesión del cargo de presidente de la República, José Raúl Mulino Quintero por un período de cinco años.

Nuestra legislación laboral vigente, dispone en el artículo 46 del Código de Trabajo que el día en tome posesión el Presidente electo de la República, es un día de descanso obligatorio, dicho en otras palabras, estamos frente a un día de fiesta nacional.

De manera tal que, el 1 de julio de este año los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios, por lo que el trabajo en un día de descanso obligatorio, será pagado con un recargo del ciento cincuenta por ciento de recargo sobre la jornada ordinaria de trabajo, sin perjuicio a que al trabajador se le conceda como compensación cualquier otro día de descanso en la semana.

Cabe indicar que el recargo del ciento cincuenta por ciento o dos tiempos y medio, incluye la remuneración del día descanso que se le deba dar al trabajador.

Importante considerar, que en caso que el trabajador labore el día en que deba dársele libre por haber laborado en el día de fiesta nacional, se remunerará con un cincuenta por ciento sobre la jornada ordinaria.




Panamá Oeste contará con un Juzgado de Trabajo

juzgado

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia, mediante Acuerdo No. 292 de 15 de mayo de 2024 acordó reformar la distribución de los Juzgados Seccionales de Trabajo de la Primera y Segunda Sección, la cual quedará de la siguiente manera:

  1. Se ordena el cierre del Juzgado Segundo de Trabajo de la Segunda Sección con sede en la ciudad de Colón, efectivo a partir del 16 de junio de 2024.
  2. Implementar a partir del 16 de junio de 2024, el Juzgado Quinto de Trabajo de la Primera Sección, con sede en La Chorrera y jurisdicción en la provincia de Panamá Oeste, conformada por los distritos de Arraiján, La Chorrera, Capira, Chame y San Carlos.

Para los efectos del Juzgado Segundo de Trabajo de la Segunda Sección, se dispuso que hasta el día 15 de junio de 2024, deberá cumplir con sus tareas y proceder al envió de las causas pendientes al Juzgado Primero de Trabajo de la Segunda Sección en Colón, quien asumirá además de sus labores, las causas pendientes y las que ingresen en adelante.

Consideramos acertada, la creación del Juzgado Quinto Seccional de Trabajo de la Primera Sección con sede en La Chorrera, dado que viene a llenar el vació  que existía en dicha provincia, al no contar con un Juzgado Seccional de Trabajo que complementará la administración de justicia laboral en el área, que sin bien cuentan con una Junta de Conciliación y Decisión que se encuentra bajo el paraguas del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral y que tienen competencias diferentes, se complementa a la atención de los problemas laborales en dicho sector.

Hace un par de años me correspondió ser Juez Segunda de Trabajo de la Segunda Sección con sede en Colón, por lo que el cierre de dicho Juzgado, nos causa nostalgia; sin embargo, nos queda la certeza que cuando estuvimos al frente del despacho impartimos justicia en estricto apego a las normas laborales existentes al momento.

La decisión de ordenar el cierre del Juzgado Segundo Seccional de Trabajo de la Segunda Sección, se debió al análisis de los datos específicos suministrados por la Dirección Administrativa de Estadísticas Judiciales referente a las causas en trámite en los Juzgados Seccionales de Trabajo de la Segunda Sección revelan una carga reducida laboral, que no justifica que los dos juzgados permanezcan en funcionamiento, por lo que se debe optimizar el uso de los recursos institucionales.




El crecimiento mundial se estabiliza por primera vez en tres años

crecimiento mundial

Fuente: Banco Mundial.

Conforme con la última edición del informe Perspectivas económicas mundiales del Banco Mundial, se prevé que la economía mundial se estabilizará por primera vez en los últimos tres años durante 2024, aunque a un nivel débil en comparación con los parámetros históricos recientes.

Se anticipa que el crecimiento mundial se mantendrá estable en un 2,6 % durante el año 2024, antes de aumentar poco a poco hasta alcanzar un promedio de 2,7 % en el período de 2025-26. Esta cifra es muy inferior al promedio del 3,1 % de la década anterior a la COVID-19. La previsión implica que, en el transcurso del período de 2024-26, los países que representan en conjunto más del 80 % de la población mundial y del PIB mundial seguirán creciendo a un ritmo más lento que durante la década anterior a la COVID-19.

En general, se prevé que las economías en desarrollo aumentarán en promedio un 4 % durante el período de 2024-25, un poco menos que en 2023. Se prevé que el crecimiento en las economías de ingresos bajos se acelere hasta el 5 % en 2024, en comparación con el 3,8 % de 2023. Sin embargo, en las previsiones de crecimiento para el año 2024, se observa un descenso de tres de cada cuatro economías de ingresos bajos desde enero. En las economías avanzadas, el crecimiento se mantendrá estable en el 1,5 % durante 2024, antes de aumentar al 1,7 % en 2025.

“Cuatro años después de las conmociones causadas por la pandemia, los conflictos, la inflación y la restricción monetaria, parecería que el crecimiento económico mundial se estaría estabilizando”, dijo Indermit Gill, economista en jefe y vicepresidente sénior del Banco Mundial. “Sin embargo, el crecimiento se sitúa en niveles más bajos que antes del año 2020. Las perspectivas para las economías más pobres del mundo son aún más preocupantes. Tienen que afrontar niveles muy elevados de servicio de la deuda, posibilidades comerciales limitadas y fenómenos climáticos costosos. Las economías en desarrollo deberán buscar la manera de fomentar la inversión privada, reducir la deuda pública y mejorar la educación, la salud y la infraestructura básica. Las más pobres, en especial los 75 países elegibles para recibir asistencia en condiciones concesionarias por parte de la Asociación Internacional de Fomento, no podrán hacerlo sin la ayuda internacional”.

Este año, se prevé que una de cada cuatro economías en desarrollo continuará siendo más pobre de lo que era en vísperas de la pandemia en 2019. Esta proporción se duplica en los países que se encuentran en situaciones de fragilidad y conflicto. Además, la diferencia en los ingresos entre las economías en desarrollo y las avanzadas aumentará en alrededor de la mitad de las economías en desarrollo durante el período de 2020-24, la proporción más alta desde la década de 1990. Se prevé que los ingresos per cápita en estas economías (un indicador importante de los niveles de vida) aumentarán un promedio del 3 % hasta 2026, muy por debajo del promedio del 3,8 % de la década anterior a la COVID-19.

Asimismo, se espera que la inflación mundial se modere hasta el 3,5 % en 2024 y el 2,9 % en 2025, pero el ritmo de descenso es más lento de lo previsto hace tan solo 6 meses. En consecuencia, se prevé que muchos bancos centrales adopten una actitud prudente con respecto a la reducción de la tasa de política monetaria. Es probable que las tasas de interés mundiales permanezcan en niveles elevados en comparación con las últimas décadas, con un promedio de alrededor del 4 % durante el período de 2025-26, aproximadamente el doble del promedio del período de 2000-19.

“Aunque los precios de los alimentos y la energía se han moderado en todo el mundo, la inflación básica continúa siendo relativamente alta y podría mantenerse así”, dijo Ayhan Kose, economista en jefe adjunto y director del Grupo de Perspectivas del Banco Mundial. “Esta situación podría impulsar a los bancos centrales de las principales economías avanzadas a retrasar las reducciones de las tasas de interés. En un entorno de tasas ‘más altas durante más tiempo’, las condiciones financieras mundiales serían más estrictas y el crecimiento, mucho más débil en las economías en desarrollo”.

En el último informe Perspectivas económicas mundiales, también se incluyen dos capítulos analíticos de gran importancia. En el primero, se describe cómo se puede utilizar la inversión pública para acelerar la inversión privada y promover el crecimiento económico. Se concluye que el crecimiento de la inversión pública en las economías en desarrollo se ha reducido a la mitad después de la crisis financiera mundial, con una disminución a un promedio anual del 5 % durante la última década. Sin embargo, la inversión pública puede convertirse en un instrumento de política poderoso. Para las economías en desarrollo con un amplio margen fiscal y prácticas de gasto público eficientes, aumentar la inversión pública en un 1 % del PIB puede incrementar el nivel de producción hasta en un 1,6 % a mediano plazo.

En el segundo capítulo analítico, se estudia por qué los pequeños Estados, los que tienen una población de 1,5 millones de habitantes o menos, experimentan dificultades fiscales crónicas. Dos quintas partes de las 35 economías en desarrollo pertenecientes al conjunto de pequeños Estados se encuentran en un riesgo elevado de sobreendeudamiento o ya lo padecen. Esta cifra es aproximadamente el doble en comparación con otras economías en desarrollo. Es necesario aplicar reformas integrales para solucionar las dificultades fiscales de los pequeños Estados.

Los ingresos podrían proceder de una base imponible más estable y segura. La eficiencia en el gasto podría mejorarse, sobre todo en los ámbitos de la salud, la educación y la infraestructura. Podrían adoptarse marcos fiscales orientados a la gestión de los desastres naturales y otras conmociones, que se producen con mayor frecuencia. Unas políticas globales específicas y coordinadas también pueden contribuir a que estos países adopten una secuencia impositiva más sostenible.