Reglamentan el ejercicio profesional de la Criminología

En la edición del mes de junio de 2023, les presentamos un resumen de la Ley 386 de 28 de junio de 2023 la que regula el ejercicio profesional de la criminología; sin embargo, dicha norma se encontraba pendiente de ser reglamentada por el Órgano Ejecutivo.

Dentro de este contexto, la Ley 386 ha sido reglamentada mediante el Decreto Ejecutivo No.12 de 1 de febrero de 2024, el cual despone que tiene por objeto desarrollar las disposiciones que regulan la profesión de Criminología, sus funciones, los derechos, las obligaciones y los campos de acción de quienes forman parte de esta profesión.

Para tales efectos, se ha dispuesto que el Consejo Técnico de Criminología es el ente rector encargado de regir y fiscalizar el ejercicio correcto de la profesión de Criminología.

Teniendo el Consejo que ejercer las funciones previstas en la ley y velar por el cumplimiento de los deberes y derechos de los profesionales de esta disciplina y, como ente organizado, colaborará armónicamente con la Secretaría Ejecutiva de la Política Criminológica, aportando y generando los conocimientos criminológicos necesarios para la implementación y/o ejecución de políticas públicas criminológicas, en estricto apego a los principios éticos y demás normas legales y reglamentarias respectivas.

Bajo estos parámetros, cada dos años el Consejo Técnico de Criminología elegirá una junta directiva, que será conformada por un presidente, un secretario y un vocal, quienes serán elegidos por la mayoría, es decir, la mitad más uno de sus miembros.

Correspondiendo a la junta directiva del Consejo Técnico de Criminología, emitir la idoneidad para ejercer la profesión de Criminología, teniendo un plazo no mayor de treinta (30) días para emitir una resolución administrativa, que contendrá los fundamentos de hecho y de derecho, a través de la cual se conceda o niegue, si fuese el caso, la expedición de la idoneidad para ejercer la profesión de Criminólogo.

Sobre esa base, en contra de la resolución que niegue la solicitud de idoneidad, cabe el recurso de reconsideración ante el Consejo Técnico de Criminología, el cual deberá ser presentado y sustentado por el recurrente en el término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación de la resolución.

Finalmente queremos comentarles, que los académicos han definido la criminología como la “ciencia multidisciplinaria cuyo objetivo o finalidad es el estudio, análisis, intervención, prevención y profilaxis del crimen, como el criminal y la criminalidad. De esta manera se puede entender que el objeto de la criminologíasería la conducta antisocial o aquellas conductas que se desvían de lo normalmente aceptado por la sociedad y que puede atentar contra la integridad de esta.”

En otras palabras, para otros estudia el crimen, características de quienes lo cometen, razones por las cuales alguien comete un crimen, el efecto de los crímenes en el individuo y las comunidades, y métodos para prevenir el crimen.