Permisos de trabajo: Nuevas categorías | Segunda Parte

Permisos de trabajo en Panamá

Por: Giovana Miranda Garzola

Categorías de Permisos de Trabajo por Condiciones Especiales.

  1. Persona extranjera nacional de países específicos que mantienen relaciones amistosas, profesionales, económica y de inversión con Panamá. (Países Amigos).
  2. Persona extranjera con permiso de residencia obtenida por medio de los Programas de Regularización Migratoria General.
  3. Persona extranjera profesional.
  4. Persona extranjera por reagrupación familiar para dependientes.
  5. Persona de trabajo para estudiante. Antes de la expedición del Decreto Ejecutivo que hoy comentamos, no existía la posibilidad de que una persona por permiso de residente temporal como estudiante pudiera contar con un permiso de trabajo.

Dispone el artículo 100 que estas categorías de permisos de trabajo por condiciones especiales estarán sometidos a un límite de contratación, de acuerdo a lo establecido en los artículos 17 y 19 del Código de Trabajo y en el Título II, Capítulo VI de este Decreto Ejecutivo. Lo anterior lo introdujo el Decreto Ejecutivo No. 4.

Los extranjeros que soliciten permisos de trabajo por condiciones especiales, deberán cumplir con las condiciones de autoempleo, el cual podrá ser a título personal o través de una persona jurídica o de trabajo por cuenta ajena. 

Permisos de Trabajo Establecidos para Trabajadores Temporales.

Se establece que serán considerados trabajadores temporales aquellas personas extranjeras contratadas para llevar a cabo trabajos que respondan a las necesidades especiales, de temporada, específicas y/o extraordinarias de una empresa por un periodo determinado, que no sea mayor a tres (3) meses. 

Los permisos de trabajo para trabajadores temporales, se mantienen con vigencia de hasta tres (3) meses, los cuales podrán ser prorrogados por un máximo de tres (3) periodos por igual término y por un período total de hasta un año. 

En caso que las solicitudes excedan del periodo de tiempo señalado, el trabajador extranjero deberá cambiar la categoría y aplicar a un permiso de trabajo para persona extranjera contratada por un empleador como personal especializado o técnico dentro del 15% del total de los trabajadores. 

Por otro lado, los trabajadores temporales extranjeros no se encuentran incluidos en los porcentajes establecidos en el Artículo 17 del Código de Trabajo; sin embargo, el MITRADEL podrá limitar su contratación por medio de resolución motivada atendiendo al caso particular, la situación del mercado laboral, la situación económica, ocupación o tamaño de la empresa.

  1. Persona extranjera contratada como técnicos temporales.
  2. Persona extranjera contratada como deportista. 
  3. Persona extranjera contratada como artista.
  4. Persona extranjera contratada por un empleador como trabajadores del espectáculo nocturno o alternadores.

Podemos comentarles, que la persona que ingrese al país a realizar actividades a nivel directivo, por un máximo de quince (15) días calendario, siempre que las mismas no genere renta local, deberán informarlo a MITRADEL a través de abogado. 

De igual forma lo deberá hacer el extranjero que realicen trabajos y siempre y cuando responda al cumplimiento de los términos de garantía o casos análogos de los proveedores y no genere renta local. 

Consideramos que esta regulación es oportuna, dado que se dan muchos casos en los cuales, las personas extranjeras solo vienen a revisar temas puntuales como la instalación y funcionamiento inicial y ahora se hace la comunicación y se evitan situaciones de conflicto con los inspectores de trabajo. 

Recurso de Reconsideración.

Se establece término de cinco (5) días hábiles para presentar recurso de reconsideración, antes de la emisión del Decreto Ejecutivo el término era de dos (2) días hábiles, es decir, se aumenta lo que sin duda resulta más consonó con otras legislaciones. 

Otro aspecto a mencionar, es que se establece un término de quince (15) días hábiles para aporte de pruebas, las que deben ser anunciados en el recurso de reconsideración. El establecimiento de este término, viene a resolver los problemas que se presentaban la obtención y presentación de pruebas.  

Certificación de la Planilla de la Caja de Seguro Social.

Conforme lo dispone, el artículo 144 aquellos empleadores que cuenten con más más de veinte (20) trabajadores, deberán presentar junto con la solicitud una certificación de la planilla de la Caja del Seguro Social, expedida por un contador público autorizado o la validación en línea de la información.

De las prórrogas y vigencias de los permisos de trabajo.

Toda solicitud de prórroga de permiso de trabajo, deberá presentarse por lo menos sesenta (60) días calendario antes del vencimiento del permiso, de manera tal, que se extiende el término antes era de treinta (30) días hábiles. 

La vigencia de los permisos de trabajo, dependerá de la categoría del permiso, así como las prórrogas y los precios de los carnés de permisos de trabajo serán establecidos mediante resolución ministerial.

De las infracciones y sanciones administrativas.

Las sanciones oscilan entre los QUINIENTOS BALBOAS (B/.500.00) por cada trabajador extranjero, MIL BALBOAS (B/.1,000.00) por la primera reincidencia por cada trabajador y MIL QUINIENTOS BALBOAS (B/.1,500.00) por la segunda reincidencia y la cancelación del aviso de operación por la tercera reincidencia. 

No obstante, los empleadores que mantengan extranjeros laborando, no serán sancionados por tenerlos sin permiso de trabajo aprobado formalmente, siempre y cuando, comprueben que se mantienen en trámites de obtención de la prórroga y que la misma fue solicitada antes del vencimiento del permiso de trabajo.

Solicitud de aumento de la proporción de especialistas o técnicos.

Se establece que, en atención al artículo 17 del Código de Trabajo, se podrá permitir una proporción mayor de los porcentajes para la contratación de trabajadores extranjeros como especialistas o técnicos, siempre que se requiera por necesidad del mercado laboral, según la actividad económica, ocupación y tamaño de las empresas en todo el territorio nacional. 

En estos casos, el MITRADEL emitirá una Resolución en la cual se autoriza o niega el aumento de la proporción de especialistas o técnicos, la cual en caso de autorización contendrá el término por el cual se otorga, el porcentaje de aumento y para las personas extranjeras que se autoriza.

Las solicitudes de prórroga de permisos de trabajo en condiciones especiales, se regirán por la legislación vigente al momento de la presentación de su primera solicitud.

Los trámites iniciados al amparo de anteriores, se tramitarán conforme a las normas en ellas establecidas, salvo lo referente a los medios de impugnación. 

El Decreto Ejecutivo No. 4, empezó a regir el pasado 9 de marzo de 2023; sin embargo, el MITRADEL mediante Memorándum No. 011 de 2023, fechado 10 de marzo de 2023, comunicó que se recibirán hasta el 31 de marzo, las solicitudes de permisos de trabajo bajo las condiciones y requisitos establecidos en la legislación derogada con este Decreto.

A partir del 1 de abril solo se recibirán presentaciones bajo las nuevas clasificaciones de permisos de trabajo.