Centros Educativos e Institutos Técnicos Superiores estarán adscritos al Ministerio de Cultura

Centros Educativos

Con la emisión de la Ley 455 de 15 de noviembre de 2024, la Ley 175 de 3 de noviembre de 2020 General de Cultura en su artículo 235 que trata sobre los Centros educativos e institutos técnicos de bellas artes y folclor, siendo estas sus principales modificaciones:

  1. Los centros educativos e institutos técnicos que estaban adscritos al Ministerio de Educación pasarán a formar parte del Ministerio de Cultura. Cabe mencionar que antes de la reforma formaban parte del Ministerio de Educación.
  2. Los títulos académicos expedidos por los centros de enseñanza media serán avalados por el Ministerio de Educación y en el caso de los institutos técnicos superiores serán supervisados por la Universidad de Panamá.
  3. El personal docente de los centros de enseñanzas e institutos superiores se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica de educación y sus reglamentaciones.
  4. El presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes de la Asamblea Nacional, no formará parte de la Comisión temporal conformada por el Ministerio de Cultura. Ministerio de Educación, un representante de los docentes y un representante de los administrativos, con el objeto de realizar las coordinaciones necesarias de transición.
  5. Se ha establecido que los centros educativos e institutos técnicos superiores, el personal docente y administrativo estarán adscritos a la Dirección Nacional de Educación Artística conforme con la estructura orgánica y el Manual de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura.

La Ley 455 en referencia, le ha devuelto al Ministerio de Cultura, todas las escuelas de Bellas Artes, decir, aproximadamente 22 Centros Educativos e Institutos Superiores desplegados en el país y en cuyas aulas se han formado muchos de los talentos artísticos creativos y culturales.




Índice Mensual de Actividad Económica (IMAE): Septiembre 2024 (E)

Actividad Económica

El Índice Mensual de Actividad Económica (IMAE), en su serie original, presentó en septiembre de 2024, una variación positiva de 3.25% respecto al mismo mes del año anterior (variación interanual); resultado que es menor al 3.79% publicado doce meses atrás, de acuerdo con la información compilada por el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC). 

La tendencia ciclo presentó una tasa de variación interanual de 3.21%, para el mismo período.

El IMAE acumulado de enero a septiembre de 2024, registró una variación de 2.57% en su serie original, al compararlo con igual período del 2023.

A nivel interanual (septiembre 2024-23), los sectores que registraron un buen desempeño fueron: Pesca; Actividades comunitarias, sociales y personales de servicios; Suministro de electricidad y agua; Intermediación financiera; Transporte, almacenamiento y comunicaciones; Hoteles y restaurantes; Construcción; Comercio; Industria Manufacturera y Agropecuario.

El resto de los sectores mostraron un desempeño positivo, pero en menor escala; con excepción de la Explotación de minas y canteras, que presento resultados negativos.

La actividad pesquera favorecida por la mayor captura de camarón, pescado y filete de pescado (fresco, refrigerado y congelado), especies orientadas a la exportación. Excepto otros productos del mar que mostraron resultados negativos. 

La prestación de servicios de diversión y esparcimiento presentó estadísticas positivas, por la venta bruta de chances y billetes de la Lotería Nacional de Beneficencia (LNB), por los ingresos provenientes del número de apuestas en: Máquinas tragamonedas tipo A, los juegos de suerte y azar a través de Internet y las salas en eventos deportivos. No obstante, disminuyeron las actividades hípicas, las salas de bingos y mesas de juego.                                                                                                                            

La categoría de electricidad y agua continuó su tendencia creciente, impulsada por la generación de energía hidráulica y solar, sin embargo, mantuvieron tasas negativas la generación térmica y eólica y la facturación de agua potable.

La intermediación financiera registró variación positiva, debido al buen desempeño de la cartera crediticia, tanto interna como externa y al aumento de los depósitos del sistema bancario.

El sector transporte y comunicaciones presentó un buen comportamiento en actividades como: Movimiento de carga (en toneladas métricas) en el Sistema Portuario Nacional, el movimiento de contenedores TEU, las telecomunicaciones, el transporte aéreo, y los ingresos por peaje del Canal de Panamá. 

La actividad comercial mostró una buena dinámica, atribuible al crecimiento en las ventas de bienes y servicios en el comercio minorista y mayorista, incluidas las reexportaciones de bienes desde la Zona Libre de Colón y la venta de combustible de 95 octanos.

Sin embargo, registraron disminuciones, las importaciones en Valor CIF, la gasolina de 91 octanos, el diésel bajo en azufre, el fuel oil, el gas licuado y la venta de vehículos nuevos.

La construcción presentó un crecimiento moderado, acorde con la ejecución de obras de inversiones privadas, aunado a la menor demanda de insumos básicos como el concreto y cemento utilizado en el sector.

La producción industrial reportó un leve aumento, efecto de la elaboración de productos alimenticios como: Leche evaporada, condensada y en polvo, carne de pollo, seco y otros licores.

Por el contrario, reflejaron disminución el sacrificio de ganado vacuno y porcino, los derivados del tomate, la leche pasteurizada, las bebidas gaseosas, la cerveza, ron y ginebra. 

El sector agropecuario mostró resultados positivos, por la cría de aves de corral, el cultivo de banano y piña, fundamentalmente, destinados a la exportación y la producción de leche natural. Sin embargo, disminuyeron la actividad ganadera, en la cría de ganado vacuno y porcino y el cultivo de tomate. 

Otras actividades que registraron variaciones positivas fueron: Enseñanza privada, Servicios domésticos en hogares privados y las Actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler.

La Explotación de minas y canteras mantuvo su tendencia negativa, afectada por el cierre de la actividad de extracción de minerales de cobre y sus concentrados.   




Ucrania 2024. ¿Mejor una buena guerra que una mala paz?

En 2024, reflexionar sobre la situación en Ucrania me lleva a una pregunta difícil, pero crucial: ¿es mejor prolongar una guerra con la esperanza de obtener un resultado favorable, o aceptar una paz que pueda considerarse insatisfactoria? Este dilema resume los desafíos que enfrenta Ucrania en un conflicto que ha evolucionado tanto en el terreno militar como en el plano político.

A nivel militar, los avances de Ucrania han sido lentos y costosos. Las fuerzas rusas han fortificado sus defensas, utilizando minas, trincheras y posiciones estratégicas que hacen casi imposible romper las líneas del frente. Aunque ha habido éxitos en ciertas áreas, la contraofensiva no ha generado un cambio significativo, y las bajas, tanto humanas como materiales, han agotado los recursos ucranianos a un ritmo preocupante.

En el plano político, aceptar una «mala paz» podría implicar concesiones territoriales que comprometan la soberanía ucraniana. Para muchos, ceder territorio no es una opción, ya que simboliza una derrota frente a la agresión. Sin embargo, continuar el conflicto significa asumir un costo humano y económico que afecta profundamente a la población y la estabilidad del país.

Esto me hace pensar que la decisión no es solo militar o política, sino estratégica. Ucrania necesita un apoyo internacional consistente para sostener su lucha. A largo plazo, una paz duradera requerirá acuerdos sólidos que protejan la integridad del país y garanticen su seguridad frente a futuras amenazas.

Este conflicto plantea una lección que va más allá de Ucrania: las decisiones en tiempos de guerra no solo marcan el presente, sino también el futuro de una nación. ¿Cómo lograr un equilibrio entre la justicia, la soberanía y el pragmatismo? Esa es una pregunta que sigue abierta, pero tiene respuesta.

Responder a si es posible equilibrar justicia, soberanía y pragmatismo en un conflicto como el de Ucrania es complejo, pero no imposible. La clave radica en encontrar una solución que no solo detenga la violencia, sino que también aborde las causas estructurales del conflicto y garantice una estabilidad duradera.

Desde el punto de vista de la justicia, cualquier acuerdo debe reconocer y reparar los daños causados, asegurando que las víctimas tengan acceso a mecanismos de verdad y reconciliación. Esto podría incluir procesos internacionales para juzgar los crímenes de guerra y un marco para indemnizar a quienes han sufrido.

En términos de soberanía, Ucrania necesita mantener el control sobre su integridad territorial tanto como sea posible. Cualquier concesión en este aspecto debe ser cuidadosamente negociada para no sentar precedentes peligrosos que alienten futuras agresiones. Además, garantizar la seguridad del país a través de alianzas internacionales, como la Unión Europea o la OTAN, podría ser esencial para blindar su posición.

El pragmatismo exige reconocer que la guerra tiene límites, y que la reconstrucción, tanto económica como social, será crucial para el futuro de Ucrania. Alcanzar acuerdos realistas con las potencias involucradas, incluso si no satisfacen plenamente a todas las partes, puede ser una vía para poner fin al conflicto y evitar mayores pérdidas humanas y materiales.

El equilibrio es difícil pero no utópico. Un ejemplo podría ser el proceso de paz en los Balcanes, que implicó concesiones, pero logró frenar una guerra devastadora, aunque aún enfrenta desafíos. Ucrania podría inspirarse en este tipo de acuerdos, adaptándolos a sus necesidades y contexto específico.

Bibliografía:

FUENTE COBO, Ignacio. Ucrania 2024. ¿Mejor una buena guerra que una mala paz? Documento de Análisis IEEE 63/2024. file:///C:/Users/elvira.anderson/Downloads/ucrania_2024_mejor_una_buena_guerra_que_una_mala_paz.pdf (consultado 25/11/2024).




El Impacto de la Asociación WAVED en las Comunidades Panameñas

Surf Panama

La Asociación Waved es una organización no gubernamental panameña que utiliza el surf como herramienta educativa para potenciar las habilidades físicas, sociales y cognitivas de estudiantes en comunidades costeras.

En la Ciudad de Panamá, la organización fomenta competencias deportivas como parte de su enfoque; estudiantes de Boca La Caja, avanzados en el programa de natación, participan en competencias municipales. La organización, además, colabora con autoridades locales para llevar programas a más comunidades. Por ejemplo, en la provincia de Herrera, se ofrecen clases semanales de natación que refuerzan habilidades acuáticas, promueven un estilo de vida saludable y fortalecen el vínculo comunitario.

En cuanto al aprendizaje, la asociación tiene como objetivo construir a lo que llaman, ‘La Ola de la Educación’, mediante programas que incluyen clases de inglés, lectura comprensiva y surf, en efecto, contribuyen al desarrollo sostenible, la recreación y el aprendizaje en comunidades como San Carlos en Panamá Oeste, Isla Cañas, Guánico, Cambutal en Los Santos, entre otras. Como parte de su expansión, inauguró ‘Zona WAVED’, su primera escuela complementaria en Isla Cañas, en la provincia de Los Santos. Afirman que esta iniciativa contribuirá al desarrollo de habilidades psicosociales, físicas y académicas, complementando así la educación pública.

Su programa representa un aporte significativo para aumentar las oportunidades de aprendizaje de los estudiantes al extender el tiempo de educación, como lo indican sus informes trimestrales. Un ejemplo de esto es el resumen del período de enero a junio de 2024, que detalla la contribución adicional del programa al calendario escolar oficial proporcionado por el Ministerio de Educación (MEDUCA). Algunos de los resultados fueron:

  • En marzo, WAVED sumó 6.3 días adicionales, representando un aumento del 35% sobre los 18 días escolares de MEDUCA.
  • En abril y mayo, este impacto fue aún mayor, con un incremento del 38% al añadir 6.3 días extra a los 22 días provistos oficialmente.
  • En junio, WAVED contribuyó con 6 días adicionales, elevando el total un 40% sobre los 15 días escolares oficiales.»

Gráfica tomada del reporte de WAVED, que incluye el total de días escolares por estudiante: MEDUCA & WAVED (enero a junio).

¿Deseas apoyarlos? La Asociación Waved cuenta con políticas claras y responsables para la recepción de donaciones, asegurando que cada contribución sea utilizada de manera transparente y efectiva. Ellos aceptan diferentes tipos de donaciones:

  • Efectivo y cheques: Reciben cheques nominativos, pero no al portador, y aceptan donaciones en efectivo hasta un máximo de $1,000.00 Para garantizar la transparencia, no aceptan contribuciones anónimas y requieren información fiscal de cada donante, cumpliendo así con las normativas legales.
  • Transferencias electrónicas: Permiten recibir fondos a través de transferencias bancarias, aplicando las mismas normas que para donaciones en efectivo y cheques.
  • Tarjetas de crédito: Las donaciones pueden realizarse mediante presentación de identificación en un Punto de Venta (POS) o a través de un cargo autorizado a una tarjeta, ya sea único o recurrente.
  • Donaciones en especie: Aceptan bienes como mobiliario, equipos electrónicos, alimentos, ropa, útiles escolares y otros insumos esenciales para sus operaciones, además de servicios especializados como asesorías legales, capacitaciones, diseño gráfico y psicoterapia. Cada donación en especie es evaluada según su pertinencia, necesidad y costos asociados. Los donantes deben presentar una propuesta escrita que detalle el bien o servicio, su valor estimado, constancia de propiedad y su intención de transferirlo sin costos a la organización.

(“Política De Aceptación De Donaciones De Asociación Waved,” 2024)

¡Muchas felicidades a WAVED por esa increíble labor que están haciendo! Es admirable ver cómo están impactando positivamente a las comunidades costeras de Panamá, promoviendo el desarrollo, la educación y la recreación de una forma tan única.

Para más información sobre sus programas y cómo apoyar esta iniciativa, visite su sitio web oficial: https://gowaved.org/




Lecciones de Japón: Una educación que transforma sociedades

Educación Japón

Japón, un país que carece de grandes recursos naturales como petróleo o minerales, ha logrado emerger como una de las economías más sólidas e innovadoras del mundo. Su fórmula para el éxito radica en algo mucho más profundo que las riquezas del suelo: su cultura. Basada en valores como el respeto, el servicio y la innovación, esta filosofía de vida se inculca desde las primeras etapas de la educación, sentando las bases de una sociedad ejemplar.

Desde temprana edad, los niños japoneses aprenden que el respeto no es solo una cortesía, sino una forma de vida. Mostrar gratitud a los mayores y considerar a los demás son enseñanzas que trascienden el aula, formando ciudadanos conscientes de su rol en la sociedad. Este énfasis en la empatía y la humildad fortalece los lazos familiares y comunitarios, y convierte el respeto en una virtud que define el carácter japonés.

Otra lección crucial es el servicio. En las escuelas japonesas, las actividades cotidianas incluyen tareas como limpiar sus aulas y mantener en orden los espacios compartidos. Estas prácticas, que podrían parecer simples, enseñan a los niños la importancia de contribuir al bien común. Más que una responsabilidad, el servicio es visto como una oportunidad para aprender cooperación, disciplina y solidaridad.

El cuidado del medio ambiente es igualmente central en la educación japonesa. Consciente de la limitada riqueza natural de su país, Japón educa a las nuevas generaciones en la conservación de recursos y la sostenibilidad. Programas escolares sobre reciclaje, reforestación y ahorro energético no solo refuerzan el compromiso ambiental, sino que también posicionan al país como un modelo global de responsabilidad ecológica.

Sin embargo, lo que realmente distingue a Japón es su capacidad para combinar sus valores tradicionales con una visión futurista. A través de la innovación tecnológica y la creatividad, Japón ha liderado sectores como la robótica, el transporte y la electrónica, desafiando las limitaciones geográficas y naturales que enfrentan. Este éxito no sería posible sin un sistema educativo que fomenta el pensamiento crítico, el trabajo arduo y la resolución de problemas desde edades tempranas.

Japón demuestra que el progreso no depende exclusivamente de la riqueza material, sino de la riqueza humana: personas educadas, con valores sólidos y una mentalidad de mejora continua. Es un recordatorio poderoso de que la educación es el camino más seguro hacia un futuro próspero y sostenible.

Aplicando las Lecciones Japonesas nuestros días

¿Y si adoptáramos algunos de estos principios para fortalecer nuestra sociedad? Aunque las culturas difieren, los valores fundamentales de Japón pueden ser adaptados a la niñez panameña para formar una nueva generación de ciudadanos comprometidos y responsables. Algunas ideas incluyen:

  1. Fomentar el respeto desde el hogar y la escuela: Incorporar actividades que resalten la importancia de la gratitud y el reconocimiento hacia los mayores y compañeros, cultivando relaciones basadas en la empatía.
  2. Incorporar actividades de servicio comunitario: Motivar a los niños a participar en el cuidado de sus entornos escolares y comunitarios, enseñándoles que cada acción cuenta para el bienestar colectivo.
  3. Desarrollar programas de conciencia ambiental: Implementar proyectos escolares sobre reciclaje, ahorro energético y conservación de recursos, inspirando a los niños a proteger nuestro entorno.
  4. Promover la creatividad y la innovación: Establecer espacios donde los estudiantes puedan explorar soluciones tecnológicas para desafíos locales, conectando la educación con el desarrollo de sus comunidades.
  5. Fomentar el trabajo en equipo y la cooperación: Organizar actividades grupales que refuercen el valor de colaborar, comunicarse y resolver problemas juntos, habilidades esenciales para la vida.

Estas acciones no solo fortalecerán el carácter de nuestros niños, sino que también construirán una sociedad más cohesionada, responsable y competitiva. Japón nos recuerda que, con educación y valores sólidos, podemos superar cualquier desafío y convertir nuestras limitaciones en oportunidades.




Municipio de San Miguelito toma acciones enérgicas contra la disposición ilegal de desechos

Municipio de San Miguelito

El Acuerdo No. 106 de 2 de octubre de 2024, emitido por el Concejo Municipal de San Miguelito, representa un avance fundamental en el control ambiental del distrito, atacando de raíz el problema de la disposición ilegal de desechos sólidos provenientes de otras zonas y que son arrojados irresponsablemente en el área de San Miguelito. La medida es una respuesta directa a los crecientes problemas de salud pública y medioambientales que se intensifican en la región, especialmente en zonas urbanas vulnerables. Las inundaciones, causadas en gran parte por la acumulación de escombros y basura en canales y cauces naturales, han exacerbado las condiciones de riesgo y han afectado gravemente a la comunidad. Este acuerdo busca mitigar estos efectos a través de sanciones, regulaciones específicas y un enfoque educativo a largo plazo.

Los antecedentes de esta normativa reflejan una serie de intentos previos del municipio por mantener el orden ambiental y la limpieza en sus territorios, aunque los resultados han sido insuficientes. Desde el Acuerdo No. 77 de 2015, que introdujo regulaciones iniciales sobre la disposición de desechos y el abandono de chatarra, y su posterior actualización en 2024 con el Acuerdo No. 74, las autoridades han buscado proteger el entorno del distrito y mejorar la calidad de vida de los residentes. Sin embargo, estas disposiciones se concentraban en las prácticas de los habitantes del distrito y no abordaban explícitamente el problema de la basura que llega desde otros lugares. De ahí surge el Acuerdo No. 106, que amplía el marco regulatorio e introduce sanciones específicas para las personas y empresas que transportan y arrojan desechos de otras áreas dentro de San Miguelito.

Uno de los aspectos centrales del acuerdo es la asignación de competencias al Juez de Aseo del distrito, quien ahora podrá llevar procesos administrativos en casos de disposición ilegal de basura. Las sanciones estipuladas oscilan entre mil y cinco mil balboas para quienes infrinjan esta norma, pero pueden llegar hasta los diez mil balboas si se demuestra que la actividad de transporte y disposición de desechos se realiza con fines comerciales. Este castigo severo tiene la intención de disuadir a los infractores y, al mismo tiempo, establecer un precedente claro de que las prácticas de disposición irresponsable no serán toleradas. Además, la ley obliga a los infractores a retirar los desechos arrojados, promoviendo así una corrección inmediata del daño causado.

El respaldo jurídico de este acuerdo se basa en varias leyes panameñas que ya ofrecen una estructura regulatoria para el tratamiento de residuos y sanciones por incumplimientos ambientales. En particular, el artículo 402 del Código Penal establece penas por la manipulación indebida de desechos sin autorización; la Ley 41 de 1998, conocida como la Ley General del Ambiente, sostiene que toda actividad que ponga en riesgo la salud humana o el medio ambiente debe ser castigada; y la Ley de Justicia Comunitaria de Paz de 2016 asigna a los Jueces de Paz la autoridad de manejar las infracciones municipales. Estos marcos legales no solo refuerzan la legitimidad del acuerdo, sino que también facilitan su aplicación y aseguran que exista una estructura adecuada para el procesamiento de los casos.

El Acuerdo No. 106 proyecta sus efectos a futuro con una intención clara de cambiar la relación de los ciudadanos con el manejo de residuos. Una de las estrategias más innovadoras incluidas en el documento es la destinación de los fondos recaudados por las multas a programas educativos en escuelas primarias. Este plan busca inculcar en las nuevas generaciones un sentido de responsabilidad y respeto hacia el medio ambiente desde temprana edad, incentivando así una cultura de cuidado y protección del entorno en el distrito de San Miguelito. Se espera que, al integrarse en el sistema educativo, estos programas fortalezcan el compromiso ambiental de los jóvenes y aseguren un cambio cultural sostenible que se mantenga en el tiempo.

En definitiva, el Acuerdo No. 106 de 2 de octubre de 2024 refleja una política pública ambiental comprometida con el desarrollo sostenible y la calidad de vida de los ciudadanos de San Miguelito. Con un enfoque integral que combina sanciones económicas, corrección inmediata del daño, competencias jurisdiccionales y educación ambiental, este acuerdo no solo responde a las necesidades actuales de la comunidad, sino que establece un precedente importante para futuras normativas de gestión de residuos en Panamá. La visión del Concejo Municipal es clara: proteger el entorno de San Miguelito, preservar sus recursos y fomentar un cambio de mentalidad en la ciudadanía, para que la gestión responsable de desechos se convierta en un pilar de la identidad y el bienestar de este distrito.




MEDUCA insiste en una compra onerosa, ineficiente e inconstitucional

Niños con laptops

El anuncio del Gobierno de Panamá de invertir 450 millones de dólares en la adquisición de laptops para implementar el programa One Laptop Per Child (OLPC) ha generado una avalancha de cuestionamientos. Si bien la propuesta busca reducir la brecha digital en comunidades vulnerables, su ejecución parece ignorar aspectos fundamentales tanto técnicos, como administrativos y constitucionales dejando entrever serias falencias en el proceso de toma de decisiones del Ministerio de Educación. 

En primer lugar, se trata de una compra directa que presuntamente elude los procedimientos constitucionales establecidos en Panamá para contrataciones de esta envergadura. Este tipo de adquisiciones no solo compromete la transparencia del gasto público, sino que también plantea dudas sobre el escrutinio técnico al que deberían someterse estos equipos antes de ser adquiridos. La ministra de Educación, quien lidera esta iniciativa, parece haber pasado por alto las graves críticas que recibió su gestión por excluir al país de las pruebas PISA, un movimiento que ya había dejado entre dicho su enfoque estratégico en temas educativos. 

Desde un punto de vista técnico, las laptops OLPC presentan una serie de limitaciones significativas que impactan su funcionalidad en contextos educativos modernos. Con procesadores de baja potencia, memorias RAM de apenas 512 MB a 1 GB y almacenamiento interno insuficiente, estas computadoras no solo se quedan cortas frente a las demandas actuales del software educativo, sino que también comprometen la experiencia del usuario. Por ejemplo, el sistema operativo Linux y el entorno educativo Sugar, aunque adecuados para aplicaciones básicas, distan mucho de ofrecer un ecosistema compatible con herramientas estándares como Microsoft Office o plataformas colaborativas ampliamente utilizadas en la educación superior y el ámbito laboral. 

Aun cuando la resistencia de las OLPC y su bajo costo pueden parecer ventajosos, estos factores no compensan su obsolescencia tecnológica. Equipos con hardware tan básico no preparan a los estudiantes para enfrentar un futuro donde el dominio de herramientas avanzadas es imprescindible. Además, las OLPC dependen de una comunidad de código abierto para actualizaciones y soporte técnico, lo que podría convertirse en un obstáculo para su mantenimiento en el largo plazo, especialmente en zonas rurales con acceso limitado a expertos en tecnología. 

Es preocupante que esta decisión no parezca estar alineada con un análisis integral del sistema educativo panameño ni con una visión clara de las metas a largo plazo. Más allá del costo, el verdadero problema radica en la falta de planificación estratégica. Un ejemplo es la implementación exitosa de OLPC en Uruguay, donde el programa se especializó y limitó a objetivos específicos. Sin embargo, replicar ese modelo requiere una visión fundamentada en datos y no en decisiones improvisadas. 

Finalmente, cabe resaltar que este proyecto refleja una desconexión entre la dirección del Ministerio de Educación y las necesidades reales del sistema educativo panameño. Mientras se prioriza una compra masiva de equipos tecnológicamente limitados, otros aspectos fundamentales, como la capacitación docente, la mejora en la infraestructura educativa y la actualización curricular, permanecen desatendidos. Panamá merece un liderazgo educativo que actúe con visión, planificación y responsabilidad, especialmente cuando se trata de inversiones multimillonarias del Tesoro Nacional en el futuro de sus estudiantes.

Recomendamos a la ministra que reconsidere totalmente este proyecto, porque viola normas constitucionales de libre competencia y libre concurrencia. Además, porque esta herramienta tecnológica presenta una debilidad para su propósito y resultará insuficiente para las necesidades de los estudiantes.

Amanecerá y veremos…




Actualización sobre la facturación fiscal para profesionales en Panamá

Derogación

La Dirección General de Ingresos emitió la Resolución No. 201-7263 de 30 de octubre de 2024 por la cual se establecían entre otros, los requisitos de la solicitud de excepción de los equipos fiscales y del Sistema de Facturación Electronica de Panamá, para las profesiones liberales.

El pasado 18 de noviembre de 2024, en la revista Legislación y Economía, se publicó cómo la Resolución No. 201-7263 generó reacciones por sus disposiciones para profesionales liberales, artistas y artesanos.

Ahora, informamos a nuestros lectores que esta normativa ha sido derogada por la Resolución No. 201-7826.

📄 Consulta la nueva resolución aquí:
https://legislacionyeconomia.com/wp-content/uploads/2024/11/RESOLUCION-201-7826-DGI-DEROGA-RESOLUCION-7263-SOBRE-EXONERACION-FACTURA-ELECTRONICA-PARA-PROFESION.pdf




Peculiaridades del Fallo White

Fallo White

En la época colonial, la frontera entre Panamá y Costa Rica nunca estuvo bien definida, lo cual originó una dificultad por resolver.  El Istmo de Panamá se independizó de España en 1821 y voluntariamente determinó unirse a la Gran Colombia, entre otras razones por nuestro pequeño territorio, insuficiente población, sin ejército para mantener la causa independentista y nuestra gran admiración por el Libertador Simón Bolívar y su liderazgo.  Esta unión voluntaria trasladó a la Gran Colombia las disputas fronterizas con Costa Rica.  A partir de 1821 se produjeron tratados limítrofes en 1856, 1865 y 1873, ninguno de los cuales contó con el aval de ambos gobiernos.

En 1880 Colombia se apropió del área de Cocales de Burica y el 25 de diciembre de 1880 tanto Costa Rica como Colombia resolvieron someter esta demarcación limítrofe al arbitraje del Rey Alfonso XII de España, apodado “el Pacificador”.  Este arbitraje no tuvo éxito ya que el Rey  murió prematuramente de tuberculosis a los 27 años y el convenio generado fue ignorado por Colombia.

El 4 de noviembre de 1896, tanto Colombia como Costa Rica seleccionaron para arbitraje al Presidente de la República de Francia, Francois Felix Faure, quien falleció el 16 de febrero de 1899 y fue su sucesor el Presidente Emile Francois Loubet Nicolet.  El 11 de septiembre de 1900 el Presidente Loubet determinó la sentencia arbitral en Rambouillet, Francia, acción mejor conocida como el “Fallo Loubet”.  Esta sentencia arbitral no fue aceptada por Costa Rica ya que menoscababa sus intereses y concedía a Colombia territorio adicional que no estaba en disputa, en especial la cuenca del Río Sixaola.

Al independizarse Panamá de Colombia en 1903, asume completamente la responsabilidad del problema limítrofe.  Costa Rica exigía un estudio del Laudo Loubet.  Tras la fracasada ejecución del Laudo Loubet, Panamá y Costa Rica buscaron una salida negociada a las dificultades que se daban en su frontera común incluyendo presiones que provenían de las compañías bananeras estadounidenses.  De ahí que en 1904, Costa Rica acredita una delegación a cargo de su canciller Leonidas Pacheco para entablar conversaciones con nuestro país y por Panamá se designa a Don Santiago de la Guardia.  El 6 de marzo de 1905 ambos firmaron un convenio que establecía una línea fronteriza intermedia entre las pretensiones de ambos países, que recogía gran parte del dictamen del Fallo Loubet.  Este convenio fue rechazado por el Congreso de Costa Rica en 1907, mientras que Panamá lo aprobó el 26 de enero del mismo año.

Con el objetivo de solucionar las diferencias suscitadas en torno a la interpretación del Fallo Loubet del Año 1900, el 17 de enero de 1910 se realizó en la ciudad de Washington, D.C., la denominada Convención Anderson-Porras, suscrita por los Ministros Plenipotenciarios de Costa Rica, Luis Anderson Morúa, y de Panamá, Belisario Porras Barahona.  En cumplimiento de la Convención Anderson-Porras, las partes aceptaron el arbitraje e interpretación del Laudo Loubet por parte del Presidente de la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos de América, Edward White.  El 12 de septiembre de 1914 se dicta el Fallo White, concediendo a Costa Rica el disputado Valle de Talamanca o Sixaola.  Panamá se mostró insatisfecho con la resolución ya que perdió una sección apreciable de costa marina.  La República de Panamá impugnó el dictamen en forma rotunda, aduciendo para ello que el Sr. Edward White se había excedido de las facultades que le habían sido conferidas.

No podemos dejar a un lado que detrás de la controversia limítrofe entre Panamá y Costa Rica estaba la conveniencia de las compañías estadounidenses United Fruit Company y la American Banana Company, recordando que inmediatamente después de nuestra independencia de Colombia, éstas se pusieron a disposición de ambos países con el fin de arbritar en cuanto a las diferentes interpretaciones que tanto Panamá como Costa Rica daban al Laudo Loubet.  Si bien es cierto que tanto Panamá como Costa Rica quisieron al principio solucionar las discrepancias solamente entre ambos países, la verdad es que al malograrse esa intención se incrementó el apremio del gobierno norteamericano, para al final imponer el arbitraje estadounidense.

El Fallo White de 12 de septiembre de 1914 no fue aceptado por el gobierno panameño, encabezado por el Presidente de la República Belisario Porras Barahona, a pesar de que era evidente que el gobierno estadounidense presionaba para que se aplicara dicho fallo.  El inicio de la primera guerra mundial el 28 de julio de 1914, que finalizó en Noviembre de 1918 y en la que los Estados Unidos fue un importante protagonista, mantuvo el estado en que las cosas estaban.

Panamá consideraba que el Fallo White había extralimitado los poderes que se les había dado por la Convención Porras-Anderson, por lo tanto no se ajustaban al derecho internacional y por ende Panamá no estaba constreñida a acatar un fallo que a todas luces era jurídicamente absurdo para solucionar el conflicto sobre límites entre las dos naciones.  Por su parte, la Asamblea Nacional de Diputados de Panamá aprobó una resolución que declaraba inaceptable el Fallo White y exhortaba al Ejecutivo a defender la integridad nacional, brindándole toda la colaboración requerida.  También, el gobierno panameño, en vista de que sus demandas ante el gobierno estadounidense eran inútiles, resolvieron enviar varias misiones a países de América del Sur con el objetivo de exponer la arbitrariedad que se pretendía realizar contra nuestro país a través del Fallo White.  Al Brasil se mandó una delegación dirigida por Don Antonio Burgos; a la República de Chile una delegación encabezada por el Dr. Octavio Méndez Pereira; otra a la Nación Argentina con el Dr. Harmodio Arias Madrid al frente; y otra marchó al Perú, al frente de la cual fue el Dr. Eduardo Chiari.  Todos connotados panameños con prestancia intelectual y con gran experiencia.  Como resultado de dichas gestiones, los gobiernos de los países visitados hicieron un llamado a Washington a no utilizar medios violentos contra Panamá, además indicando que las naciones latinoamericanas resolverían ellas mismas sus problemas, e hicieron un llamado a no imponer el sistema de arbitraje en el mundo mediante el uso de la fuerza.

El 2 de julio de 1915 el General Santiago de la Guardia, Ministro de Panamá en San José, Costa Rica, mantuvo una conversación formal con el Presidente de Costa Rica en la que el primero propuso un arreglo entre las partes a fin de evitar una posible fricción entre ambos países.  El mandatario costarricense indicó que por parte de ellos no modificarían nada de la sentencia arbitral dictada por el Chief Justice White de los Estados Unidos, agregando que el gobierno estadounidense les había señalado que dicho fallo sería cumplido.  Así, a pesar de la intención de negociación directa y de dos arbitrajes internacionales entre las partes, tanto Costa Rica como Panamá, de acuerdo a sus intereses y puntos de vista, establecieron su propio límite provisional, dejando de resolver su conflicto limítrofe, situación que se mantuvo por muchos años hasta el inicio de la denominada Guerra de Coto.

El 20 de febrero de 1921, Julio Acosta García, Presidente de Costa Rica, y su gabinete determinaron “atentatoria contra la soberanía de Costa Rica la ocupación por Panamá de la región oeste y al norte de la línea fronteriza entre ambas repúblicas”, fundamentándose ellos en los arbitrajes anteriormente mencionados.  Así inicia el llamado Conflicto de Coto que se desarrolló entre el 21 de febrero y el 5 de marzo de 1921.  Una fuerza expedicionaria ocupó en nombre de la República de Costa Rica la localidad de Pueblo Nuevo de Coto, un caserío en el Distrito de Alanje, en la provincia panameña de Chiriquí y enarboló allí la bandera costarricense.  Dicho acto se entendió como una invasión al territorio panameño.  Esto originó una reacción de la fuerza panameña, que en unos días lograron revertir y rechazar las acciones de los ticos en la zona.  Este hecho exaltó el nacionalismo en ambos países.  Como consecuencia de la derrota, Costa Rica invadió por la costa atlántica de la población de Guabito y, con el apoyo de la norteamericana United Fruit Company, también tomaron el puerto de Almirante sin mayor resistencia ya que no había presencia militar panameña en el área pues dicho territorio no era objeto de controversia.

Los estadounidenses pidieron a las dos naciones la supresión de las hostilidades, el retiro de los costarricenses de Bocas del Toro y exigió a los panameños retirar sus fuerzas de Coto y reconocer el Fallo White de 1914.  Hubo intimidación y medidas de fuerza por parte de los norteamericanos con el objetivo de cesar la contienda entre ambos países.  La presión de los Estados Unidos tomó la forma de un ultimátum proferido por el Secretario de Estado a Panamá, en defensa de los intereses de la compañía norteamericana dedicada al comercio de bananos.  Así, Panamá se vio obligada a aceptar la cesión de la zona de Coto a pesar de haber ganado la guerra en el aspecto bélico y a pesar de que la población que vivía en esa área era en su totalidad panameña.

No obstante lo anterior, la situación no quedó totalmente resuelta.  Posteriormente los problemas limítrofes se superaron definitivamente con el Tratado Echardi-Fernández, también conocido como el Tratado Arias-Calderón Guardia, convenio de límites terrestres entre Costa Rica y Panamá, firmado el 1 de mayo de 1941 en la ciudad de San José, por el Ministro de Relaciones Exteriores de Costa Rica Alberto Echardi Monero y el Embajador de Panamá en Costa Rica, Ezquiel Fernández Jaén, durante los gobiernos de Rafael Angel Calderón de Costa Rica y del Dr. Arnulfo Arias Madrid de Panamá, poniendo fin a un diferendo de más de 100 años.

Finalmente, el 18 de septiembre de 1944, los cancilleres de Panamá y Costa Rica firmaron el protocolo que puso fin al problema limítrofe de vieja data entre ambas naciones.  Por acuerdo de ambas partes una delegación del gobierno chileno sirvió de árbitro en la demarcación definitiva de la frontera, constituyendo dicho acto un ejemplo de paz y concordia entre los pueblos y sus futuras generaciones al resolver con nobleza sus disputas y comprometiéndose a convivir fraternalmente.