Se mantiene Control de Precios sobre 13 productos de la Canasta Básica Familiar

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El Ministerio de Comercio e Industrias emitió el Decreto Ejecutivo No. 42 del 30 de diciembre de 2024 mediante el cual se prorroga la vigencia del Decreto Ejecutivo No. 165 de 1 de julio de 2014 que estableció de manera temporal los precios máximos de venta al por menor de veintidós productos de la canasta básica familiar de alimentos en nuestro país.

Dentro de este contexto, el Decreto Ejecutivo No. 42 modifica el artículo 1 del Decreto No. 165 en el sentido de establecer a nivel nacional con excepción del territorio insular, el precio máximo de venta al por menor y el margen máximo de comercialización al por menor de trece (13) productos de la canasta básica durante los próximos seis meses.

Cabe indicar que se excluyó de la lista oficial productos como la lenteja, tuna en agua, mortadela nacional y salchicha de carne de res, con la finalidad de asegurar una protección eficaz a los consumidores y mantener la regulación sobre los restante productos de la canasta básica familiar de alimentos.

A manera de comentario, debemos señalar que se mantienen dentro del listado de precios entre otros los siguientes productos: bistec de cinta con hueso, carne molida de primera con sus excepciones, pollo entero Panamá, aceite vegetal en envase de 1.42 litros a 1.5 litros, macarrones, coditos, sardina en salsa de tomate sin picante, leche en polvo, se excluye los alimentos lácteos, leche de crecimiento y/o fórmulas de niños, pan molde blanco, queso amarillo tipo americano procesado y salchicha nacional empacada de 454 gramos.