Nueva Ley 463 de 20 de mayo de 2025 reduce beneficios laborales a los gerentes generales, subgerentes y auditores internos de las empresas de públicas

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La Ley 463 de 20 de mayo de 2025, “Que adiciona artículos a las leyes orgánicas que regulan empresas estatales, para determinar las prestaciones laborales de servidores públicos con ciertos cargos en estas empresas”, introduce modificaciones a las leyes orgánicas que regulan las empresas estatales, con el objetivo de establecer las prestaciones laborales aplicables a ciertos servidores públicos que ocupan cargos específicos dentro de estas entidades.
De acuerdo con el informe de Instituciones del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), las empresas públicas en Panamá incluyen:
Empresas estatales
• Aeropuerto Internacional de Tocumen, SA (AITSA)
• Autoridad del Canal de Panamá
• Autoridad Marítima de Panamá (AMP)
• Autoridad Aeronáutica Civil (AAC)
• Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario (AAUD)
• Empresa de Transmisión Eléctrica, SA (ETESA)
• Empresa de Generación Eléctrica, SA
• Empresa Nacional de Autopistas, S.A.
• Lotería Nacional de Beneficencia
• Empresa Metro de Panamá
Empresas públicas del sector financiero
• Banco Nacional de Panamá (BNP)
• Banco de Desarrollo Agropecuario (BDA)
• Banco Hipotecario Nacional (BHN)
• Caja de Ahorros (CA)
• Instituto de Seguro Agropecuario (ISA)
• Superintendencia de Bancos
• Superintendencia de Seguros y Reaseguros
• Superintendencia del Mercado de Valores
Alcance de la Ley 463
Con la promulgación de esta ley, el presidente de la República de Panamá, José Raúl Molino, establece que los funcionarios designados en los cargos de gerente general, subgerente y auditor interno de las empresas públicas mencionadas solo tendrán derecho a las siguientes prestaciones laborales:
• Vacaciones vencidas y proporcionales
• Décimo tercer mes proporcionales
Esto significa que no podrán recibir beneficios adicionales derivados de convenciones colectivas o acuerdos individuales, con el objetivo de evitar el pago de indemnizaciones elevadas al momento de su salida.
Esta nueva medida fortalece el principio de equidad, ya que actualmente existen funcionarios de menor jerarquía y con salarios bajos que, al ser destituidos de sus cargos, no reciben ningún tipo de trato preferencial ni compensaciones especiales.
De la misma manera, sería recomendable eliminar otros privilegios que generan un impacto negativo en las finanzas públicas, tales como dietas, viáticos excesivos y salarios desproporcionados. Estas prácticas representan una carga para la economía del pueblo panameño y deben ser revisadas para garantizar un manejo más eficiente y equitativo de los recursos estatales.

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