Nueva Ley 463 de 20 de mayo de 2025 reduce beneficios laborales a los gerentes generales, subgerentes y auditores internos de las empresas de públicas

beneficios laborales

La Ley 463 de 20 de mayo de 2025, “Que adiciona artículos a las leyes orgánicas que regulan empresas estatales, para determinar las prestaciones laborales de servidores públicos con ciertos cargos en estas empresas”, introduce modificaciones a las leyes orgánicas que regulan las empresas estatales, con el objetivo de establecer las prestaciones laborales aplicables a ciertos servidores públicos que ocupan cargos específicos dentro de estas entidades.
De acuerdo con el informe de Instituciones del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), las empresas públicas en Panamá incluyen:
Empresas estatales
• Aeropuerto Internacional de Tocumen, SA (AITSA)
• Autoridad del Canal de Panamá
• Autoridad Marítima de Panamá (AMP)
• Autoridad Aeronáutica Civil (AAC)
• Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario (AAUD)
• Empresa de Transmisión Eléctrica, SA (ETESA)
• Empresa de Generación Eléctrica, SA
• Empresa Nacional de Autopistas, S.A.
• Lotería Nacional de Beneficencia
• Empresa Metro de Panamá
Empresas públicas del sector financiero
• Banco Nacional de Panamá (BNP)
• Banco de Desarrollo Agropecuario (BDA)
• Banco Hipotecario Nacional (BHN)
• Caja de Ahorros (CA)
• Instituto de Seguro Agropecuario (ISA)
• Superintendencia de Bancos
• Superintendencia de Seguros y Reaseguros
• Superintendencia del Mercado de Valores
Alcance de la Ley 463
Con la promulgación de esta ley, el presidente de la República de Panamá, José Raúl Molino, establece que los funcionarios designados en los cargos de gerente general, subgerente y auditor interno de las empresas públicas mencionadas solo tendrán derecho a las siguientes prestaciones laborales:
• Vacaciones vencidas y proporcionales
• Décimo tercer mes proporcionales
Esto significa que no podrán recibir beneficios adicionales derivados de convenciones colectivas o acuerdos individuales, con el objetivo de evitar el pago de indemnizaciones elevadas al momento de su salida.
Esta nueva medida fortalece el principio de equidad, ya que actualmente existen funcionarios de menor jerarquía y con salarios bajos que, al ser destituidos de sus cargos, no reciben ningún tipo de trato preferencial ni compensaciones especiales.
De la misma manera, sería recomendable eliminar otros privilegios que generan un impacto negativo en las finanzas públicas, tales como dietas, viáticos excesivos y salarios desproporcionados. Estas prácticas representan una carga para la economía del pueblo panameño y deben ser revisadas para garantizar un manejo más eficiente y equitativo de los recursos estatales.




Modificaciones a la Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social

Modificaciones a la Ley

Como es de su conocimiento, en días pasados fue aprobado en tercer debate el Proyecto de Ley No. 163 que modifica, adiciona y deroga artículos a la Ley 51 de 20025 Orgánica de la Caja de Seguro Social y a otras normas legales, razón por la cual les compartimos un resumen inicial de la norma, que nos encontramos trabajando en la preparación una jornada de capacitación, la cual contará con el análisis de la norma jurídica, así como también con comentarios de las actas de los tres debates que se efectuaron en la Asamblea de la Asamblea a fin de conocer el sentido de la norma que hoy comentamos y el impacto que tendrá en la relación de trabajo.  

Con base en lo señalado, a pasar a comentar algunos de los artículos:

GLOSARIO

Se introduce la definición de los términos ahorro voluntario, asegurado, asegurado obligado, asegurado voluntario, capitalización solidaria, contrato de aprendizaje, factor de pensionamiento, fondo de reserva, fondo único solidario, ingreso cotizable del trabajador independiente, normas de gobernanza, pensión de beneficio definido solidario, pensión garantizada solidaria, prestación económica contributiva, prestación económica no contributiva, sistema único de capitalización con Garantía Solidaria.

Podemos observar que el término asegurado deberá entenderse como la persona afiliada conforme a los requisitos establecidos, ya sea para el régimen obligatorio o voluntario, protegida por el sistema que se encuentra protegido por el sistema, generándole el derecho a algunas o todas las prestaciones que confieren la ley.

En cambio asegurado obligado, es la persona natural, nacional o extranjera, que participa de manera forzada del régimen de seguridad social, estamos hablando de los trabajadores que laboran en la empresa.

Otro término, es el de contrato de aprendizaje, que es el acuerdo en el que consta el compromiso del formador de asegurarle al aprendiz una formación profesional metódica y completa, mientras el aprendiz se obliga a brindar un servicio, en contraprestación de un salario. Este es un concepto muy interesante, dado que el Código de Trabajo no regula el contrato de aprendiz, sino que se encuentra a cargo del Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano y que en los últimos años ha sido un tema que se ha discutido e incluso en la Asamblea reposan dos proyectos de ley que pretenden modificar el contrato de aprendizaje.

El trabajador estacional, es el empleado que desarrolla tareas especificas dentro de estaciones de producción, según determinadas actividades económicas.

Por trabajador independiente, debe entenderse como la persona natural, nacional o extranjera, que siendo trabajador realiza labores en el país que le producen un ingreso, sin que exista un contrato de trabajo o una relación de trabajo.

NATURALEZA JURIDICA Y FINES DE LA CAJA DE SEGURO SOCIAL

En este punto se introduce un párrafo en el cual se dispone que el ejercicio de sus facultades y deberes y, en consecuencia, en la definición e implementación de sus procesos internos y la adopción de sus decisiones, los órganos de gobierno de la Caja de Seguro aplicarán, con especial preferencia, las normas de gobernanza establecidas dentro de los parámetros de la propia ley que procuren un manejo más eficiente y transparente de los recursos económicos, humanos y organizativos de la institución.

JUNTA DIRECTIVA

Los miembros de la Junta Directiva de la CSS recibirán una dieta de DOSCIENTOS DÓLARES (USD200.00) por reunión y CINCUENTA DÓLARES (USD50.00) por cada reunión de comisión permanente que asista.

El monto total que reciba cada miembro de la Junta no podrá exceder de la suma de MIL DOSCIENTOS DÓLARES (USD1.200.00) dólares por mes.

Su período será de cinco (5) años sin posibilidad de reelección.

INSPECCIÓN DE LUGARES DE TRABAJO Y RECAUDACIÓN DE INFORMACIÓN

Se mantienen todas las facultades y prerrogativas conferidas por la Ley 51 de 2005 y se agrega la facultad para examinar la información contenida en las bases de datos administrativas, financieras y/o contables de terceros, públicos o privados, a través de una comunicación formal debidamente motivada, para determinar sus obligaciones con la institución, tanto en materia de cotizaciones como de salud ocupacional.

RECUPERACIÓN DE FONDOS POR RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

Se establece el artículo 5 A que establece que los empleados y agentes de manejo de fondo y bienes públicos de la Caja de Seguro Social responderán por la afectación patrimonial causada y declarada por la jurisdicción de cuentas y los fondos recuperados ingresarán al patrimonio de la institución.

ESTABILIDAD Y DESPIDOS

Los funcionarios con dos años de servicio y evaluaciones satisfactorias podrán alcanzar estabilidad en el puesto.

Sin embargo, se introduce el artículo 53-A sobre desvinculación laboral que enumera una serie de causales para la destitución.

Estos son: incurrir en una actuación negligente que afecta al asegurado o la institución; no cumplir con su horario de trabajo; obtener dos evaluaciones de desempeño no satisfactorias continuas; y no presentar la constancia de recertificación de competencia profesional cuando aplique.

TRABAJADORES EXTRANJEROS

Se establecido que para garantizar la afiliación y el pago de cuotas de trabajadores extranjeros, la CSS podrá tener presencia en las instalaciones del Servicio Nacional de Migración en todos los procesos de regulación, para facilitar dichas afiliaciones y pagos con el fin de proteger el trabajo de los nacionales y reducir la informalidad.

INSCRIPCIÓN Y AFILIACIÓN

Se introduce un párrafo al artículo 87, al señalar que la Caja de Seguro Social en conjunto con el Ministerio del Trabajo y Desarrollo Laboral, en un término no mayor de veinticuatro (24) meses luego de entrada en vigencia de la ley, generarán un único sistema de información para inscribir y afiliar de manera automática, y sin mediar solicitud, a todos los empleadores y empleados que registren un contrato de trabajo y/o relación laboral o notifiquen su terminación.

INGRESOS DE LA CAJA DE SEGURO SOCIAL (CUOTAS)

Empleados

La cuota que pagan los empleados se mantiene igual, es decir, en el equivalente al 9,75% de su sueldo.

Empleadores

Para los empleadores, la cuota a pagar será así:

  1. A partir de la promulgación de esta reforma hasta el 28 de febrero de 2027 el 13,25% del sueldo que paguen a los empleados.
  2. Del 1 de marzo de 2027 al 28 de febrero de 2029, pagarán el 14,25%
  3. Desde el 1 de marzo de 2029 en adelante, pagarán el 15,25% de los sueldos.

Trabajadores independientes

Pagarán una cuota equivalente al 9,36% de su ingreso cotizable para el Programa de Invalidez, Vejez y Muerte y 8,5% para la cotización voluntaria destinada al Programa de Riesgo de Enfermedad y Maternidad.

Aportes del Estado

El estado aportará un subsidio de VEINTE MILLONES QUINIENTOS MIL DÓLARES (USD20,500,000.00) anuales para compensar fluctuaciones o disminución de tasas de interés que mantenga la Caja de Seguro Social en bonos u otros valores.

Un aporte de VEINTICINCO MILLONES DE DÓLARES (USD25,000 000.00) anuales al Riesgo de Enfermedad y Maternidad.

Un aporte anual obligatorio del Estado para cubrir el déficit actuarial, del Programa de Invalidez Vejez y Muerte por un monto de NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES (USD966 000 000.00), monto que se ajustará cada año en base a un análisis actuarial y financiero que deberá hacer la CSS.

También se recibirá el 50% de los aportes al Estado que realicen empresas estatales o mixtas que obtengan sus ingresos del aprovechamiento de los recursos hídricos nacionales.

INVERSIONES

Se adicionan los artículos 105- A Lineamientos generales para las inversiones y el 105-B Administración de Inversiones y se establece que los activos que sean adquiridos de acuerdo al proceso de inversión de recursos o fondo de reserva deberán adecuarse a los lineamientos generales de inversión y se detallan los porcentajes, calificación de riesgo y los límites dependiendo del título en el que se esté invirtiendo.

Por otro lado se contempla la contratación de intermediarios del mercado financiero y de capitales, tales como asesores de inversión, casas de valores, centrales de custodia, administradores o bancos de inversión, este último caso, siempre con preferencia al Banco Nacional de Panamá y a la Caja de Ahorros, bajo términos competitivos.

La Junta Directiva podrá delegar al Banco Nacional de Panamá y la Caja de Ahorros la ejecución de hasta el 90% de las inversiones de recursos o el fondo de reserva y solo hasta el 10% de la ejecución en administradoras de inversiones.

SANCIONES Y MULTAS

Se aumentan las sanciones por las infracciones a las disposiciones contenidas en la ley y van desde (MIL DÓLARES USD1,000.00) hasta CINCUENTA MIL DÓLARES (USD50,000.00), que antes de la reforma la mínima era de CIEN DÓLARES (USD100.00) y un máximo de VEINTICINCO MIL DÓLARES (USD25,000.00).

FONDO ÚNICO SOLIDARIO

Se crea el Fondo Único Solidario administrado por la Caja de Seguro Social, en el que serán depositados todos los ingresos que financiarán las prestaciones económicas que se concedan en el Riesgo de Invalidez, Vejez y Muerte, a través del Subsistema Exclusivamente de Beneficio Definido, el Subsistema Mixto y el Sistema Único de Capitalización con Garantía Solidaria.

COMPONENTES DEL SISTEMA ÚNICO DE CAPITALIZACIÓN CON GARANTÍA SOLIDARIA

Se modifican los componentes del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte y se crea el Sistema Único de Capitalización con Garantía Solidaria se sostiene a través del Fondo Único Solidario y estará integrado por los siguientes dos componentes:

    • 1. Un Componente Solidario No Contributivo, que podrá asignar:
    •  

    • a. Una Pensión de Beneficio Mínimo, o

b. Una Pensión de Beneficio Solidario.

  •  

2. Un Componente Contributivo de Capitalización Solidaria, que reconocerá a los asegurados una Pensión Garantizada Solidaria basada en el valor de las cotizaciones acumuladas desde su afiliación hasta la fecha de la solicitud de la prestación. A este valor se aplicará una tasa de rentabilidad que estará sujeta a las políticas de inversiones de las reservas del Fondo Único Solidario a cargo de la Caja de Seguro Social en los términos establecidos en la presente reforma.

EDAD DE JUBILACIÓN

La edad de referencia para la Pensión de Retiro por Vejez será de cincuenta y siete años las mujeres y sesenta y dos años los hombres, es decir, que no hay aumento en la edad para acogerse al beneficio de la jubilación.

MONTO DE PENSIONES POR VEJEZ

El artículo 169 establece como quedan los montos de pensiones por vejez.

  • Para determinar el monto mensual de la Pensión de Retiro por Vejez, se utilizará como salario base el promedio de salario mensual de los diez mejores años de cotizaciones.

  • En el Componente de Beneficio Definido del Subsistema Mixto, el salario base de la Pensión de Retiro por Vejez se determinará considerando los salarios hasta por quinientos balboas (B/.500.00) mensuales con que participarán los asegurados en este componente.

  • Los asegurados que ejercieron voluntariamente su derecho a ingresar al Subsistema Mixto, habiendo efectuado contribuciones al Subsistema Exclusivamente de Beneficio Definido, se les consideran los salarios aportados a dicho Subsistema hasta quinientos balboas (B/.500.00) mensuales, para determinar el salario promedio que corresponde para fijar el salario base de la pensión.

  • Para el componente de Capitalización Solidaria, se calculará en base a una tabla publicada en la reforma que dependerá del salario devengado y la edad.

COMISIÓN TRIPARTITA Y EVALUACIÓN

Al sexto año de vigencia de la reforma, se contratará a tres entidades para realizar estudios actuariales que definirán la sostenibilidad del sistema de pensiones y los programas de la CSS.

La viabilidad de la sostenibilidad del sistema de pensiones analizará exclusivamente la necesidad de modificar o mantener la edad de retiro por vejez o el requerimiento de aportes adicionales por parte del Estado, sin afectar la estructura o el modelo de pensiones establecido en la presente Ley.

Dichas entidades actuarán bajo el principio de representación tripartita, garantizando la representatividad de los intereses de los trabajadores, el sector empresarial y el Estado.

Estas entidades deberán actuar representando a los trabajadores, el sector empresarial y el estado.

En caso de que el resultado de estos análisis determine la necesidad de incrementar o no la edad de retiro por vejez, esta se hará tomando como fundamento los resultados de estudios actuariales presentados por las entidades adjudicadas. De resultar un incremento en la edad de retiro, este no podrá ser mayor de tres años. Como consecuencia de lo anterior, si el estudio refleja que se requieren aportes adicionales por parte del Estado, el Gobierno deberá realizar estos aportes para garantizar la suficiencia del sistema sin afectar los derechos adquiridos de los afiliados.

La Caja de Seguro Social hará de acceso público los resultados de los precitados estudios actuariales y los remitirá al Órgano Ejecutivo.

MODIFICACIÓN DE OTRAS LEYES

Se modifican artículos de otras normas legales, como lo son 25 y 31, el literal a) del artículo 32 y el artículo 60 del Decreto de Gabinete de 31 de mayo de 1970; el artículo 6 de Ley 41 de 30 de junio de 2009; el tercer párrafo del artículo 1 y los artículos 46, 47, 237, 261, 262, 263 y 264 de la Ley 419 de 1 de febrero de 2024, y adiciona el artículo 99-A a la Ley 135 de 30 de abril de 1943 y los artículos 54-A,54-B, 54-C, 96-A, 96-B, 96-C, 96-D, 96-E, 96-F de la Ley 419 de 1 de febrero de 2024.

No podemos concluir sin señalar, que oportunamente le estaremos haciendo saber la fecha de las capacitaciones que estamos preparando y donde abordaremos todo lo relacionado con la norma que hoy comentamos.




Asamblea aprueba en segundo debate el proyecto de ley de la Caja del Seguro Social

Es de conocimiento general que la Caja de Seguro Social (CSS) desempeña un papel fundamental en la sociedad panameña. No obstante, a lo largo de los años, diversos problemas principalmente, financieros y administrativos, han comprometido su funcionamiento, generando preocupaciones sobre su capacidad para cumplir con su misión.

Ante esta situación, la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social ha presentado un proyecto de ley que busca, entre otros objetivos, mejorar el funcionamiento de la CSS y garantizar que la entidad estatal cumpla con su mandato constitucional. Sin embargo, para que estas reformas se materialicen, es necesario seguir el debido proceso legislativo, asegurando que las propuestas sean debatidas, evaluadas y aprobadas conforme a la normativa vigente.

Proceso de Debate del Proyecto de Ley 163

Mediante la Resolución N°1 del 8 de noviembre de 2024, se estableció la metodología para debatir la propuesta de ley. Esta se dividió en dos etapas: la primera consistió en una consulta ciudadana, y la segunda se llevó a cabo en distintas provincias con el objetivo de alcanzar una mayor cobertura nacional.

En el acta de la propuesta de ley se detalla el desarrollo de ambas etapas, así como la fecha y el procedimiento del primer debate. Dicho debate inició el 23 de diciembre de 2024 con la lectura del proyecto y la adaptación de la metodología en cuatro bloques, los cuales abarcan la totalidad del contenido de la ley. Se acordó, además, una vez realizada la votación del último bloque, se llevaría a cabo una última revisión para evitar contradicciones internas.

Cabe resaltar que en el acta también se encuentran registradas las propuestas presentadas por cada comisionado.

Primer Debate

En el tercer punto del acta se mencionan las modificaciones realizadas en este primer debate. Entre los cambios más relevantes, se destacan los siguientes:

  • Artículo 12 (modifica el artículo 17 de la ley vigente): Se implementan nuevos sistemas tecnológicos en las entidades estatales, destacando la importancia de estas mejoras para la eficiencia en la gestión de trámites. En particular, la Caja de Seguro Social (CSS), al ser una de las instituciones más concurridas y con mayor urgencia para los ciudadanos, se beneficiará de estas innovaciones al agilizar procesos y mejorar la eficiencia administrativa.
  • Artículo 29 (modifica el artículo 41 de la ley vigente): Se introducen cambios en las facultades del Director y Subdirector, estableciendo la obligación de presentar un informe anual que incluya, entre otros aspectos, informes financieros auditados y el último informe actuarial. Este ajuste busca fortalecer la transparencia en la administración de la CSS.

Segundo Debate

El segundo debate inició el 17 de febrero del presente año y se adoptó la metodología de revisión del proyecto en tres bloques:

  1. Del artículo 2 al 50: Se abordaron temas relacionados con la naturaleza de la institución, normas de gobernanza, órganos de gobierno, funcionarios y asegurados.
  2. Del artículo 51 al 112: Se discutieron asuntos financieros, económicos y prestaciones de salud.
  3. Del artículo 113 hasta el final del proyecto de ley, incluyendo el artículo primero (glosario): se discuten medidas como la instauración del Fondo Único Solidario, así como la implementación de la pensión básica universal, la pensión por invalidez, la pensión para viudez y la pensión de retiro por vejez.

Durante el debate, se estableció que cada diputado tendría 30 minutos de intervención, con la posibilidad de contar con 30 minutos adicionales por cada bloque. La votación de cada bloque se realizaría una vez finalizada la discusión correspondiente.

El primer bloque concluyó el 19 de febrero y el segundo el 21 del mismo mes. El período de presentación de propuestas culminó el 6 de marzo. Sin embargo, la H.D. Arianna Coba presentó una solicitud de apelación para extender dicho período, argumentando que aún quedaban propuestas de gran relevancia para el futuro de la CSS. La solicitud fue aprobada y el 7 de marzo se presentaron 34 propuestas adicionales, sumando un total de aproximadamente 368 propuestas. Cabe mencionar que este último bloque del proyecto incluye los artículos desde el 113 hasta el final, pero varios diputados han presentado más de 180 propuestas de modificaciones a artículos discutidos en los bloques previos.

Ayer, 10 de marzo, estas propuestas fueron evaluadas y sometidas a votación. Una vez finalizada la votación y aprobado el proyecto por la mayoría del total de los diputados del pleno de la asamblea, el Proyecto de Ley 163 pasó al tercer debate.

Tercer Debate

En esta fase ya no se aceptarán nuevas propuestas y el proyecto será sometido a votación final por la mayoría de los diputados presentes. Es importante destacar que, según la constitución, cada votación debe realizarse en días diferentes. Por lo tanto, con el segundo debate aprobado, se debe esperar al día siguiente para abrir el tercer debate y concluir el proceso legislativo.

Sanción del proyecto de ley

Una vez aprobado, el proyecto de ley pasará al Ejecutivo, que tendrá un plazo de 30 días hábiles para objetarlo. Si transcurrido este período no se presentan objeciones, el proyecto deberá ser sancionado y promulgado como ley.

En caso de que el Ejecutivo objete el proyecto, este será devuelto a la Asamblea Nacional para su revisión en el tercer debate. Si es necesario, el proyecto podrá regresar al segundo debate únicamente para considerar las objeciones planteadas.

Si la Asamblea Nacional reconsidera las objeciones y aprueba el proyecto con el voto favorable de dos tercios de sus diputados, el Ejecutivo estará obligado a sancionarlo y promulgarlo sin posibilidad de presentar nuevas objeciones. En caso contrario, si el proyecto no obtiene el respaldo de dos tercios del Pleno, quedará rechazado.

Si el Ejecutivo considera que el proyecto es inexequible y la Asamblea Nacional, con la mayoría requerida, insiste en su adopción, este será remitido a la Corte Suprema de Justicia para que decida sobre su constitucionalidad. Si la Corte falla a favor de la constitucionalidad del proyecto, el Ejecutivo deberá sancionarlo y proceder con su promulgación.

Una vez sancionado, se abrirá un plazo de seis días hábiles para su promulgación.

Bibliografía:

Preview – Asamblea de Panamá. (s. f.). https://www.asamblea.gob.pa/Noticias/Actualidad

Tello, N. (2025, 5 febrero). Aprueban en primer debate el tercer bloque de reformas a CSS – CSS Noticiashttps://prensa.css.gob.pa/2025/02/05/aprueban-en-primer-debate-el-tercer-bloque-de-reformas-a-css/

https://www.asamblea.gob.pa/Uploads/GestorFiles/Reglamento_Organico_del_Regimen_Interno.pdf?Menu-Type=NavBar



Alcaldía de Panamá reglamenta la emisión de ruido generado por equipos de sonido y audio

ruido

La Alcaldía del Distrito de Panamá, ha dictado el Acuerdo Municipal No. 002 de 23 de enero de 2025, mediante el cual se reglamenta el Acuerdo Municipal 141 de 23 de septiembre de 2014, que regula las actividades que generen ruidos emitidos por equipos de sonido y audio en el distrito de Panamá y se dictan medidas para la prevención del ruido. 

En el Acuerdo Municipal, se indica que toda persona natural o jurídica afectada por la emisión de ruido podrá denunciar el hecho ante la Alcaldía, ya se por escrito o por cualquier otro medio habilitado para la recepción de la denuncia o por vía telefónica ante la Dirección de Legal y Justicia en horas y días hábiles, en caso contrario sería ante la Dirección de Seguridad Municipal.

Como consecuencia de la denuncia presentada, se establece que en el caso que el resultado de la medición sea por encima del nivel permitido, conforme lo señale la normativa, se procederá ante la persona natural o jurídica de donde se origine el ruido se le girará boleta de citación y a la vez de forma inmediata el emisor del ruido deberá mitigarlo hasta que se mantenga dentro de los márgenes permitidos. 

Por otro lado, dentro de los procesos sancionatorios será admisible todo medio de prueba lícito, incluyendo pruebas electrónicas, material discográfico y fotográfico que se mantenga en formato electrónico, las que serán incorporadas al expediente mediante soporte o medio físico apto que permita la posterior reproducción de las pruebas. 

En cuanto a las medidas que puede tomar la autoridad, se ha dispuesto que previo a la conclusión de un proceso sancionatorio por ruido excesivo, si se llegase a realizar otra diligencia de medición sonora y la emisión del ruido está por encima de los niveles, se tomará como desobediencia y se podrá: 1. Retención, remoción o decomiso del equipo que origina el ruido. 2. Cierre temporal del establecimiento o local comercial. 3. Suspensión de la actividad desde la cual se origine el ruido hasta por el término de tres días calendarios. 

Cabe mencionar que las medidas antes comentadas, también podrán ser ordenadas cuando exista evidente grave perturbación contra la comunidad por emisión excesivo de ruido o cuando se realice actividad que requiera permiso municipal sin contar con el mismo. 

Contempla el Acuerdo Municipal en referencia que, el proceso sancionatorio relacionado con lo dispuesto se sustanciará conforme lo establecido en el Capítulo III del Decreto Alcaldicio 003-2018 de 17 de enero de 2018, que delega funciones en los funcionarios de cumplimiento del Municipio de Panamá, dicta normas sobre el procedimiento para la sustentación de las causas originadas por infracción a las normas municipales. 

No obstante lo antes indicado, los vacíos procedimentales, los mismos se llenarán mediante la aplicación de la Ley38 de 2000 y supletorias que regula el Procedimiento Administrativo. 

Sobre el particular, queremos señalar que el presente Acuerdo tiene por objeto, establecer las disposiciones mínimas para el manejo de las controversias que puedan surgen entre los ciudadanos del distrito Capital por razón del ruido excesivo generado en la protección a los ciudadanos que puedan verse afectados contra los riesgos para su seguridad y su salud derivados. 

La generación de excesiva de ruido, es un tema muy importante en la convivencia en la sociedad, el hogar, lugar de trabajo, al punto que algunos estudios modernos han detectado que las personas expuestas a ruidos intensos y prolongados se muestran, en general, menos dispuestas a ayudar a los demás.




Nuevo plazo para solicitar prórroga de permisos de residente

permisos de residente

El Servicio Nacional de Migración dictó la Resolución No.1191 de 16 de enero de 2025 mediante la cual dispone que serán aceptadas las solicitudes de prórroga de permisos de residencia temporales, residencias provisionales o de residencia permanente, así como las visas de trabajadores domésticos a los extranjeros que tengan la intención de regularizar su estatus migratorio.

Cabe mencionar que, la Resolución No.1191 en referencia es de carácter transitorio hasta el 31 de diciembre de 2025, cumplido dicho término se aplicará el término de seis meses contemplados en la Resolución No.15703 de 24 de agosto de 2012.

Sobre el particular, debemos comentar que el extranjero que desee acogerse a los beneficios de la Resolución No.1191 debe contar con una solicitud que le otorgó una residencia temporal o provisional y que por alguna razón no ha podido acudir a la Institución para presentar la prórroga correspondiente. De manera tal, que si el extranjero nunca ha contado con una residencia en el país, no puede acogerse a dicha Resolución para regularizar su condición migratoria.

Relacionado con esta Resolución se encuentra la Resolución No. 397690 de 31 de julio de 2024, que concede desde el 1 de agosto de 2024 al

31 de julio de 2025 el Servicio Nacional de Migración esta exonerando el 50% de las multas por estadía vencida para los ciudadanos extranjeros que presenten solicitud para regularizar su condición migratoria.

Esa medida ha sido implementada mediante la Resolución No. 39760 de 31 de julio de 2024 publicada en Gaceta Oficial el 30 de octubre de 2024.




Plan Estratégico de Gobierno (2025-2029)

plan-estrategico-de-gobierno-2025-2029

El Consejo de Gabinete aprobó mediante Resolución No. 124 de diciembre de 2024 el Plan Estratégico de Gobierno (PEG) presentado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el cual tendrá una vigencia de cinco años 2025-2029, desarrollado mediante una metodología rigurosa que incluyó tres componentes, como lo son; evaluación exhaustiva de más de 300 indicadores en cinco áreas críticas, dentro de las que se encuentran la educación y pertinencia laboral, la inclusión social y servicios básicos, la institucionalidad y gobernanza, la capacidades competitivas e innovación y la gestión de recursos naturales y sostenibilidad ambiental. 

Como segundo punto en la metodología, se consideró el análisis comparativo con nueve países aspiracionales (Nueva Zelanda, Dinamarca, Países Bajos, Singapur, Estonia) y seis países pares dentro de los que se encuentran Costa Rica, Chile, Uruguay, Croacia, Letonia). 

El tercer punto utilizado en la metodología lo fue la revisión de treinta y dos diagnósticos y planes previos como los Acuerdos de la Concertación Nacional para el Desarrollo, Acuerdo del Pacto del Bicentenario, Plan de desarrollo integral de la provincia de Colón, Plan Energético Nacional 2015-2015, Plan Estratégico Visión de Estado 2030, Estrategia Nacional de Cambio Climático de Panamá, Visión País y Regionales 2050 de la APEDE, Plan Maestro de Turismo Sostenible, entre otros. 

El PEG señala que para superar los desafíos que se presentan proponen acciones de política pública orientadas a fortalecer la confianza y abordar efectivamente los retos, diferenciando entre criterios de urgencia y viabilidad. 

Por otro lado, en el PEG contempla un diagnóstico económico y social, en el cual se realiza un diagnóstico económico nacional, diagnóstico económico sectorial, económico territorial, diagnóstico social nacional, social territorial, es decir, las primeras 51 páginas están dedicadas a un diagnóstico de la economía nacional. 

Otro aspecto importante a comentar, lo es la presentación de diez Proyectos País como el tren Panamá-David-Frontera, el Teleférico de San Miguelito, el Cuarto Puente sobre el Canal, Hospital Oncológico, Plan de Primer Empleo de mayor impacto en la historia, el Museo Antropológico Reina Torres de Araúz, el Plan Nacional de Rehabilitación de la Red Vial del país, Restauración del Centro Histórico de Colón, Ciudad Universitaria y el Hospital de Mascotas. 

Menciona el PEG que estos proyectos tienen como objetivo posesionar a Panamá como un país líder en desarrollo social integral, conectar a los panameños mediante infraestructuras de transporte de alta calidad que promuevan la competitividad y la inclusión social, fortalecer el sistema de salud para garantizar la protección universal, mejorar la educación, no solo para mejorar su acceso, sino también para ponerla en práctica por medio de pasantías y oportunidades laborales que contribuyan al desarrollo humano. 

Así como también, las iniciativas del PEG están orientadas a la generación de empleo de calidad, con mejores y mayores ingresos y oportunidades para todos. 

El PEC desarrolla un aparte dedicado a la Estrategia económica y social, en la que se presentan las iniciativas que se implementarán para reducir la desigualdad, impulsar un crecimiento económico que conecte a todas las regiones y promover un manejo, eficiente y sostenible de los recursos financieros y naturales. 

Se ha señalado que los proyectos y las acciones están alineados con los recursos disponibles, basados en el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Plan Quinquenal de Inversiones Públicas, que constituyen elementos clave para una gestión eficiente y sostenible con los recursos públicos. 

Se ha dispuesto que los cuatro pilares estratégicos definidos para alcanzar las metas trazadas son: 1. Impulso a sectores económicos para el crecimiento y la generación de empleos de calidad. 2. Oportunidad para todos con educación pertinente y servicios básicos de calidad. 3. Gobernanza eficiente y fortalecimiento internacional. 4. Sostenibilidad ambiental y manejo responsable de los recursos naturales. volver a convertir a Panamá en un país más próspero y seguro, con más crecimiento y pleno empleo.

Impulso a sectores económicos para el crecimiento y la generación de empleos de calidad

Dentro de este punto se identificaron cinco áreas clave para enfocar los esfuerzos: Competitividad del clúster logístico y del Canal; Institucionalidad agrícola e industrial; Sofisticación Turística; Apropiación de nuevas tecnologías y del ecosistema de innovación y un Sistema financiero inclusivo y fuerte.

Panamá requiere acciones contundentes para crear oportunidades equitativas para todos, garantizando al mismo tiempo un equilibrio entre la responsabilidad fiscal y el crecimiento económico. “Esto se logrará mediante inversiones estratégicas que impulsen un crecimiento dinámico, que es clave para asegurar la sostenibilidad fiscal y el progreso nacional”, resalta el documento presentado por el MEF.

La propuesta considera el marco fiscal proyectado, que incluye los montos de inversión establecidos para el período, teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos, los compromisos adquiridos y los límites de endeudamiento establecidos por la Ley de Responsabilidad Social Fiscal. 

Los valores podrían incrementarse si se acelera el crecimiento económico o se implementan medidas para optimizar la estructura del sector público. 

Para la Competitividad del clúster logístico, entre otro el propósito es ejecutar esta inversión entre 2024 y 2030 bajo un plan de inversiones de al menos 8,500 millones de balboas, centrado en tres pilares estratégicos: modernización de la infraestructura, gestión sostenible de los recursos hídricos y fortalecimiento de la sostenibilidad ambiental. El Plan busca mantener la competitividad del Canal

En lo que respecta a la Institucionalidad agrícola e industrial, la estrategia contempla inversiones en infraestructura para postcosecha y comercialización, así como asistencia técnica en gobernanza y gestión empresarial. Es clave modernizar los servicios públicos y reformar los mecanismos de apoyo al sector agropecuario, enfocándose en la innovación y la sostenibilidad integral del campo. Desarrollar una política industrial de largo plazo enfocada en aumentar la productividad y dirigida a sectores con niveles de complejidad moderna y alta, como los asociados a dispositivos médicos, semiconductores y productos farmacéuticos. 

Así como también aprovechar las oportunidades del nearshoring, especialmente con Estados Unidos utilizando los regímenes especiales como SEM y EMMA, simplificar los requisitos de exportación para apoyar nuevas industrias y adoptar los principios de la industria 5.0, integrando tecnologías avanzadas con un enfoque humano-céntrico, para promover una producción sostenible, personalizada y resiliente.  

En turismo, se establece la exploración y desarrollo de nuevas actividades que diversifiquen la oferta, que permitan aprovechar las ventajas competitivas y amplíen los destinos disponibles, con el propósito de contribuir a la reducción de las desigualdades regionales. 

También se incluye el Proyecto de Desarrollo Urbano Integral de Ciudades con Vocación Turística, con el respeto al medio ambiente, a las culturas indígenas y a toda la cadena de valor del turismo. Impulsar el desarrollo turístico recreativo para la Riviera del Pacífico. Reactivar el programa Stop-Over, ofreciendo escalas gratuitas a turistas con el objetivo de aumentar en más de 200 mil el número de visitantes anuales. Aprovechar la demanda potencial, atrayendo a los viajeros que utilizan el “hub” panameño, enfocándose especialmente en mercados de alto poder adquisitivo, son otros de los proyectos incluidos.

Capitalizar los principales activos nacionales para establecer una identidad única y atractiva que ayude a diferenciarse de los principales competidores del país, también atraer aerolíneas para desarrollar el mercado de vuelos locales y modernizar la infraestructura aeroportuaria en el interior del país. 

La apropiación de nuevas tecnologías, las acciones están dirigidas a incrementar la adopción de tecnologías emergentes como lo son la inteligencia artificial (IA) y el internet de las cosas (IoT) de forma que se impulse la transformación digital de la economía, promoviendo la ciberseguridad, la eficiencia y la innovación de todos los sectores. 

El Sistema financiero inclusivo y fuerte, se impulsaría los programas de inclusión financiera, con productos accesibles y soluciones “fintech” de modo que tengan mejor acceso al crédito aquellos sectores que no tienen suficiente cobertura de este tipo de servicios, como la agricultura, la Zona Libre de Colón, las pequeñas y medianas empresas y las mujeres. Se busca hacer mas competitivo al sistema bancario y ampliar la corresponsabilidad bancaria a nivel internacional, se requiere modernizar el marco de competencia y antimonopolio, protegiendo a los consumidores y fomentando la innovación empresarial. 

Oportunidad para todos con educación pertinente y servicios básicos de calidad

Este pilar es fundamental para asegurar que el crecimiento económico sea inclusivo y fortalezca la cohesión social en Panamá, la formación es esencial desde los primeros los primeros años de vida, hasta la juventud y la etapa adulta, cuando las destrezas adquiridas resultan decisivas para que los panameños accedan a empleo bien remunerados y las empresas mantengan su competitividad con el talento adecuado. 

Se trabajará en: Formación de la primera infancia a la educación técnica, Acceso a agua, saneamiento y electricidad, Equidad social, étnica y territorial y Salud y bienestar.  

En el sector educativo, se desarrollará una red de educación inicial de calidad, que incluya centros de estimulación temprana y Centros de Atención Integral a la Primera Infancia (CAIPI). 

Contempla otorgar beneficios económicos anuales de entre B/.270 a B/.450 por alumno, en el marco del Programa de Apoyo Educativo (PAE), para cubrir gastos esenciales como uniformes, libros y transporte. 

Estudiantes de escuelas privadas, con costos anuales hasta B/.2,300, también podrán acceder al beneficio, promoviendo así la equidad educativa. 

Proveer equipos tecnológicos y acceso gratuito a internet en escuelas y colegios oficiales, reduciendo la brecha digital y facilitando el acceso al conocimiento. Involucrar a las comunidades en el cuidado y mantenimiento de instalaciones educativas. Construir, mejorar y equipar nuevas escuelas e instituciones, como el Instituto de Excelencia Cacique Olodebiliginya. Asegurar la alimentación escolar con una nutrición adecuada para los estudiantes. Poner en marcha el plan de retención escolar, incluyendo a los padres de familia con la reactivación del taller Escuela para Padres, también hacen parte de esta estrategia quinquenal.

En cuanto a las habilidades para el trabajador, se elevará los alcances del Programa Mi Primer Empleo, convirtiéndolo en la estrategia más ambiciosa de la historia para reducir el empleo juvenil, mediante pasantías laborales supervisadas, capacitación y certificación con el propósito de facilitar la inserción en el mercado laboral. Actualizar los planes de estudio con enseñanza en inglés, tecnologías y habilidades blandas. 

De igual forma, hace énfasis en el suministro de agua potable, con un proyecto para modernizar el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (Idaan), para aumentar su transparencia y expandir la cobertura de sus servicios, reduciendo las brechas entre zonas urbanas y rurales. 

Construir, ampliar y mejorar infraestructura a nivel nacional, desde plantas potabilizadoras, acueductos y sistemas de abastecimiento de agua potabilizadora, hasta plantas de tratamiento y disposición final de desechos, incluyendo la operación de Cerro Patacón. 

Alentar alianzas público-privadas (APP) para desarrollar sistemas eficientes e innovadores de gestión integral de residuos sólidos en Panamá Metro, Panamá Oeste y Colón; y profundizar la coordinación con municipios para implementar sistemas permanentes de recolección y disposición final de desechos y basura.

Así mismo, se desarrollará un plan integral de fortalecimiento y provisión de energía eléctrica en todo el país y la construcción de la cuarta línea de transmisión de 500Kv y ampliar el número de plantas de energía renovable. 

En cuanto a los servicios de salud y bienestar, las acciones a implementar serán entre otras la construcción y repotenciación de hospitales y centros de salud; incentivar la medicina de precisión, la biotecnología y la gestión de datos sanitarios; bajar el precio de los medicamentos y garantizar su abastecimiento, creando una ley única de compra e insumos con precio único y un sistema de control de medicamentos nacional; promover la investigación e innovación médica.

Gobernanza eficiente y fortalecimiento institucional  

En este punto, señala el PEG que Panamá requiere de un entorno que fomente la confianza ciudadana, el dinamismo empresarial, la innovación y el crecimiento sostenible, por lo que, resulta esencial que las entidades públicas se alineen con el propósito de alcanzar estándares propios de un país de ingresos altos. 

Dentro de este objetivo, se desarrollará la Gestión fiscal prudente y moderna, la Transparencia, rendición de cuentas y participación ciudadana y la Justicia y Seguridad para todos. 

Todo esto está previsto bajo estrictas medidas de transparencia, gasto eficiente y responsabilidad fiscal. La meta fiscal es reducir el déficit total al 2.0% para 2029 y alcanzar un balance primario positivo a partir de 2028. Estabilizar la deuda pública en un nivel igual o inferior al 50% del PIB, en los próximos diez años, y reducirla al 40% en los cinco años siguientes.

Determinar un plan de gestión con metas claras, incluyendo la reducción del porcentaje de deuda respecto del PIB y la definición de los límites de endeudamiento dentro de los niveles prudentes, como parte de la estrategia establecida en el Marco Fiscal de Mediano Plazo. 

Sostenible ambiental y manejo responsable de los recursos naturales

Dispone el PEG que el crecimiento sostenible y responsable está atado a una gestión eficiente de los recursos ambientales y a la adecuada preparación frente a eventuales desastres naturales y que más del 30% del territorio panameño está conformado por parques nacionales y otras áreas protegidas, constituyendo la herencia y patrimonio irremplazable de todos los panameños. 

Dentro de las acciones para salvaguardar el agua, se debe trabajar en conjunto con la Autoridad del Canal de Panamá para el correcto uso de los recursos hídricos que requiere su operación, con el fin de velar por la calidad u disponibilidad del agua potable en el área metropolitana, Colón y Arraiján. 

Lo anterior incluye proteger los bosques y ríos de la cuenca del Canal y gestionar de forma sostenible las cuentas ampliadas de los ríos Indio, Coclé del Norte, Caño Sucio, además de incorporar la cuenca del Lago Bayano al anillo hídrico para su conservación, suministro de agua y producción de energía en Panamá Este y Norte. 

Relacionado con la reducción de la huella de carbono, se establecido como una de sus acciones la de impulsar la generación de energías renovables, estimular el desarrollo de la infraestructura de recarga, dinamizar y reglamentar las operaciones del mercado nacional de carbono, avanzar en el cierre ordenado y autofinanciado de la mina de Donoso, diseñar instrumentos de gestión ambiental y robustecer las normas sobre concesiones y permisos de agua. 

El plan también se traza el objetivo de potenciar las ventajas del país en el sector logístico. Para ello, se propone establecer corredores logísticos más efectivos entre puertos, aeropuertos y zonas francas principales, y también entre provincias y zonas con actividades económicas, priorizando sectores con alto potencial de exportación e inversión extranjera y desarrollando nodos y corredores viales estratégicos, aprovechando la economía que genera el Canal. 

Contempla el PEG, que con las acciones comentadas, las metas que se proyectan para Panamá en el 2029 son: 

  1. Impulso a sectores económicos para el crecimiento y la generación de empleo de calidad: Creación de nuevos centros de desarrollo, fortalecimiento de la infraestructura logística y mayor integración a la economía global.
  2. Oportunidades para todos con educación pertinente y servicios básicos de calidad: Educación pertinente y servicios básicos de calidad para todos, fomentando el crecimiento inclusivo en todas las regiones del país.
  3. Gobernanza y fortalecimiento institucional: Preservar y mejorar los avances alcanzados, asegurando la rendición de cuentas y fortaleciendo la confianza en las instituciones.
  4. Sostenibilidad ambiental y manejo de los recursos naturales: Desarrollo económico con desarrollo social y la sostenibilidad ambiental, manejo responsable de los recursos naturales, asegurando un legado sostenible para las futuras generaciones.

Han indicado, que estas obras se ejecutarán bajo estrictos estándares de transparencia y responsabilidad financiera, alineándose con los principios de la Ley de Responsabilidad Social Fiscal.

El PEG hace referencia al Marco Fiscal de Mediano Plazo proyecta alcanzar un superávit primario a partir de 2028, revertir la tendencia al alza en la relación deuda/PIB y fomentar un crecimiento económico sostenido. 

Se entiende que el Manifestaron que este enfoque asegura el control y la transparencia en la gestión de las finanzas públicas, destacando el compromiso del Gobierno con un desarrollo inclusivo y transparente.

De esta manera, concluimos con la presentación del resumen del PEG 2025-2029, el cual al menos en papel garantiza la incorporación constante y permanente de la sostenibilidad económica, social y ambiental del país, con la participación activa de la población con alcance de legitimidad de todas las formas democráticas de interacción sociopolítica en la elaboración y diseño; recolección, ordenamiento, sistematización y análisis de información cuantitativos y cualitativos.

La mayoría de los panameños aspiramos a vivir en un Panamá, como el que pretende la actual administración tengamos en el año 2029; sin embargo, mucho dependerá de las acciones que se tomen en los momentos actuales que vive el país por las amenazas de la primera potencia del mundo de apoderarse del Canal de Panamá. 

De acuerdo con el MEF, el diagnóstico realizado ha identificado que el sistema educativo y la calidad y cobertura de los servicios públicos son las áreas más críticas que actualmente limitan el desarrollo integral del país. 




ANATI establece canon de ocupación por usufructo de ribera de playa, playas, fondo de mar e islas

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La Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI), dictó la Resolución No. ADGM-020-2025 de 21 de enero de 2025 publicada en la Gaceta Oficial 30206-A, mediante la cual se autoriza la facturación en concepto de canon de ocupación, para las personas naturales o jurídicas que estén ocupando las áreas de ribera de playa, playa, fondo de mar e isla en todo el país que no cuenten con un contrato de concesión y/o arrendamiento refrendado por la Contraloría General de la República.

Se ha establecido que el pago del canon no constituye ni se considera un permiso provisional o un contrato de concesión, ni reconocimiento de derecho de obligación por parte de la ANATI.

Por otro lado, que para la aplicación de la Resolución en comento, se realizarán inspecciones técnicas-oculares a nivel nacional, para identificar el uso que se le esta dando a estas áreas, quien o quienes la están usando y si cuentan o no con un expediente en la ANATI, si cuentan con contrato de concesión o arrendamiento refrendado.

Dentro de este contexto, la Resolución contempla que para la facturación del canon de ocupación se aplicará una ecuación lineal C=V/a + z(fp), en la cual la C representa el canon por metro cuadrado, la V el valor mínimo referencial de USD10.00 para personas jurídicas y USD5.00 para personas naturales; la “a” es el área ocupada o solicitada en metros cuadrados, la z guarda relación con la localización del proyecto y está definida por la zonificación ya sea rural o urbana

en la que se define cada uno de los elementos que componen la misma.

Otro aspecto a mencionar, es que la ANATI según sea el caso, podrá autorizar concesiones con un canon mínimo de un centésimo de balboa por metro cuadrado, cuando sean solicitadas por instituciones del Estado, organizaciones sin fines de lucro que se dediquen a labores humanitarias, previamente comprobadas y acreditadas en la solicitud.

De igual forma, se establece un plazo de quince días hábiles para que las personas naturales o jurídicas según sea el caso, presenten su solicitud de concesión y/o arredramiento a la ANATI, contados a partir de la notificación de la resolución que ordena la facturación en concepto de canon por ocupación o su defecto la resolución de multa.

Señala la Resolución, que en caso que no se presente la persona jurídica o natural, la ANATI se reserva el derecho de solicitar el desalojo y la demolición de las obras construidas en el área, restaurándolas a su condición original o arrendarlos a sus ocupantes, según convenga a los intereses públicos.

A este respecto, podemos comentar que la Resolución antes comentada, se emite con la finalidad de frenar la utilización de áreas de dominio público en el país, sin contar con la correspondiente autorización de la ANATI o sin un contrato de concesión y/o arrendamiento.

Los bienes de dominio público, conforme lo dispone el artículo 258 de la Constitución Política de Panamá, pertenecen al Estado, son de uso público y, por consiguiente, no pueden ser objeto de apropiación privada, pues su finalidad es de utilidad pública.




Informe del BID destaca políticas de inclusión para personas con discapacidad en América Latina y el Caribe

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Fuente: BID

Un nuevo informe del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) examina las políticas de inclusión para personas con discapacidad en América Latina y el Caribe, analizando las brechas existentes y presentando políticas de inclusión de las personas con discapacidad basadas en evidencia en los sectores de educación, salud, empleo y protección social.

El estudio “Sembrar inclusión: qué sabemos y qué falta por saber sobre políticas de discapacidad” describe la situación de las personas con discapacidad con base en un análisis de encuestas de hogares recientes, reseña el panorama regional de políticas públicas con respecto a las personas con discapacidad, y evalúa la evidencia de las políticas de inclusión. 

Discapacidad en la región

Las encuestas de hogares revelan que una de cada siete personas tiene alguna discapacidad, proporción que aumenta con la edad. Considerando el envejecimiento acelerado de la población regional, se proyecta que la cantidad de personas con discapacidad alcanzará 150 millones para 2050. 

En la educación, si bien la mayoría de los niños con discapacidad asisten a la escuela primaria y la terminan, persisten brechas particularmente en los niveles superiores. La implementación efectiva de educación inclusiva continúa siendo un desafío regional.

Respecto a salud, las personas con discapacidad presentan mayores necesidades médicas. Aunque el acceso al seguro médico no difiere mayormente entre las personas con y sin discapacidad, las primeras destinan una mayor parte de su presupuesto a gastos de salud y enfrentan barreras de accesibilidad.

En el ámbito laboral, la mayoría de los adultos con discapacidad en edad laboral tienen un empleo (56,4-68,0%). No obstante, cuentan con mayor probabilidad de que el empleo sea informal y perciben 88 centavos por cada dólar que ganan sus pares sin discapacidad con la misma experiencia y formación.

Asimismo, los hogares con miembros con discapacidad tienen 5,7 puntos porcentuales más de probabilidad de encontrarse en los dos quintiles de ingresos más bajos, en comparación con los hogares sin miembros con discapacidad.

Qué dice la evidencia

La publicación destaca políticas exitosas que se están implementando en la región, como la formación profesional para promover el empleo y las intervenciones que apoyan la inclusión en la educación, incluyendo aulas de recursos y subvenciones para financiar dispositivos de apoyo. 

También menciona políticas efectivas implementadas en otras regiones del mundo no aplicadas en América Latina y el Caribe. Evidencia causal de otras regiones sugiere que políticas como la provisión de co-docentes o asistentes pueden facilitar el aprendizaje de estudiantes con y sin discapacidades en aulas inclusivas. Estas prácticas se destacan como posibles pilotos en la región.

El informe también identifica importantes brechas de conocimiento que dificultan la formulación de políticas efectivas. Numerosas intervenciones con teorías de cambio sólidas son comúnmente implementadas en la región, pero carecen de evidencia rigurosa sobre su impacto. Estas intervenciones van desde programas de mejora de habilidades y capacitación para empleadores en los mercados laborales hasta programas de asistencia personal e intervenciones de accesibilidad en salud y protección social. Aunque estas políticas son consideradas prometedoras, se necesita una evidencia más sólida para guiar a los responsables de la formulación de políticas.

Encuesta de prioridades de investigación

El informe también da cuenta de los resultados de una encuesta online accesible realizada con la ayuda de organizaciones de personas con discapacidad de la región.  Esta encuesta indaga sobre las prioridades que debiera tomar la investigación respecto a políticas de inclusión. 

La mayoría de los encuestados señala que la mayor prioridad debiera estar en investigación en el sector de educación, y en particular en respecto a la inclusión de niños con y sin discapacidad en escuelas regulares.




Actualizan Gaceta Oficial

gaceta oficial

Mediante la Ley 459 de 11 de diciembre de 2024 se modifica la Ley 53 de 2005 que dicta normas para la modernización de la Gaceta Oficial, sobre publicación de textos únicos de formato de datos abiertos.

Dentro de este contexto se introduce un párrafo que señala que las publicaciones de la Gaceta Oficial se realizarán en cumplimiento de la Política de Transparencia de Datos Abiertos del Gobierno.

Por otro lado, se introduce el artículo 9-A, el cual dispone que todas las instituciones de sector público del Estado remitirán digitalmente a la Gaceta Oficial textos únicos y compilaciones de todas las leyes, códigos, fallos de inconstitucionalidad, decretos, reglamentos y resoluciones que sean propios de su competencia para su publicación, la que deberá actualizarse cada seis meses.

En este orden de ideas, el artículo 9-B contempla que la Gaceta Oficial deberá establecer una marginal o un aviso que indique el estatus jurídico de aquellas normas que hayan sido modificadas, derogadas, subrogadas o declaradas inconstitucionales, previa certificación emitida por la Procuraduría de la Administración.

Importante comentar, que la Ley 459 en comento, entrará a regir a los seis meses de su promulgación.