Nueva lista de profesionales son parte del Banco de Datos de Peritos de la DGI

peritos

En la Gaceta Oficial del 9 de septiembre, la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas publicó la Resolución No. 201-5687 de fecha 26 de agosto de 2024.

Mediante esta resolución, la Dirección General de Ingresos oficializa la inclusión de 31 profesionales en el Banco de Datos de Peritos de la Dirección General de Ingresos, quienes están autorizados para realizar pruebas periciales en procedimientos tributarios.

Este proceso de selección comenzó el 16 de enero del presente año, y la DGI ha confirmado que estos profesionales cumplen plenamente con el perfil requerido para formar parte del mencionado banco de datos.

A continuación, se presenta la lista de profesionales con sus datos correspondientes:

Apellidos Nombres Cédula Idoneidad Profesión
ÁBREGO BERGUIDO ZELIDETH ZULAY 8-714-464 9245 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ CONTABILIDAD GERENCIAL
AGUILAR LLERENA CELINDA ELVIRA 8-700-934 0797-2003 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ IMPUESTOS
BOUCHE CASTRO ROGELIO ALEXIS 8-447-829 0475-2011 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ AUDITOR INTERNO/ NIIF
BUSTAMANTE ROMÁN NILVIA JOVANY 3-708-1394 0357-2023 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA Y AUDITORA/ TRIBUTACIÓN/ PRECIOS DE TRANSFERENCIA
CABEZAS JUSTAVINO ELI FELIPE 4-129-448 0206-2015 ADMINISTRADOR DE EMPRESAS/ CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ TRIBUTACIÓN
CACERES ACOSTA LISSETTE ELIDIA 4-742-1142 0612-2009 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ NIIF
CAMERO GONZALEZ OMAR EUGENIO 8-284-712 5337 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO
CHAMBONET LEMOS MILTON ERASMO 8-351-203 3022 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ CONTABILIDAD GERENCIAL/ TRIBUTACIÓN
CORREA CHIU JAVIER ANTONIO 1-19-2349 1696 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ TRIBUTACIÓN Y GESTIÓN FISCAL/ CONTRALORÍA
DÍAZ DE ICAZA SONIA DEL CARMEN 8-190-527 1218 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ AUDITORA FORENSE/ TRIBUTACIÓN Y GESTIÓN FISCAL/ AUDITORA DE SISTEMAS
FORERO DE GRACIA ROGELIO AUGUSTO 8-721-1578 7342 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS CON ÉNFASIS EN FINANZAS/ GERENCIA ESTRATÉGICA/ ALTA GERENCIA
GALEANO HIM JUAN ANTONIO 8-464-776 6173 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS/ TRIBUTACIÓN
GALINDO ALABARCA MAYURI CECIBELL 8-702-2216 221-2004 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ AUDITORA FORENSE
GARCÍA VERGARA DANIEL MOISÉS 9-213-809 0178-2012 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO
GÓMEZ QUIRÓS DE QUINTERO DEYSI YADIRA 2-127-44 0175-2015 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ AUDITORA/ CONTRALORÍA
GONZÁLEZ DELGADO CARMEN EDITH 7-96-646 2743 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ AUDITORA FORENSE/ ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS CON ÉNFASIS EN FINANZAS/ PRECIOS DE TRANSFERENCIA
HERNÁNDEZ DIANA GISSEL 8-769-2441 0565-2012 ADMINISTRADORA DE NEGOCIOS CON ÉNFASIS EN BANCA Y FINANZAS/ CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ FINANZAS CORPORATIVAS
MANFRE ALMANZA AMÉRICA 8-463-480 2588 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ TRIBUTACIÓN
MENDOZA ALVARADO CARLOS RAFAEL BERNARDO 8-711-2326 0746-2006 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ TRIBUTACIÓN Y GESTIÓN FISCAL/ PRECIOS DE TRANSFERENCIA/ INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN FISCAL
MIRANDA NIETO ADÁN GIANCARLO 8-749-1022 0129-2005 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ GESTIÓN TRIBUTARIA/ ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS CON ÉNFASIS EN BANCA Y FINANZAS/ ALTA GERENCIA
MOLINA VALDERRAMA DE PALLARES ROSE JENY 8-346-205 0436-2021 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ AUDITORA FORENSE ANTIFRAUDE
NÚÑEZ RÍOS ALEX JAVIER 8-321-793 0135-2004 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ TRIBUTACIÓN
ODA PINTO EDWIN MANUEL 6-81-884 7493 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ CONTRALORÍA
PALACIOS RODRÍGUEZ DUNIA ORIANA 8-528-1097 0507-2011 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ AUDITORA FORENSE/ TRIBUTACIÓN Y GESTIÓN FISCAL/ PRECIOS DE TRANSFERENCIA
PINILLA ÁLVAREZ KARLA DE LOURDES 8-744-331 620-2003 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ CONTABILIDAD Y CONTROL GERENCIAL/ DIRECCIÓN EMPRESARIAL/ FINANZAS
QUINTANAR MARTÍNEZ LUZ GRACIELA 3-80-1532 0747-2006 CONTADORA PÚBLICA AUTORIZADA/ AUDITORA FORENSE/ ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS CON GERENCIA ESTRATÉGICA/ EXAMINADORA DE FRAUDE
ALFONSO SALINAS ANA PATRICIA N-20-2042 2066 ECONOMISTA/ GESTIÓN DE RIESGO FINANCIERO/ EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE LOS SECTORES PÚBLICO Y PRIVADO
TEM PLATA LUIS SANTIAGO 8-224-504 0747-2011 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO Y AUDITOR/ ADMINISTRADOR DE NEGOCIOS CON ÉNFASIS EN FINANZAS/ GERENCIA ESTRATÉGICA/ ALTA GERENCIA
URBINA AGUILA CARLOS FRANCISCO 8-714-327 0097-2012 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL
VARGAS HERNÁNDEZ ÁNGEL ARTURO 8-303-203 3583 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO/ ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS CON ÉNFASIS EN BANCA Y FINANZAS/ TRIBUTACIÓN
WILLIAMS ATEHORTUA JUAN LEROY 8-189-849 1055 CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO
La Dirección General de Ingresos se reserva el derecho a excluir a peritos y a actualizar el listado en el futuro.



Se aprueba el presupuesto de la Autoridad del Canal

Canal de Panama

El Canal de Panamá es una ruta marítima que mide 82 km que atraviesa el territorio nacional, conectando el Océano Atlántico con el Océano Pacífico, constituyéndose en una ruta esencial para a nivel global para facilitar el comercio internacional.

Es importante que la operación del Canal de Panamá, se segura, rentable y eficiente ya que constituye un pilar en el desarrollo del país, debido a es una fuente de ingresos y también es un motor económico que impulsa el crecimiento y la prosperidad de la nación.

Bajo estos parámetros, el próximo 1 de octubre entrará a regir la Ley 440 de 4 de septiembre de 2024, por la cual se dicta el presupuesto de la Autoridad del Canal de Panamá para la vigencia fiscal del 1 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2025, el cual fuese aprobado mediante Resolución de Gabinete 61 de 16 de julio de 2024.

En cuanto a la estructura y asignación del presupuesto, se ha establecido un ingreso total por la suma de USD5,623.539, la que está compuesta por ingresos de peaje y otros ingresos, como la venta de energía, venta de agua potable y misceláneos.

Los gastos se han proyectado en la suma total de USD2,190.561, la que incluye gastos de servicios generales; prestaciones laborales, materiales y suministro; combustible para operaciones; combustible generación de planta eléctrica; transporte, alimentación y hospedaje en el exterior; contratos de servicios y honorarios; seguros; provisión para siniestro marítimo; contingencia para siniestros de operación; viáticos y movilización local; provisión para obsolescencia de inventario; otros gastos; costos capitalizados; derecho por tonelada y servicios prestados por otras entidades del Estado.

Se ha previsto una utilidad neta de USD3,761,419 quedando excedentes después de provisiones y reservas de USD2,184,681.




Cambio para San Miguelito: Alianza entre el Municipio y Marea Verde es oficializada

El 3 de septiembre de 2024, fue publicado en la Gaceta Oficial el Acuerdo No.86, mediante el cual se autoriza a la Señora Alcaldesa, Irma Hernández, a establecer y firmar un Convenio de Cooperación entre el Municipio de San Miguelito y la asociación sin fines de lucro Marea Verde. Recordemos que Marea Verde es una organización no gubernamental fundada en 2018, enfocada en la protección del medio ambiente, con especial énfasis en la lucha contra la contaminación plástica en ríos y costas.

Esta publicación trae buenas noticias para el distrito de San Miguelito, ya que busca crear conciencia sobre cómo mitigar la contaminación por desechos sólidos en los ríos, promoviendo al mismo tiempo una nueva generación de ciudadanos responsables con su entorno. Según lo publicado, este convenio de colaboración público-privada busca desarrollar de manera conjunta proyectos y programas de interés mutuo en el distrito y esperamos que también abra puertas a la introducción de tecnologías existentes, así como posibles innovaciones, en un distrito que requiere urgentemente una mejor gestión de sus residuos.

Marea Verde ofrece diversas oportunidades y aunque se centre en la reducción de contaminación de ríos y costas, el acuerdo podría ser explotado también hacia la promoción de la participación ciudadana en la protección del medio ambiental. Esta acción la apoya firmemente la alcaldesa Irma Hernández, como pudo ser visto durante su campaña electoral y se mantiene como prioridad en su cargo actual. Mediante talleres y actividades comunitarias, se podría involucrar a la juventud, escuelas y empresas en el cuidado de nuestros espacios públicos.

Es fundamental que todos contribuyamos a la limpieza y conservación de nuestros entornos; la ciudadanía debe evitar botar basura de manera indebida; en efecto, la correcta disposición no solo mantiene espacios públicos limpios y agradables, sino que también tiene implicaciones significativas para la salud y el bienestar de la comunidad. Los desechos sólidos mal gestionados obstruyen vías, cuando llueve pueden tapar desagües y causar inundaciones que a su vez terminan contaminando ríos.  También exhortamos a la empresa privada a ser socios valiosos en estos tipos de proyectos municipales; por ejemplo, respaldarlos mediante patrocinios, donaciones, programas de voluntariado y acciones promocionales, estas acciones incrementan las oportunidades, el éxito y la sostenibilidad de estos proyectos.

Si el convenio resulta exitoso, San Miguelito podría convertirse en un modelo a seguir para que otros municipios implementen acuerdos similares con ONGs dedicadas a la conservación ambiental. Además, este proyecto tiene el potencial de impulsar el desarrollo de políticas en temas de reciclaje, gestión de desechos y conservación de cuerpos de agua, que podrían ser integradas en la legislación municipal, garantizando así la continuidad de estos esfuerzos a largo plazo.




Secretaría de Asuntos Económicos y Competitividad

Secretaría de Asuntos Económicos y Competitividad

Con la emisión del Decreto Ejecutivo No.486 de 16 de agosto de 2024, se crea la Secretaría de Asuntos Económicos y Competitividad del Ministerio de la Presidencia, siendo esta un ente de coordinación, la cual realizará monitoreo y evaluaciones de metas económicas e investigación, para sugerir planes que ejecute el Estado, la consecución de políticas económicas.

De igual forma la Secretaría será la encargada de coordinar, con las instancias correspondientes, los temas y acciones dirigidas a aumentar la productividad y competitividad del país.

Dentro de las atribuciones que tendrá la Secretaría, se encuentran entre otras: 1. Coordinar con las entidades de públicas, las recomendaciones que realicen al Presidente, sobre las posibles soluciones a implementar, para mejorar el Estado en materia de política económica, logística, competitividad y productividad. 2. Monitorear la implementación de las decisiones y proyectos de política económica, que se realicen de parte del Presidente. 3. Promover la cooperación, apoyo y asesoramiento de la Comunidad Nacional e Internacional en materia de política económica y logística. 4. Sugerir al Presidente, en coordinación con el ministro de Economía y Finanzas, la suscripción de acuerdos y convenios con Organismos Nacionales e Internacionales para los efectos de llevar a cabo estrategias y planes para el mejoramiento del Estado, en materia de Políticas Públicas relacionadas a tema de logística y competitividad. 5. Propiciar el mejoramiento del clima de inversiones en el país. 6. Reportar los avances del país a los organismos internacionales responsables de las mediciones de los índices de competitividad bajo monitoreo de la Secretaría.

Para tales efectos, la Secretaría, estará a cargo de un Secretario Ejecutivo que será de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente, a quien le rendirá informe directamente de los resultados de las gestiones que realice propias del ejercicio de sus funciones.  

Sobre el particular, debemos señalar que el Decreto Ejecutivo No.486, deroga el Decreto Ejecutivo No. 336 de 26 de julio de 2019 mediante el cual se creó la Secretaría Estratégica para el Desarrollo y Competitividad de la Presidencia de la República.

Destacamos, que las modificaciones introducidas no se limitan al cambio de nombre de la Secretaría, sino que también se derogan los artículos relativos a la creación y funcionamiento de la Unidad para la Competitividad de los Servicios Internacionales; la Unidad para el Fomento a las Inversiones y la Unidad para Asuntos Logísticos. De igual forma se reestructuran las atribuciones de la Secretaría, así como también el hecho que la misma solo reporta al Presidente y antes reportaba al Ministerio de Economía y Finanzas y al Presidente  

La emisión del Decreto Ejecutivo No.486, de acuerdo con los considerandos del mismo, obedece al hecho que han considerado que se requiere realizar las adecuaciones necesarias para mejorar la estructura existente, es decir, al Ministerio de la Presidencia, en aras de lograr una mayor eficiencia y coordinación en temas logísticos y de competitividad. 




Inteligencia Artificial: El nuevo capítulo en Panamá

inteligencia artificial

Una nueva propuesta para la regulación de la inteligencia artificial fue propuesta el pasado 28 de agosto de 2024, mediante anteproyecto de Ley No. 162, por el diputado Manuel Cheng, que se encontraría vigente de prohijar, siendo esta una iniciativa para Panamá de comenzar la regulación que ha venido causando furor y controversia a nivel global. 

La propuesta es “Que establece el marco legal, la promoción y desarrollo de la Inteligencia Artificial en la República de Panamá” el objetivo es garantizar la protección de los derechos humanos, la seguridad y la privacidad de las personas, así como fomentar la innovación y el desarrollo tecnológico, asegurando que el uso de la misma sea ética, seguro y respetuoso con los derechos humanos y poder establecer una Política Nacional de Inteligencia Artificial.  

El anteproyecto presentado esta dividido en sus definiciones, los principios y derechos para el desarrollo y uso de la Inteligencia Artificial en el territorio Nacional, la clasificación y las prohibiciones que tendría la misma, la cual se encontrarían clasificadas en varias categorías, las obligaciones de los desarrolladores, proveedores, Agentes económicos y usuarios, los fomentos e incentivos, la creación de una Política Nacional de Inteligencia Artificial y la supervisión y sanción de la misma. 

Muy importante en esta creación de la Política Nacional de Inteligencia Artificial es que la institución encargada de formular, implementar y dar seguimiento a la evaluación de la Política sería la Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SENACYT), como mínimo de cada dos años y será aprobada por el Consejo de Gabinete. 

Siendo el Ministerio de Economía y Finanzas quien le brindaría los recursos necesarios para la implementación y evaluación de la Política, esto según la capacidad presupuestaria. 

También se implementaría la creación de una Comisión de Alto Nivel de Inteligencia Artificial (que estaría conformado por 16 entidades gubernamentales) que estaría adscrita a SENACYT como instancia de carácter permanente de Consulta y Seguimiento de la Política Nacional de la Inteligencia Artificial. 

 Siendo el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), a través de la Dirección General de Comercio los responsables de reglamentar dicha ley, así como la de atender los reclamos y denuncias que se presenten, esta también llevará el registro de las aplicaciones por categoría de riesgo.

La autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información será la encargada de los temas relacionados a la protección de datos sensibles y de carácter personal. 

En cuanto a el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, a través del Instituto Panameño de Estudios Laborales (IPEL), será el que supervise en la incursión de sistemas y tecnologías de IA en el ambiente laboral.

En cuanto a los reclamos y denuncias, se podrán presentar reclamos y denuncias ante la autoridad competente que regule la materia, en este caso ante la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia, o en el caso particular de protección de datos sensibles ante la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información. 

Este nuevo anteproyecto de ley viene siendo parecidas a la norma aplicable en la Unión Europea, legislación que ya ha sido aprobada, con muchos más matices de restricciones y ordenamiento especifico.   La Ley de IA de la UE se aplica a los proveedores, responsables de implementación, importadores y distribuidores de sistemas y modelos de IA en la UE., en este caso en particular de Panamá también se trata de la misma manera la implementación de una legislación que busca que se expanda la creación de las Inteligencias Artificiales. 

En cuanto a la implementación de quién vigila el cumplimiento de la ley de IA de la UE, fue creada la Comisión Europea ha creado la Oficina de Inteligencia Artificial para ayudar a coordinar la aplicación coherente de la ley en todos los Estados miembros.  Al igual que Panamá, cada miembro de la UE designará a las autoridades nacionales competentes para hacer cumplir todas las normas aplicables a modelos que no sean de uso general. 

A diferencia de Panamá, la ley exige que cada Estado establezca dos autoridades diferentes: una autoridad de vigilancia del mercado (quienes garantizan que las organizaciones cumplan con la Ley de IA, se puedan escuchar las quejas de los consumidores, investigar infracciones y multas) y una autoridad de notificación (quienes supervisan a los terceros que realizan evaluaciones de conformidad para nuevos productos de IA de riesgo alto).

Anteriormente se habrían presentado varios anteproyectos de leyes como por ejemplo No.14 «Que regula la inteligencia artificial en la República.» y no.149 «Ley de promoción e inversión en inteligencia artificial» ambas en el año 2023, mismas no dieron fruto, sin embargo, se espera que la nueva presentación de anteproyecto de paso para que Panamá comienza a dar sus primeros pasos en la materia y no quedar rezagados en la materia. 




La Alcaldía de Panamá declara periodo de Moratoria

moratoria

Desde el inicio de la transición de gobierno, tras las elecciones del pasado 1 de julio, el Alcalde Electo Mayer Mizrachi y su Vicealcalde, Roberto Ruíz, han expuesto públicamente el estado financiero en que recibieron las arcas de la Alcaldía de Panamá. Han denunciado presupuestos inflados, planillas abultadas y otras irregularidades, destacando principalmente las deudas insostenibles que enfrenta la municipalidad. Ante esta situación, han implementado medidas de austeridad con el objetivo de recuperar la estabilidad financiera del municipio y seguir trabajando para que «Panamá Brille».

Las restricciones económicas han afectado la gestión de proyectos y la prestación de servicios esenciales a los ciudadanos. En respuesta a esta situación, el Concejo Municipal de Panamá ha aprobado un periodo de moratoria para el pago de impuestos municipales, vigente desde el 16 de septiembre hasta el 16 de octubre de 2024. Esta medida exonera el 100% de los recargos e intereses en impuestos de negocios y el 50% en multas por no presentar la declaración jurada. Para acceder a este beneficio, los contribuyentes deben cancelar la totalidad de su deuda acumulada hasta la fecha, incluido el mes corriente.

Además, la exoneración de recargos e intereses también se aplica a los arreglos de pago vigentes y a los expedientes en la jurisdicción coactiva, siempre que se cancele la totalidad de las cuotas pendientes o el monto adeudado. Los contribuyentes deben presentar, de manera presencial, todas las declaraciones juradas pendientes en las oficinas de Servicio al Contribuyente del Edificio Hatillo, aunque también pueden realizar los trámites digitalmente en el sitio web de la Alcaldía, donde se aceptan pagos con tarjetas Visa, MasterCard, Clave o a través del sistema de banca en línea.

Cabe destacar que esta moratoria no aplica para deudas relacionadas con impuestos de vehículos, obras y construcciones, publicidad, otras multas, ni para nuevos arreglos de pago. La Alcaldía ha tomado esta medida como parte de sus esfuerzos para recaudar los fondos necesarios para el desarrollo y mantenimiento de la ciudad, ofreciendo a los contribuyentes la oportunidad de regularizar su situación fiscal, lo que permitirá asegurar el ingreso de recursos esenciales para continuar brindando servicios de calidad a la comunidad.

La gestión entrante también ha descubierto que, en el periodo anterior, el presupuesto municipal había sido inflado en más de 100 millones de dólares, y que la capacidad real de recaudación de las arcas municipales rondaría solo los 220 millones de dólares para finales de año, muy por debajo de las expectativas iniciales de un municipio financieramente sólido. Además, se han identificado deudas significativas que superan los 150 millones de dólares, lo cual compromete aún más la situación financiera del municipio y pone de relieve una gestión previa deficiente y una falta de transparencia.

Uno de los aspectos más críticos señalados por la nueva administración es el aumento desmedido de la planilla municipal. Desde 2019, bajo la gestión de José Luis Fábrega, el número de empleados pasó de 3,564 a 6,380 en mayo de 2024, lo que representa un crecimiento del 79% en comparación con un incremento del 10% durante la gestión de José Isabel Blandón (2014-2019). Esta expansión ha generado cuestionamientos sobre la eficiencia en el uso de los recursos públicos, especialmente ante la persistente percepción de deficiencias en la prestación de servicios básicos como el mantenimiento de parques y la gestión de trámites administrativos.

Ante este panorama, el Alcalde Mayer Mizrachi ha manifestado su compromiso de implementar recortes y medidas de austeridad para reducir la nómina y recuperar la estabilidad financiera del municipio. Asimismo, se ha comprometido a buscar nuevas fuentes de ingresos para mejorar la liquidez y asegurar el sostenimiento de los servicios esenciales que la Alcaldía brinda a los ciudadanos.

Aunque la implementación de una moratoria fiscal por parte de la Alcaldía de Panamá representa un esfuerzo positivo para aliviar la carga financiera de los contribuyentes, el plazo de un mes resulta insuficiente para muchos ciudadanos que no tenían prevista esta oportunidad de regularización. Un periodo mínimo de dos meses sería más adecuado, permitiendo una mejor planificación y cumplimiento por parte de los contribuyentes. Además, sería beneficioso extender los horarios de atención, incluyendo los días sábados, para facilitar el acceso a los servicios municipales.

Por otro lado, es crucial que los funcionarios municipales reciban entrenamiento adecuado para mejorar su trato hacia los ciudadanos, promoviendo una cultura de servicio más amable y eficiente. Sería valioso que el propio Alcalde supervise las oficinas de cobro y utilice sus redes sociales para fomentar la participación de los contribuyentes. Asimismo, esta iniciativa no debería limitarse únicamente al Municipio de Panamá; su promoción en otros municipios podría generar un impacto más amplio y positivo en la economía local y en la relación entre las autoridades y los ciudadanos.




Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirma condena en “Caso NEONATOS” ocurrido en el Complejo Hospitalario la Caja del Seguro Social

noenatos

El día 11 de junio de 2013, cuando se reportan las muertes de varios infantes en la Sala de Neonatología del Complejo Hospitalario Arnulfo Arias Madrid de la CSS, obliga a las autoridades de la Caja de Seguro Social a llevar a cabo una investigación. La investigación penal, inicia con la denuncia interpuesta ante la Fiscalía Auxiliar de la República sobre las defunciones de infantes prematuros. A ella, se suma la Junta Técnica de Médicos y el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, los cuales entregan un informe sobre el proceso de alimentación a los infantes, conocido como Nutrición Parenteral Total (NTP) vía torrente sanguíneo, que había sido administrado, pese a la existencia de una advertencia emitida y publicada sobre los peligros de suministrar este medicamento a mujeres embarazadas y a recién nacidos.

El Ministerio Público, a cargo del Fiscal César Pereira, presenta pruebas testimoniales, periciales y documentales, que relacionan a 8 ciudadanos entre ellos, un médico y una farmacéutica, de los hechos ocurridos en junio del 2013, en la sala de Neonatología del Complejo Metropolitano de la Caja de Seguro Social.

Por otro lado, en el examen de necropsia, realizado a los cuerpos de los neonatos, revela que la causa del deceso, se debe al suministro de alcohol bencílico, asociado a la causa de fallecimiento, derivada en una intoxicación por heparina sódica con alcohol bencílico.

El acto de audiencia celebrado el día 25 de abril de 2022, contó con la asistencia de ocho defensores técnicos particulares, tres abogados querellantes, la representación del Ministerio Público, a cargo del Fiscal de Descarga de Circuito Pereira, ante el Juez, Tercero Liquidador de Causas Penales, donde se debate el contenido de una investigación, plasmada en un total de 66 tomos y 36,678 fojas.  Tras tres días de juicio, se presentan un total de 11 pruebas, testimoniales (5), periciales (2) y documentales (4), y los respectivos alegatos por parte del Ministerio Público, la parte Querellante y la Defensa.

El Juez, Tercero Liquidador de Causas Penales, concluye, que las pruebas presentadas por la vindicta pública y con las cuales se pretende demostrar la responsabilidad penal de los procesados resultan insuficientes, ante los razonamientos, que ponen de manifiesto la supuesta falta a su deber de cuidado de los profesionales de la salud. Se pone de manifiesto que la heparina sódica, es un medicamento debidamente aprobado por la Comisión de Medicamentos de la Caja de Seguro Social desde el año 1969; que no se llevó a cabo advertencia alguna del contenido de alcohol bencílico en este fármaco y que este procedimiento fue actualizado en diversas ocasiones, sin la debida observación sobre su uso. No obstante, el protocolo de necropsia, practicado a nueve neonatos, cuyo peso al nacer no llegaba a los 2.5 kilos, sostiene que los infantes fallecieron por causas distintas entre las cuales están, hemorragias intracerebelosas, coagulación intravascular diseminada, prematuros, sepsis, neumonía bilateral, bronconeumonía lobar, hematoma subdural agudo, falla respiratoria aguda, y en todos se encontró el alcohol bencílico.

Luego de la celebración de la Audiencia Ordinaria a  ocho ciudadanos acusados por la presunta comisión del Delito Contra la Vida y la Integridad Personal, en la modalidad de Homicidio Culposo, en perjuicio de 11 neonatos de la Sala de Neonatología del Complejo Hospitalario Arnulfo Arias Madrid, de la Caja de Seguro Social (CSS), el Juez Tercero Liquidador Adjunto de Causas Penales,  al conocer sobre la causa, y  estudiar los alegatos de las partes en proceso, consideró, en cada caso, que no existe ninguna vinculación de los acusados con el hecho punible, ya que ninguno de ellos tuvo participación directa con el tratamiento recibido por los recién nacidos, por lo tanto, se acoge al término de ley para dictar la sentencia que en derecho corresponde, emite la Sentencia Absolutoria del 22 de junio de 2022. En la misma se declara también, extinguida la acción penal en contra de una acusada ya fallecida, levantó medidas cautelares impuestas a los procesados y levanta la suspensión provisional del cargo a otros dos funcionarios.

Ante la decisión tomada a cabo por el Juez Tercero Liquidador de Causas Penales, la Sección de Descarga de la Fiscalía Metropolitana, anuncia y sustenta ante el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales, Recurso de Apelación en contra de la Sentencia Absolutoria del 22 de junio de 2022.El Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales, revoca esta Sentencia Absolutoria, dictada por el Juez Tercero Liquidador de Causas Penales y en consecuencia declara culpables a un médico y una farmacéutica, como autores del delito de homicidio culposo, en el caso conocido como ‘Neonatos’; indicando que los procesados profesionales de la salud, son  responsables de la omisión” que atentó contra la vida de varios infantes, quienes fallecieron producto del efecto tóxico (directo o indirecto) del alcohol bencílico, es decir, intoxicación por su uso”, durante sus  funciones médicas en la Caja de Seguro Social,  sitio al cual las personas acuden en busca de atención médica y donde se debe ser garante del cuidado de la salud y por el contrario, se produce el fallecimiento de varias infantes. La representación legal de los sentenciados al conocer el dictamen impuesto de  pena de cárcel y a la inhabilitación de funciones públicas, interponen Recurso de Casación, ante  la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, quien conoce del  recurso y resuelve mantener  la condena de 60 meses de prisión impuesta a un médico y una farmacéutica, por el delito de homicidio culposo al ser declarados culpables por la muerte de varios neonatos en el Complejo Hospitalario de la Caja de Seguro Social en 2013; además de  la inhabilitación para ejercer funciones públicas por un año una vez cumplida la condena.

Cumplidos alrededor de nueve años de este hecho, los padres de los neonatos que murieron y los que sobrevivieron, pero quedaron con secuelas, señalan que solo la responsabilidad recae sobre un médico y a una enfermera y piden que todos los que estuvieran implicados en este envenenamiento sean llamados ante la justicia. El fallo emitido por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sobre este caso es emitido once años después de que ocurriera la tragedia, que afectó a bebés prematuros, en el cual fallecen nueve y sobreviven cuatro. Durante todos estos años, los padres de los cuatro bebés que sobrevivieron han luchado por su salud y atención médica adecuada y por garantizarles la mejor calidad de vida posible.  Por su parte, la Asociación de Médicos, igual, solicitan una investigación más exhaustiva, argumentando que no se ha podido determinar con certeza que la heparina fue la causante de las muertes de estos bebés prematuros y de las secuelas en los otros sobrevivientes. Solicitan que se determine la verdadera relación entre la heparina y la muerte de los bebés. Igualmente se deslinde responsabilidad y se llegue a la verdad, ya que, al no haberse identificado el hecho punible, es necesario seguir investigando; sobre todo a las preguntas de donde provinieron los lotes de heparina, como se dio su adquisición, el responsable de su compra y la forma como fue introducido este producto al complejo hospitalario. Al conocerse el fallo, algunos galenos en apoyo al médico sancionado, han decidido poner a disposición su cargo; sus razones se basan en que estos cargos representan un riesgo para su integridad y libre ejercicio de la profesión médica. Casos como este, han ocurrido en el Complejo de la Caja del Seguro Social, teniendo un desenlace fatal y decepcionante para la población panameña; este tipo de sucesos y el actual desabastecimiento de medicamentos en la CSS, componen la lista de los retos que tiene actualmente la Caja del Seguro Social, institución garante de la seguridad social panameña, ello constituyen un agenda sumamente  importante, en un momento crucial, donde se discuten los desafíos que presenta la  Caja del Seguro Social y para los cuales debe existir un consenso entre autoridades y sectores representativos de nuestra sociedad panameña.




Principales Indicadores Económicos Mensuales (PIEM): Enero-junio 2023-24

Principales Indicadores Económicos Mensuales

Transportes:

  • Autoridad del Canal de Panamá: De enero a junio de 2024 respecto a igual período del año anterior, la mayoría de las actividades del Canal de Panamá continuaron con variaciones negativas, tales como: Ingresos por peajes en 11.7%, de estos, los Panamax 13.4% y los Neopanamax 10.2%; así como el volumen total de carga 33.5%, el tránsito de naves 24.5% y las toneladas netas en 22.1%.

  • Sistema Portuario Nacional: El movimiento de carga, a través del Sistema Portuario Nacional, presentó variación positiva de 13.8%, impulsado por la carga contenerizada en 19.4% y la carga a granel 8.9%. No obstante, la general registró disminución de 33.2%. Por su parte, el movimiento de contenedores TEU reportó variación positiva en 18.2%.

  • Corredores viables y pasajeros transportados por el Metro de Panamá y MiBus: Los pasajeros transportados por el Metro de Panamá aumentaron en 7.9%; igualmente, los ingresos y el aforo en los corredores 6.7% y 6.1%, respectivamente.

Comercio exterior:

  • Valor CIF de las importaciones de bienes: El valor CIF de las importaciones de bienes se redujo en 6.2%; igualmente, los bienes intermedios 15.2%, los bienes de capital en 10.7%; sin embargo, aumentaron los bienes de consumo en 1.5%.
  • Peso neto de las importaciones de bienes: El peso neto de las importaciones de bienes disminuyó en 10.9%; de estos, los bienes intermedios y de capital en 23.4% y 17.2%, respectivamente. Por otra parte, presentó variación positiva, los bienes de consumo en 1.9%.
  • Valor FOB de las exportaciones de bienes: El valor FOB de las exportaciones de bienes registró descenso en 73.6%, debido a los siguientes rubros: Minerales de cobre y sus concentrados 100%, banano 15.2%, desechos de acero, cobre y aluminio 8.9%, madera 9.8%, carne de ganado bovino 8.5%, piña 10.4%, ropa 12.1%, pieles y cueros en 33.3% y otros productos del mar 3.3%. No obstante, presentaron cambios positivos: Camarón 78.3%, azúcar sin refinar 115.1%, pescado y filete de pescado 28.5%, harina y aceite de pescado 35.5%, café 4.3%, sandía 5.2% y melón en 325.3%, entre otros.
  • Peso de las exportaciones de bienes: El peso total de las exportaciones de bienes presentó tasa negativa de 50.5%, los rubros que presentaron bajas, fueron: Banano 13.8%, desechos de acero, cobre y aluminio 3.2%, sandía 4.2%, piña 30.8%, carne de ganado bovino 11.1%, café en 9.2%, pieles y cueros 31.9.
  • Variaciones positivas: En cambio, se observaron variaciones positivas en actividades como: Madera en 5.7%, azúcar sin refinar 82.6%, harina y aceite de pescado 46.2%, pescado y filete de pescado 8.5%, camarón 82.9% y melón en 461.4%.
  • Zona Libre de Colón: El valor del comercio de la Zona Libre de Colón registró variación negativa de 12.2%, principalmente, importaciones CIF en 11.9% y reexportaciones FOB 12.5%. Por el contrario, aumentó el peso del comercio en 7.7%.

Comercio interno:

  • Venta de combustibles para consumo nacional:  La venta de combustibles para el consumo nacional disminuyó en 2.5%; de estos, el diésel bajo en azufre 3.5% y búnker C en 55.1%. Sin embargo, mostraron variaciones positivas la demanda total de gasolina en 5.8%, gas licuado de petróleo 7.0% y otros en 3.5%.
  • Embarque de combustible marino, según litoral y terminal: Se registró variación negativa en el embarque total de combustible marino, medido en miles de barriles netos, en 9.9%, principalmente, por la disminución en el Litoral Pacífico 10.8% y el Litoral Atlántico en 6.3%.
  • Venta de combustible marino, a través de barcazas y naves atendidas: La venta de combustible marino, a través de barcazas, presentó variación negativa de 7.9%; de estos, el Litoral Pacífico en 11.1%. Por otra parte, el Litoral Atlántico mostró variación positiva en 8.0%. El total de naves atendidas disminuyó 19.1%.
  • Automóviles nuevos inscritos: La inscripción de automóviles nuevos en el Registro Único Vehicular reportó aumento en 6.4%, explicado así: SUV’S 11.5%, pick ups 7.7%, camiones 2.0%, minivans en 13.6% y buses en 19.6%. No obstante, registraron disminuciones los autos regulares 1.8%, de lujo 5.4% y paneles 4.9%.

Construcción:

  • Valor de las construcciones, adiciones y reparaciones registradas por los municipios en la República:  El valor de las construcciones, adiciones y reparaciones, medido a través de los permisos de construcción, experimentó un descenso en los distritos de Panamá 29.0% y Colón 68.7%. Sin embargo, hubo una variación positiva en los distritos agrupados de Aguadulce, David, Santiago, La Chorrera y Chitré con aumento del 23.7%.
  • Área de construcción registrado en m2 por algunos municipios en la República: En el área de construcción, el distrito con mayor descenso fue Panamá con 39.0%; en cambio, aumentaron los agrupados: Aguadulce, Chitré, David, La Chorrera y Santiago en 7.4% y Colón 21.2%.
  • Otros indicadores relacionados con la construcción: La producción de concreto premezclado registró disminución de 11.4%; igualmente, la producción y venta de cemento gris en 13.2% y 2.1% respectivamente. En el intercambio comercial, la exportación cayó 91.0; sin embargo, la importación aumentó en 49.4%.

Intermediación financiera:

  • Sistema Bancario Nacional: Los activos totales del Sistema Bancario Nacional, al final del período, se incrementaron en 5.6%; igualmente, la cartera crediticia 7.7%. Los depósitos totales aumentaron 6.6%; de estos, los internos 6.1% y los externos en 7.7%.
  • Indicadores bursátiles: El volumen negociado en el mercado por la Bolsa Latinoamericana de Valores (Latinex) registró tasa positiva de 21.1%, de estos, el mercado primario 58.2% y las recompras en 25.2%; sin embargo, el secundario descendió en 29.3%. En el mercado accionario, aumentaron el índice Latinex 7.3%, el volumen negociado 13.7% y el número de acciones 41.3%.
  • Seguros: El valor total de las primas de seguro suscritas reportó variación positiva de 5.3%, de estas: Salud 10.3%, automóviles 9.7%, colectivo de vida 5.7%, incendio y multirriesgo en 10.3%, vida individual 4.4%, fianzas 22.6% y accidentes personales en 13.4%. Por el contrario, presentaron variaciones negativas los siguientes rubros: Otras primas 20.6%, otros transportes 1.4% y ramos técnicos 11.7%; por su parte, los siniestros en 6.0%.
  • Movimiento de préstamos del BDA: Los préstamos totales aprobados por el Banco de Desarrollo Agropecuario (BDA) mostraron variación positiva en 31.8%, principalmente, la ganadería 29.8%, la agricultura 19.6% y otros rubros 98.8%. No obstante, registró variación negativa la pesca en 48.6%.

Actividades de esparcimiento:

  • Apuestas brutas de los operadores de juegos de suerte y azar:  El informe de apuestas brutas de los operadores de juegos de suerte y azar, para el período en estudio, presentó aumento de 13.5%, principalmente, las máquinas tragamonedas tipo “A “en 11.0%, juegos de suerte y azar a través de Internet 46.1%, mesas de juego 5.8% y las salas de apuestas de eventos deportivos en 13.4%. Se redujo, hipódromo 12.9% y las salas de bingo 19.2%. La venta e ingresos brutas de Lotería Nacional de Beneficencia registró variación positiva de 6.7%.
  • Apuestas netas de los operadores de juegos de suerte y azar:  Las apuestas netas de los operadores de juegos de suerte y azar, para el período en mención, reportaron variación positiva de 4.9%; de estos, las máquinas tragamonedas tipo “A” en 5.6%, juegos de suerte y azar a través de Internet 33.6% e hipódromo en 3.2%. Por el contrario, disminuyeron las mesas de juego 10.9%, salas de apuestas de eventos deportivos 7.7% y las salas de bingo en 1.6%. La venta e ingresos netos de Lotería Nacional de Beneficencia disminuyó en 4.6%.

Electricidad y agua:

  • Oferta y generación de electricidad: La oferta de electricidad registrada por el Sistema de Medición Comercial (SMEC) mostró aumento de 1.8%, debido al incremento de la generación térmica en 1.1% y la generación renovable en 4.7%. Presentaron disminuciones la importación y la autogeneración en 56.0% y 44.3%, respectivamente.
  • Destino de la electricidad: La facturación de electricidad aumentó en 7.8%, principalmente, por una mayor demanda de clientes comerciales 8.2%, residencial 9.3%, gobierno 4.0%, industrial en 2.0%; igualmente, los grandes clientes 5.2% y los generadores en 30.5%.
  • Agua: La facturación de agua potable en la República, medido en miles de galones, registró variación positiva de 2.2%; con variaciones en el sector residencial 2.4%, comercial 2.1%, gobierno 1.3% y la industrial en 0.7%.

Industrias manufactureras:

Para el período en mención, reflejaron variaciones positivas: Producción de carne de pollo 5.3%, leche evaporada, condensada y en polvo 1.3%, derivados del tomate 13.0%, azúcar en 9.8%, la cerveza 8.2%, el seco 6.6% y alcohol rectificado en 4.1%. En cambio, reportaron disminuciones: Sacrificio de ganado porcino en 5.8%, vacuno 6.6%; sal 98.4%, ron 24.2%, ginebra en 7.6% y otros licores 47.6%.

Finanzas del sector público:

  • Ingresos corrientes del Gobierno Central:  Los ingresos corrientes del Gobierno Central reportaron variaciones positivas en 3.6%, igualmente, los ingresos tributarios 7.2%, los impuestos directos en 7.2%, las transferencias de bienes corporales muebles y la prestación de servicios sobre ventas (ITBMS) 11.4%. Sin embargo, los ingresos no tributarios presentaron disminución en 6.4%.

Otros relacionados:

  • Contratos de trabajo registrados en el Mitradel: Los contratos de trabajo registrados en el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) disminuyó en 0.6%, principalmente, por los inscritos en las regionales con 19.1%. No obstante, aumentó la sede central en 19.2%.
  • Propiedades no horizontales y horizontales inscritas:  El total de las propiedades inscritas registraron variación positiva en 0.2%; de estos, las horizontales en 3.2%; sin embargo, las no horizontales bajaron en 0.5%.
  • Sociedades Anónimas y Sociedades Comunes: El total de sociedades inscritas en el Registro Público presentó disminución de 6.6%, por la baja de las sociedades anónimas en 6.8% y las sociedades comunes en 2.6%.



Corte Suprema declara inconstitucional el uso de factura electrónica y equipo fiscal para profesiones liberales, artesanos, en forma independiente o través de una sociedad civil

factura electrónica

Mediante sentencia de 17 de julio de este año, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, resolvió una demanda interpuesta por los representantes del Colegio de Abogados y del Sindicato de Artesanos de Panamá que plantearon la inconstitucionalidad de dos temas contemplados en la Ley 256 de 2021 que en la parte pertinente se referían a los servicios prestados en el ejercicio de profesionales liberales, artesanales y artísticas de forma independiente o través de sociedades civiles.

También se alegaba que establecer una obligación de utilizar factura electrónica o equipo fiscal en la prestación de servicios implicaba limitaciones en el ejercicio de profesiones y consecuentemente debía considerarse inconstitucional.

La génesis de esta controversia radica en el hecho cierto de una obligación de vieja data de emitir facturas. Esta obligación es cónsona con la debida fiscalización de los contribuyentes y también, el respaldo que deben tener los usuarios de actividades comerciales, industriales y de servicios respecto de las erogaciones que se llevan a cabo en el país.

El Pleno consideró que no es inconstitucional que la obligación de facturar afecte la prestación de servicios, es decir, que quien presta servicios debe facturar. Esto no es inconstitucional.

Ahora bien, en lo que respecta al ejercicio de profesiones liberales, artesanales y artísticas, ya sea que se hagan en forma independiente o través de sociedades civiles, no requiere la utilización de una factura electrónica o un equipo fiscal.

El fallo analizó un tema de impacto complementario y es que las profesiones liberales no pueden estar sujetas tampoco a la obtención de un Aviso de Operación.

Esta resolución viene a completar un ciclo de incomodidad que se observó hace mas de un año cuando distintos profesionales entre ellos, abogados y médicos, plantearon que la expedición de una factura electrónica podría significar el traslado de información privativa y confidencial del cliente y de los pacientes a la administración tributaria.

En ese sentido, nuestra opinión es que la expedición de una factura electrónica en efecto, puede implicar la entrega de cierto nivel de información del caso o de las condiciones de un determinado paciente o cliente.

A partir de este fallo, estos profesionales podrán mantener el uso de su factura sin tener que utilizar los mecanismos ya mencionados.

Si bien el fallo corresponde al Pleno de la Corte Suprema, vale mencionar que hubo un salvamento de voto de la magistrada Maribel Cornejo Batista y un voto razonado del Magistrado Carlos Alberto Vásquez Reyes.