Jimmy Carter: un estadista en vez de un político

Jimmy Carter

La vida de Jimmy Carter, fallecido recientemente a los 100 años, es un testimonio de integridad, resiliencia y visión. Desde su humilde origen en una granja en Georgia hasta su paso por la Casa Blanca y su prolongada labor humanitaria, Carter se destacó como un líder único. Fue un presidente de una sola gestión, marcado por desafíos económicos y geopolíticos significativos, pero cuya honestidad y compromiso con los principios lo consolidaron como una figura histórica trascendental.

La presidencia de Carter (1977-1981) enfrentó numerosos retos. La crisis de los rehenes en Irán, la inflación descontrolada y las tensiones energéticas afectaron su popularidad y llevaron a su derrota frente a Ronald Reagan. Sin embargo, estos problemas no opacan sus logros. Carter fue un visionario que priorizó los derechos humanos y la diplomacia como ejes de su política exterior, estableciendo un estándar que aún inspira.

Uno de los hitos más relevantes de su administración fue la firma de los Tratados Torrijos-Carter, mediante los cuales Estados Unidos devolvió el control del Canal de Panamá a manos panameñas. Este acuerdo, firmado en 1977, representó mucho más que un cambio de administración territorial; fue una muestra de respeto hacia la soberanía de Panamá y una declaración del compromiso de Carter con la justicia internacional. Para concretar este acuerdo, el presidente estadounidense navegó un terreno político complicado, enfrentando la oposición interna de sectores que consideraban el tratado como una concesión innecesaria.

La negociación del tratado requirió de una diplomacia hábil y una visión clara. Carter, conocido por su firmeza en la defensa de sus principios, convenció a un Congreso dividido y enfrentó con paciencia las críticas de figuras como Ronald Reagan. Al final, su perseverancia aseguró un acuerdo que fortaleció las relaciones bilaterales y cimentó su legado como un líder que entendía el poder del respeto mutuo.

Más allá de los tratados, Carter se distinguió por su estilo de vida sencillo y su ética personal. A diferencia de otros líderes, evitó la opulencia y prefirió una vida austera. Este rasgo, profundamente arraigado en su fe bautista y su infancia rural, lo acompañó durante toda su carrera política y más allá. Incluso después de dejar la presidencia, Carter continuó trabajando incansablemente por causas humanitarias a través del Centro Carter, que él mismo fundó para promover la paz y los derechos humanos en el mundo. Su dedicación le valió el Premio Nobel de la Paz en 2002, un reconocimiento que simbolizó su impacto duradero.

El artículo del New York Times, «Jimmy Carter, Peacemaking President Amid Crises, Is Dead at 100,» destaca cómo Carter fue un presidente de una sola gestión, pero cuya vida posterior redefinió la influencia de un exmandatario. Desde su defensa de los derechos humanos hasta su compromiso con la salud global, Carter transformó las expectativas de lo que un expresidente puede lograr, marcando una diferencia tangible en comunidades alrededor del mundo​.

Comparar a Carter con figuras contemporáneas como Donald Trump resalta su singularidad. Mientras Carter priorizaba la cooperación internacional y el respeto a la soberanía, Trump adoptó una postura más aislacionista y confrontativa. En el caso de Panamá, las declaraciones de Trump sobre «revertir» la entrega del canal subrayan un contraste fundamental: Carter veía la diplomacia como una herramienta para construir puentes, no muros.

La honestidad fue la piedra angular de la vida de Jimmy Carter. Su compromiso de “nunca mentirle al pueblo estadounidense” no solo lo definió como candidato, sino también como presidente. Aunque este enfoque lo hizo parecer ingenuo para algunos, representó una ruptura refrescante con la desconfianza política de la era post-Watergate. Fue precisamente esta integridad la que le permitió afrontar los desafíos de su mandato con la frente en alto, incluso cuando las circunstancias no favorecían su éxito político.

Jimmy Carter no fue un presidente perfecto, pero su legado trasciende cualquier crítica a su administración. Su vida es una lección de cómo los valores personales pueden influir en el servicio público y en el escenario global. Para Panamá y el mundo, representa la importancia de la diplomacia basada en principios, la humildad en el liderazgo y el compromiso con un propósito mayor.

Al reflexionar sobre su legado, queda claro que el impacto de Jimmy Carter no se limitó a su tiempo en el poder. Fue un estadista que demostró que la verdadera grandeza radica en la capacidad de actuar con integridad, incluso ante la adversidad. Hoy, el mundo lo recuerda no solo como un expresidente, sino como un modelo de lo que significa liderar con el corazón y la mente puestos en el bienestar común.

Fuente: The New York Times, Jimmy Carter, Peacemaking President Amid Crises, Is Dead at 100 By Peter Baker and Roy Reed. Dic 29, 2024




La Bancada Vamos hace pública su posición sobre la Reforma de la Ley de la Caja de Seguro Social

Bancada Vamos



Análisis: México 2024 con Sheinbaum: la inseguridad o el rayo que no cesa

Claudia Sheinbaum

El Documento de Análisis 79/2024, elaborado por Francisco Márquez de la Rubia, ofrece una perspectiva crítica sobre los desafíos en seguridad que enfrenta Claudia Sheinbaum al inicio de su mandato como presidenta de México. A pesar de los esfuerzos realizados en administraciones previas, la violencia y la corrupción institucional persisten como barreras significativas para alcanzar la paz en el país.

Estrategia de Seguridad

Sheinbaum ha apostado por una estrategia de seguridad basada en datos, similar a la que implementó exitosamente durante su gestión como jefa de gobierno de la Ciudad de México. Su enfoque incluye:

  • Fortalecimiento policial: Mejora de las capacidades de las fuerzas del orden.
  • Uso de inteligencia: Implementación de tecnologías avanzadas para combatir el crimen organizado.
  • Atención a causas estructurales: Incremento en el gasto social para mitigar las desigualdades que fomentan la delincuencia.

Un paso clave en esta estrategia ha sido el nombramiento de Omar García Harfuch al frente de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, quien cuenta con un historial comprobado de reducción de homicidios en la capital mexicana.

Situación Actual

A pesar de estas medidas, la violencia sigue siendo un problema crítico en diversas regiones del país. Por ejemplo, operativos recientes contra el Cártel de Sinaloa en su estado homónimo han derivado en enfrentamientos violentos y numerosas bajas. Este escenario refleja la complejidad de erradicar las redes del crimen organizado que llevan años operando en el territorio.

Relación con Estados Unidos

Otro desafío importante es la presión ejercida por Estados Unidos. La elección de Donald Trump ha intensificado las tensiones, con amenazas de designar a los cárteles mexicanos como organizaciones terroristas, una medida que podría justificar intervenciones unilaterales. En respuesta, Sheinbaum ha sido firme al declarar que México no aceptará injerencia externa en su estrategia de seguridad.

Conclusiones

El análisis de Márquez de la Rubia subraya que, aunque la administración de Sheinbaum ha tomado medidas significativas para combatir la inseguridad, el camino hacia la pacificación del país es largo y arduo. Se requiere una estrategia integral que no solo enfrente la violencia, sino que también aborde la corrupción institucional y las desigualdades sociales.

La relación con Estados Unidos también desempeña un papel crucial, y cualquier desliz diplomático podría complicar aún más la situación. En este sentido, la postura de Sheinbaum de mantener la soberanía nacional será puesta a prueba en los próximos años.

Este análisis invita a reflexionar sobre la importancia de una política de seguridad que no solo sea reactiva, sino también preventiva y sostenible en el tiempo.

FUENTE: MÁRQUEZ DE LA RUBIA, Francisco. México 2024 con Sheinbaum: la inseguridad o el rayo que no cesa. Documento de Análisis IEEE 79/2024.

https://www.defensa.gob.es/documents/2073105/2278118/mexico+_2024_con_sheinbaum_la_inseguridad_o_el_rayo_que_no_cesa_2024_dieeea79.pdf (consultado 28/12/2024) 




CSJ se pronuncia sobre la desviación de poder en el contrato para la extracción de minerales no metálicos

extracción de minerales

DESVIACIÓN DE PODER

Mediante Sentencia de 9 de octubre de 2024, la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia conoce de la Demanda Contencioso Administrativa de Nulidad para que se declare, nulo, por ilegal, el Contrato No. 5 de 14 de marzo de 2013, por medio del cual, el Estado por conducto del Ministerio de Comercio e Industrias, otorga a una empresa derechos exclusivos para la extracción de minerales no metálicos, en la Provincia de Chiriquí. El contrato en mención se firmó el día 14 de marzo de 2013 y se rige bajo el Código de Recursos Minerales; así como el Decreto de Gabinete 264 de 1969 y la Ley General de Ambiente), y supletoriamente en el Texto Único de la Ley 22 de 2006.  Su entrada en vigor, se lleva a cabo mediante Gaceta Oficial el 16 de enero de 2014.

HECHOS DE LA DEMANDA

Los hechos se centran en el otorgamiento de derechos exclusivos por 20 años a una empresa para extraer grava de río (minerales no metálicos) en la Provincia de Chiriquí.  La concesión se basa en la solicitud CRDSA-EXTR (2012-23), aprobada por planos 2012-99, 2012-100 y 2012-101, y se estima que es ilegal por beneficiar a una empresa cuyo representante legal era simultáneamente funcionario de Gobierno; reflejando una falta de transparencia en la contratación pública e incumplimiento del artículo 3 del Código Minero respecto a la capacidad técnica y financiera de la concesionaria; se indica la existencia de  desviación de poder por parte del MICI al otorgar una concesión a un funcionario de su administración, generando un conflicto de intereses.

DISPOSICIONES LEGALES INFRINGIDAS Y EL CONCEPTO DE LA VIOLACIÓN.

Se describen múltiples cargos de ilegalidad, relacionados con la violación de diversas leyes y normativas, incluyendo la Ley 22 de 2006 y el Decreto Ejecutivo No. 246 de 2024. Se destaca que la concesión de 20 años otorgada a la Concesionaria, está vinculada a un funcionario de gobierno, lo que representa un conflicto de intereses y desviación de poder. Se señala de violar principios éticos al favorecer a un miembro del gobierno por influencias personales. Igualmente, se hace referencia a la violación de leyes ambientales al exceder plazos contractuales, extraer minerales en zonas prohibidas y no incluir cláusulas sobre el pago de regalías. Se alude a la falta de mecanismos contractuales para garantizar el cumplimiento de restricciones ambientales, lo que constituye una causa ilícita en el contrato. Concluyendo, con que la concesión minera sobre zona de manglares es inadjudicable y se vulneran diversos artículos del Código de Recursos Minerales y de la Ley General de Ambiente.

INFORME DE CONDUCTA

El Ministerio de Comercio e Industrias justifica la legalidad del traspaso de la concesión minera de grava de río por parte de la Concesionaria a una empresa privada en Chiriquí, al haber cumplido con todos los requisitos legales. En el informe presentado se resalta el cumplimiento de diversas leyes relacionadas con la concesión y refuta cualquier alegato de ilegalidad en el proceso. Se apunta a que la Concesionaria obtuvo la concesión de manera legal en 2012, sin desviación de poder, y que el contrato se ajustó a las leyes pertinentes incluyendo un plazo de concesión legal. La ubicación de la concesión cumplió con los planos aprobados y la empresa contaba con un Estudio de Impacto Ambiental. Además, se revela que las acusaciones de daño ambiental deben ser evaluadas por el Ministerio de Ambiente y estas no son parte del ámbito legal del contrato. Por último, aunque inicialmente la Ley 109 eximía del pago de regalías, la introducción de una nueva ley en 2015 estableció la obligación de su pago.

CONCEPTO DE LA PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN

El Procurador de la Administración concluye que el Contrato No. 05 de 14 de marzo de 2013 es legal. Toda vez, que se desestiman las acusaciones de falta de transparencia y violación del Código de Ética, al indicar que el representante de la Concesionaria al momento de la firma no era un Viceministro, hecho que resulta incompatible con la adjudicación del contrato y que sus funciones, no influyen con la concesión otorgada. La actual titularidad del contrato por una empresa privada, tras una resolución de traspaso, es legal. También se justifica la ausencia de pago de regalías, amparándose en la Ley No. 109 de 1973. El contrato cumplió con la legislación vigente y solo necesitaba el refrendo de la Contraloría. La falta de fianza se disolvió con la presentación del comprobante de pago por parte de la empresa. Las alegaciones ambientales corresponden a MIAMBIENTE y no se presentaron pruebas de daños. No hubo desviación de poder, ya que el contrato siguió las normas mineras necesarias.

OPOSICIÓN DEL TERCERO INTERESADO

La Resolución de 15 de junio de 2021 ordenó notificar a la Concesionaria, como tercero interesado, tras intentos fallidos de notificación personal, se procedió a un emplazamiento por edicto conforme a los artículos 1017 y 470 del Código Judicial.  Al no presentarse la sociedad dentro del plazo establecido, se nombró defensor de ausente (Resolución de 1 de septiembre de 2022), el cual, contestó la demanda, negando los hechos, pretensiones, pruebas y derechos alegados por la parte demandante, reservándose el derecho a presentar pruebas posteriormente.

DECISIÓN DE LA SALA

La Sala se declara competente para abordar la acción contencioso-administrativa de nulidad contra el Contrato No. 05 de 2013, que concede a una empresa derechos exclusivos de extracción de grava en Chiriquí por 20 años. Donde la parte demandante sostiene que el contrato es ilegal por desviación de poder, dado que fue firmado por un ex ministro que también era representante de la empresa, sosteniendo que este acuerdo favorece a un funcionario gubernamental, vulnerando el principio de transparencia y causando daño ambiental. Su sustento legal lo basa en el Código de Recursos Minerales y varias leyes sobre contratación pública vigentes al momento de la firma. El 10 de agosto de 2012, la concesionaria solicitó al MICI una concesión para extraer grava de río en 191.43 hectáreas en Chiriquí, respaldada por el expediente CRDSA-EXTR 2012-2013 y aprobada por la Resolución N° 2012-510 del 26 de septiembre de 2012. Esta resolución declaró a la empresa elegible para los derechos de extracción, conforme al Código de Recursos Minerales y las normativas legales correspondientes. Se otorgaron derechos exclusivos tras la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental aprobado. Posteriormente, mediante la Resolución N° 030 del 18 de marzo de 2020, los derechos fueron transferidos a otra empresa. El Tribunal determinó que la concesión minera cumplió con la ley y NO HUBO DESVIACIÓN DE PODER. Enfatiza la importancia de analizar las intenciones detrás de los actos administrativos para garantizar la congruencia con la ley. En este caso, se demostró que la concesión se otorgó de manera transparente y cumpliendo con los requisitos legales, a pesar, de lo relacionado al cargo ocupado por el Viceministro, no se encontraron evidencias de ilegalidad o abuso de poder. Se argumenta la legalidad del contrato basándose en las leyes vigentes en el momento de la firma. La empresa cumplió con los procedimientos necesarios y no se detectaron violaciones éticas. La ley permite prórrogas de contratos siempre que se cumplan las obligaciones contractuales, lo cual respalda la validez del contrato en cuestión. Además, la Ley No. 20 de 1985 indicó que para la validez de un contrato deben ser firmados por representantes oficiales y publicados en la Gaceta Oficial. Esto fue realizado el 10 de mayo de 2023, con la publicación el 16 de enero de 2014 en la Gaceta Oficial No. 27454, marcando el inicio de su vigencia. Por lo tanto, el contrato cumple con el marco legal vigente, rechazando así los alegatos de ilegalidad. Los contratos pueden tener una duración de hasta dos años, prorrogables si el contratista satisface las condiciones. La solicitud de prórroga debe realizarse un año antes de la expiración del contrato. El demandante argumentó que no se presentó una fianza anticipada ni se mencionaron las regalías en el contrato. Sin embargo, la cláusula vigésima del contrato estipula que la empresa concesionaria debe presentar una fianza de mil balboas, lo cual está respaldado en el expediente administrativo y en el informe del Ministerio de Comercio e Industrias, que confirma el pago de la fianza. En cuanto a la cláusula mencionada, esta fue cumplida y no viola el Código de Recursos Minerales. Sobre las regalías, se determinó que, bajo el artículo 16 de la Ley No. 109 de 1973, únicamente se requerían pagos de derechos municipales para la extracción de minerales no metálicos, y no regalías. El contrato del 2013 incluyó el pago de regalías, conforme a la normativa vigente en ese momento, siendo el cambio de esta normativa del 2015 no aplicable retroactivamente. Respecto a los daños ambientales alegados en un área de manglares, el contrato incluye un Estudio de Impacto Ambiental, se destacó que la concesionaria ha mantenido el contrato desde marzo de 2020, y no ha incumplido sus obligaciones, en concordancia con la normativa establecida para la extracción de este tipo de materiales. Por lo tanto, se concluye que no hay irregularidades ni vicios que invaliden el contrato, desestimando los cargos de ilegalidad presentados y rechazando la solicitud de demanda. La Sala Tercera afirma que el Contrato No. 5 de 14 de marzo de 2013 entre el Ministerio de Comercio e Industrias y la empresa concesionaria no es nulo por ilegalidad.

El Doctor Julio E. Linares Franco analiza la «DESVIACIÓN DE PODER» en Panamá, destacando su complejidad en el ámbito administrativo. Se enfatiza la importancia de una investigación exhaustiva para descubrir posibles actos de corrupción y abuso de poder por parte de funcionarios públicos. Se destaca la necesidad de limitar la discrecionalidad en los contratos administrativos para proteger el interés público y evitar conflictos de interés.




La inteligencia artificial y la guerra de Ucrania

Volodymyr Zelenskyy

Este artículo es un resumen del documento de análisis titulado «La inteligencia artificial y la guerra de Ucrania», escrito por José Pardo de Santayana y publicado el 17 de diciembre de 2024 en el Boletín Electrónico de la IEEE. Para ver este documento completo da click en el siguiente enlace: https://www.defensa.gob.es/documents/2073105/2278118/la_inteligencia_artificial_y_la_guerra_de_ucrania_2024_dieeea81.pdf

El documento explora cómo la inteligencia artificial (IA) está transformando la naturaleza de los conflictos bélicos, con énfasis en su aplicación en la guerra de Ucrania. Según el autor, este conflicto se asemeja a un laboratorio donde las grandes potencias y las empresas tecnológicas experimentan con el potencial de la IA para obtener ventajas estratégicas en el campo de batalla. A medida que la rivalidad tecnológica entre Estados Unidos y China se intensifica, la IA emerge como un elemento clave para definir la supremacía militar global. Aunque la guerra en Ucrania no está completamente determinada por la IA, su papel es cada vez más significativo, con aplicaciones que abarcan desde la logística y el reconocimiento de objetivos hasta la guerra cibernética y la defensa antiaérea.

Innovaciones tecnológicas en el conflicto

El análisis destaca que, antes del estallido de la guerra, la IA ya había provocado una revolución en la seguridad global, optimizando procesos logísticos y decisiones tácticas en las fuerzas armadas de países como Estados Unidos. Durante la guerra de Ucrania, la IA ha permitido a las fuerzas ucranianas contrarrestar el poderío militar ruso a través de herramientas avanzadas como drones autónomos, sistemas de inteligencia geoespacial y algoritmos de aprendizaje automático. Estas tecnologías han sido utilizadas para geolocalizar tropas enemigas, analizar patrones en movimientos militares y proteger infraestructuras críticas contra ataques con misiles y drones. Empresas como Palantir y Microsoft han jugado un papel fundamental en estos esfuerzos, proporcionando sistemas que integran datos satelitales y redes sociales para mejorar la capacidad de respuesta en tiempo real.

Por otro lado, Rusia ha implementado sistemas de IA en drones kamikaze y vehículos no tripulados, aunque con menor éxito operativo. El dron Lancet-3, por ejemplo, utiliza redes neuronales para identificar y atacar objetivos, pero su efectividad ha sido cuestionada debido a la falta de evidencia sólida que respalde su desempeño. Además, la colaboración tecnológica entre Rusia y China, especialmente en el desarrollo de inteligencia artificial militar, representa un factor estratégico importante en esta dinámica global. China, por su parte, aprovecha el conflicto para recopilar datos operativos y perfeccionar sus capacidades tecnológicas, consolidando su posición como uno de los principales actores en la carrera armamentista digital.

El papel de la desinformación y la guerra cognitiva

Uno de los aspectos más preocupantes del uso de la IA en este conflicto es su contribución a la guerra de desinformación. Tanto Rusia como Ucrania han utilizado la IA para crear y amplificar narrativas en redes sociales, difundiendo imágenes, videos y audios falsos con el objetivo de influir en la percepción pública. Por ejemplo, se cita el uso de un video falso al inicio de la guerra en el que el presidente Zelenski supuestamente pedía la rendición de Ucrania. Aunque estos intentos iniciales fueron fácilmente identificables, los avances en IA están haciendo que las falsificaciones sean cada vez más convincentes, representando un desafío significativo para la verificación de la información en tiempo real.

Al mismo tiempo, las herramientas de IA están siendo empleadas para contrarrestar la desinformación, identificando y eliminando contenido falso con mayor rapidez y precisión. Sin embargo, estas medidas plantean interrogantes éticos y prácticos sobre quién decide qué información es veraz y cómo evitar el abuso de estas tecnologías para restringir la libertad de expresión.

Implicaciones geopolíticas y éticas

El documento subraya que la creciente militarización de la IA está transformando las relaciones internacionales y planteando dilemas éticos fundamentales. A diferencia de la era nuclear, donde los gobiernos lideraron el desarrollo tecnológico, la revolución de la IA está impulsada principalmente por actores privados que priorizan intereses comerciales sobre consideraciones de seguridad nacional. Esto genera preocupaciones sobre la falta de regulación y el riesgo de que la tecnología se utilice de manera irresponsable o desproporcionada.

Además, el autor menciona el peligro de una «carrera armamentista digital» entre Estados Unidos y China, donde cada superpotencia busca superar a la otra en aplicaciones militares avanzadas. Mientras que Estados Unidos mantiene una ventaja tecnológica gracias a la innovación de empresas como OpenAI y Google, China aprovecha su política de fusión civil-militar y su acceso a grandes volúmenes de datos para acelerar su desarrollo. Esta rivalidad, acentuada por la desconfianza mutua, dificulta la cooperación necesaria para establecer normativas internacionales que regulen el uso de la IA en contextos bélicos.

El laboratorio de la guerra del futuro

La guerra en Ucrania no solo está definiendo el presente, sino que también establece precedentes para los conflictos futuros, donde la IA desempeñará un papel central. La capacidad de recopilar y analizar datos en tiempo real está transformando las estrategias militares, permitiendo una toma de decisiones más rápida y precisa. Sin embargo, esta dependencia de la tecnología plantea riesgos significativos, como la posibilidad de errores en sistemas autónomos y la pérdida de control humano en momentos críticos.

El autor concluye que, aunque la IA no es el factor determinante en el conflicto actual, su impacto está sentando las bases para una nueva forma de guerra. Cada día que la guerra continúa, las tecnologías basadas en IA se perfeccionan con datos reales, no para detener el sufrimiento, sino para ser más eficaces en futuras confrontaciones. Este desarrollo plantea la necesidad urgente de un diálogo global sobre los límites éticos y estratégicos del uso de la IA en conflictos armados.




El Coloquio Internacional sobre Panamá en la Sorbona de París

Istmo de Panamá

Autor: Dr. Omar Jaén Suárez, geógrafo, historiador, diplomático

Tal como lo anuncié en artículo del 29 de octubre pasado tuvo lugar en la Universidad de París-Sorbona, un coloquio internacional entre el 5 y el 7 de diciembre: El Istmo de Panamá, perspectivas globales y problemáticas locales, en el que participaron académicos de Panamá (Patricia Pizzurno, Rolando de la Guardia, Marixa Lasso, Félix Chirú, Ana Elena González), Francia, España y Estados Unidos. Invitado por sus organizadores, David Marcilhacy, Hélène Harter y Samuel Poyard, dicté la conferencia inaugural titulada “Panamá y la Geopolítica” (con un power point coordinado por Orlando Acosta).

Primero, presenté un largo resumen de la historia de Panamá desde el siglo XVI y su importancia geopolítica según su posición estratégica y sus condiciones geográficas, con énfasis en los esfuerzos para resolver mediante la negociación bilateral, el problema existencial de nuestro país con los Tratados Torrijos-Carter de 1977. La toma de conciencia en Panamá y luego en Estados Unidos de que éramos una pequeña potencia geopolítica permite explicar, en gran parte, el éxito final de las negociaciones bilaterales y sus tremendos resultados en dichos tratados. Expliqué las estrategias y resultados de las gestiones políticas y diplomáticas desde los eventos de 1964 y trece años de una negociación en tres períodos, con el impulso final desde 1973 (cuando fui negociador), para concluir al plantearme interrogantes esenciales.

¿Qué efectos tienen en Panamá las transformaciones de la geopolítica mundial y regional en nuestro continente? ¿Cómo puede Panamá hacer valer su peso geopolítico en este mundo rápidamente cambiante e inestable?

Panamá sufrió desde 1968 hasta 1989 un régimen militar autocrático que terminó con una cruenta invasión militar de Estados Unidos a finales de diciembre de ese año. Luego, se instaló una democracia liberal, defectuosa, populista, plagada de corrupción pública impune, defectos que nos impiden una presencia geopolítica mayor acorde con la realidad de nuestra función internacional transoceánica mediante el más importante centro logístico y portuario de Latinoamérica y un Canal ampliado desde 2016 que duplicó su capacidad de transporte. En adelante, Panamá será un aliado incondicional de Estados Unidos. No obstante, establecimos relaciones diplomáticas con la República Popular China en 2017, pero nos encerramos de 2021 a 2022, más que ningún otro Estado del continente, por la pandemia del Covid-19, acción que nos empobreció y aisló de la comunidad internacional. Sufrimos el peso de una enorme inmigración ilegal, más de un millón de personas desde 2022 que huyen de la tiranía y la miseria en Cuba, Venezuela y Haití, llegan desde Colombia por el tapón del Darién y atraviesan el istmo para pasar a Estados Unidos por tierra. 

Panamá podría ser nuevamente una pequeña potencia geopolítica, pero no sucede por nuestra ausencia internacional, que está cambiando ahora, y por una reputación maltrecha. Debemos practicar la autocrítica, tan ausente en una Latinoamérica con tendencia a culpar al exterior de nuestras fallas. Nuestros desafíos de política interior y exterior son colosales. Primero, asegurar el desarrollo económico-social sustentable e inclusivo y restaurar una institucionalidad democrática, dañada por malos dirigentes políticos en las últimas décadas. Luego, replantear nuestra relación con potencias amigas como Estados Unidos, Canadá, China Popular, Corea del Sur, Japón, India, Reino Unido, Unión Europea, Colombia, Costa Rica y los otros Estados democráticos de Latinoamérica y el Caribe.

Siguiendo nuestro impulso geopolítico adoptamos desde 1975 el liderazgo de los esfuerzos para llevar la paz a Centroamérica y para la creación del Grupo de Contadora en 1983, con Venezuela, Colombia, Panamá y México. Con el mismo espíritu, Panamá acaba de comprometerse a fondo para rescatar la democracia en Venezuela cuyo régimen dictatorial ignora los resultados de las últimas elecciones que perdió de manera arrolladora. De hecho, de acuerdo con nuestro interés nacional deberíamos abandonar enseguida el envilecido PARLACEN y unirnos pronto, como lo hacen países vecinos, al Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC), la Alianza del Pacífico, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y Mercosur, donde ya somos Estado asociado. Deberíamos, finalmente, con el apoyo de Estados amigos, como España y ahora Francia, mejorar la imagen relativamente deficiente y hasta falsa de Panamá en el mundo, particularmente de “paraíso fiscal”, según la Unión Europea, cuando el dinero producto de la evasión tributaria se lava mucho más en bancos de sus propios países, de Estados Unidos y del Reino Unido.

Panamá ocupará, desde el 1 de enero de 2025, por sexta vez y por dos años, un puesto en el Consejo de Seguridad de la ONU. Impulsar la Convención de Naciones Unidas sobre la fiscalidad internacional es tarea que podremos acometer. Inspirados en nuestro apego a los valores democráticos y la defensa de los derechos humanos universales podremos emplear nuestra capacidad de diálogo y concertación para reformar dicho Consejo y para contribuir a afianzar la seguridad y la paz. Todo ello en un mundo en vilo esperando la actuación del nuevo presidente, Trump, de Estados Unidos, y marcado por graves conflictos bélicos que hasta amenazan gravemente el corazón de Europa que comienza finalmente a temer al imperialismo ruso, por las guerras del Medio Oriente, las tensiones del Extremo Oriente, y también las de un África más inquieta, presa de nuevos colonialismos depredadores, especialmente de Rusia y China Popular. 

La pregunta clave es: ¿podremos repetir, esta vez, en provecho de nuestros intereses afines a los de la comunidad internacional más responsable, la hazaña de 1973 cuando nuestro peso geopolítico, aunque limitado, se impuso para relanzar la fase final y exitosa de las negociaciones sobre los tratados Torrijos-Carter que resolvieron el problema existencial de Panamá? ¿Sabremos rescatar el lugar que nos corresponde según nuestro valor geopolítico? Sólo puedo responder: ¡Seamos optimistas!




Algunos recuerdos nefastos de nuestros procesos electorales

procesos electorales

Cuando uno analiza las elecciones populares que hemos realizado en toda nuestra historia política, éstas sellan en nuestra mente imágenes imborrables que dejan mucho que desear y revelan una incultura política de sectores de nuestra población y de nuestra clase política.

A partir de la toma de posesión del Primer Presidente de la República, el conservador Dr. Manuel Amador Guerrero, se inició la pugna entre los dos partidos tradicionales, el Liberal y el Conservador, para controlar el poder político de la incipiente república. 

En 1906 se realizaron las primeras elecciones para escoger concejales, caracterizándose esta elección por ser violenta, donde hubo presencia norteamericana, que dejó un saldo de tres (3) muertos, 30 heridos y muchos liberales arrestados.  Esas elecciones de 1906 no brillaron por su honestidad y el Partido Liberal presentó cargos contra la pureza del sufragio. 

Igual situación a la anterior surgió en 1908 para elegir en las urnas al Presidente de la  República.  Esta práctica democrática que creaba exaltación política, volvió a levantar el temor de una posible revolución y, según algunos, se hacía necesaria la intervención estadounidense.  Al declinar Ricardo Arias su candidatura presidencial, el candidato conservador José Domingo de Obaldía, continuó en la campaña y ganó sin oposición alguna.

En el torneo electoral de 1912 el Partido Liberal se dividió.  Por un lado la gobiernista Unión Patriótica, postuló al Don Pedro A. Díaz y por el otro la Convención Liberal favoreció al  Dr. Belisario Porras, originando un enfrentamiento interno con acusaciones mutuas de malos manejos entre otros.  La Unión Patriótica decidió no participar en esas elecciones, quejándose de la falta de imparcialidad de los supervisores estadounidenses.  Así, el Dr. Belisario Porras, como candidato único, asumió la Presidencia de la República.

En el proceso electoral de 1916 el Dr. Belisario Porras, Presidente de la República, respaldó a Ramón Maximiliano Valdés, en oposición a Rodolfo Chiari Robles, quien fue postulado por el Directorio Nacional del Partido Liberal.  Esta campaña se desarrolló en un ambiente violento, las presiones políticas subieron en forma alarmante, con acusaciones de fraude, de atraco al erario público, descréditos de todo tipo, trayendo la consiguiente inestabilidad y finalizando con la abstención de los partidarios de Rodolfo Chiari Robles, dejando el camino expedito al ungido presidencial del Presidente Porras Barahona.  El Dr. Ramón Maximiliano Valdés, como candidato único, se posesionó como primer mandatario el 1 de octubre de 1916.

Las siguientes elecciones generales de Panamá se realizaron el 2 de agosto de 1920.  Fueron las primeras elecciones donde se eligió al Presidente de la República por votación directa.  En todas las anteriores se elegía al Presidente de la República por votación indirecta, mediante electores.  En este torneo electoral se enfrentaron los Doctores Belisario Porras Barahona y Ciro Luis Urriola.  La Liga Nacional Porrista, coalición que formó el candidato presidencial Belisario Porras, triunfó holgadamente frente a la facción disidente liberal, cuyo candidato era el Dr. Ciro Luis Urriola.  En este torneo electoral los partidarios “Urriolistas” en gran parte se abstuvieron de ir a las urnas por considerar que las elecciones sería una farsa.  Porras tomó posesión como mandatario de la nación el 1 de octubre de 1920.  No pocos consideran que con el Dr. Belisario Porras se inició el llamado populismo en todo el interior del país.  Esto, según algunos, trajo la  descomposición electorera con la compra de votos y el fraude electoral.

El martes, 2 de septiembre de 1924, se celebró la quinta elección general panameña desde nuestra independencia de Colombia.  Ambos candidatos presidenciales fueron liberales,  Rodolfo Chiari Robles quien derrotó al General Manuel Quintero Villarreal, ganando el primero por aplastante margen.  De acuerdo con los medios de comunicación, estas elecciones fueron bastante ordenadas.  Posteriormente, sin embargo, algunos pocos señalaron que la elección había sido fraudulenta como consecuencia de los denominados “paquetazos” o relleno de urnas con votos fantasmas.  Chiari Robles gobernó el país para el período 1924-1928.

Los candidatos de las elecciones generales de 1928 fueron el representante del Partido Liberal, Ing. Florencio Harmodio Arosemena de 52 años de edad, quien había estudiado en las mejores universidades de Alemania y Suiza y, respaldado por la Coalición Nacional Porrista, el Dr. Jorge Boyd, de 42 años, casado con Elizabeth Bolling, quien era sobrina del expresidente de Estados Unidos, el Demócrata Woodrow Wilson.  El candidato Arosemena era favorecido por el Presidente Rodolfo Chiari Robles y Boyd por el Dr. Belisario Porras Barahona.  El Dr. Porras inició, a través del diario El Heraldo, una campaña de desprestigio contra el gobierno Chiari.  Fueron ataques de toda índole, desde acusaciones de dictador, malversador de fondos, administración ineficaz y otros desafortunados calificativos que le endilgaba al Presidente Chiari.  Como consecuencia de esto el Dr. Porras fue expulsado del Partido Liberal, sin embargo él procedió a constituir la Coalición Nacional Porrista.  Porras acusó al gobierno de usar fondos públicos para la campaña, de intimidar a sus seguidores y aterrorizar a los campesinos del país.  Por su parte, Rodolfo Chiari, quien respaldaba a Florencio Harmodio Arosemena, acusó a Porras y su ungido Boyd de traicionar el orgullo patrio al solicitar la intervención de los estadounidenses en las elecciones, petición que le fue negada por el gobierno estadounidense.  Dos días antes de las elecciones el candidato Jorge Boyd se retiró de la contienda electoral frente a los atropellos que realizaban los seguidores del candidato gubernamental Florencio Harmodio Arosemena.  Como era de esperarse, el torneo electoral aludido lo ganó Florencio Harmodio Arosemena.  Casos de elecciones como esta acumulaban por años prácticas políticas deplorables resultante de comportamientos despistados y desastrosos.

En la campaña electoral del Año 1932 ganó el Dr. Harmodio Arias Madrid frente a su opositor Francisco Arias Paredes.  Para estas fechas surgía el fenómeno político del llamado “cacique”, personaje nefasto que trabajaba como un árbitro regional de la vida política del país, a base de amenazas y presiones.  El cacique operaba en las oficinas públicas y garantizaba el reclutamiento forzoso de los empleados públicos; inclusive cobraba cuotas políticas a los empleados bajo la amenaza de quitarles sus empleos; se dedicaba también a la compra de votos.  Este personaje nefasto de nuestra política garantizaba el transporte de los votantes a las mesas de votación.  No debemos olvidar su presencia ya que ésta se alargó por muchos años en nuestra población nacional, al punto que algunos de ellos llegaron a ocupar escaños en la Asamblea Nacional de Diputados.  Es importante recordar que en estas campañas eleccionarias se perfeccionó la cédula de identidad personal como documento permanente.   El Dr. Harmodio Arias Madrid obtuvo un  triunfo limpio contra su adversario Francisco Arias Paredes, no obstante hubo denuncias de irregularidades como la expedición de cédulas duplicadas.

En las elecciones siguientes, en Junio de 1936, el Dr. Juan Demóstenes Arosemena, candidato del oficialismo y de la Coalición Revolucionaria Nacional, obtiene el  triunfo electoral contra Don Domingo Díaz Arosemena del Frente Popular.  Fue evidente cómo el gobierno de turno utilizó la maquinaria oficial para respaldar al Dr. Juan Demóstenes Arosemena.  La campaña política se caracterizó por grandes tensiones e irregularidades y por evidencia de fraude, cuyos comicios pasarán a la historia relacionados al “PAQUETAZO DE VERAGUAS”, que fue denunciado como “una monstruosa manipulación de las actas” a favor del candidato gubernamental.  Fue un  torneo electoral a base de fraudes y atropellos que dejaron muchos resentimientos.

Las siguientes elecciones generales panameñas de 1940, entre el candidato del gobierno, Dr. Arnulfo Arias Madrid, apoyado por los partidos coaligados y por la oposición, el Dr. Ricardo J. Alfaro, conllevaron las malas prácticas de nuestra política criolla.  Se acentuaron los atropellos por la policía, el uso de los recursos del estado, denuncias de fraude y un ambiente sumamente caldeado.  El día 26 de mayo de 1940, Ricardo J. Alfaro decidió retirar su candidatura presidencial por considerar que carecía de garantías suficientes para participar en unas elecciones honestas.  El día 1 de octubre de 1940 tomó posesión de la Presidencia de la República el Dr. Arnulfo Arias Madrid. 

Después de la Elección de Constituyentes de 1945, que produjo la promulgación de la Tercera Constitución Nacional de 1946, se realizan las siguientes elecciones generales el 9 de mayo de 1948, en la que participaron Don Domingo Díaz Arosemena (Alianza Unificación Liberal), Dr, Arnulfo Arias Madrid (PRA) y otros tres candidatos presidenciales sin posibilidad de triunfo.  La victoria electoral se le reconoció al candidato del gobierno, Don Domingo Díaz Arosemena, luego de unas elecciones caracterizadas por diversidad de ilegalidades de lado y lado, entre ellas enfrentamientos entre bandas paramilitares.  En estas elecciones hubo destrucción de urnas y votos, depósito de votos falsos en urnas, elaboración de actas en mesas de votación inexistentes, es decir, se inventaron nuevos y sofisticadas formas de violar los resultados del voto electoral, en un ambiente de mucha hostilidad, enfrentamientos violentos entre pandillas paramilitares tanto del gobierno como de la oposición, que incluyó la participación de la Policía Nacional.  En este período presidencial hubo reconteo de votos presidenciales y cinco presidentes de la república en un cuatrienio, 1948-1952, en lo que en mi opinión fue el período presidencial más convulsionado de nuestra historia política.

Se estableció que las siguientes elecciones generales se realizarían el 11 de mayo de 1952.  En este torneo electoral compitieron el ExJefe de la Policía Nacional, Coronel José Antonio Remón Cantera, por la oposición Don Roberto Francisco Chiari Remón –apoyado por la Alianza Civilista- y hubo un tercer candidato, Pedro Moreno Correa, del Partido  Conservador, sin ninguna posibilidad de triunfo.  Esta campaña fue violenta para algunos y se hicieron acusaciones de corrupción contra la Policía Nacional.  También hubo compra de votos e irregularidades en las mesas de votación.  Actas en la que el número de votos escrutados sobrepasaba la lista de votantes, utilización de los recursos del estado apoyando al candidato del oficialismo, personas que votaron varias veces, la adulteración de Actas Electorales son ejemplos de actos cometidos.  El 1 de junio de 1952  Remón Cantera fue proclamado triunfador de las elecciones realizadas el 11 de mayo y tomó posesión como Presidente de la República el 1 de octubre de 1952.  Fue el primer militar que llegaba a ocupar la presidencia durante el período republicano y el primer presidente graduado en el Instituto Nacional de Panamá.  Estas elecciones dejaron como recuerdo una huella difícil de olvidar por haber sido influenciadas en forma desvergonzada, institucionalizando el clientelismo con el aparato gubernamental estableciendo el trueque de prebendas y bienes materiales por votos.

El siguiente torneo electoral fue programado para el 13 de mayo de 1956 entre Ernesto de la Guardia, Jr., apoyado por el oficialismo con la Coalición Patriótica Nacional, y su opositor Víctor Florencio Goytía, respaldado por el Partido Liberal.  Para la mayoría de las personas, las elecciones generales fueron tranquilas, no obstante la oposición liderada por Goytía pidió que se anulara el proceso en razón de un fraude que involucraba aproximadamente 100 mil votos.  Por su parte el candidato gubernamental De la Guardia reconoció en parte que se había dado irregularidades en el conteo, pero reafirmó que no era un número suficiente para alterar el resultado.  El triunfador definitivo fue el candidato Ernesto de la Guardia, Jr., quien tomó posesión el 1 de octubre de 1956 y el período de su mandato fue uno de los más conflictivos.  Se dieron protestas estudiantiles, levantamiento de grupos armados entre sus adversarios políticos, con resultados muy dolorosos y desafortunados que opacaron las buenas intenciones del Presidente de la Guardia.  Hay que destacar que durante el mandato del Presidente de la Guardia éste debió sufrir las presiones de los medios de comunicación adversos, que lo atacaron todos los días de manera implacable.  No obstante, el Presidente de la Guardia fue un hombre respetuoso de la libre expresión.  Por su parte, la Asamblea Nacional de Diputados quedó controlada por el oficialismo, con un total de 42 diputados aliados y 10 en oposición. 

Los próximos comicios electorales se realizaron el 10 de mayo de 1960, a los que concurrieron por la Unión Nacional de Oposición (UNO) Roberto Francisco Chiari Remón, por el gobierno y la Coalición Patriótica Nacional Ricardo Arias Espinoza y por la Alianza Popular Víctor Florencio Goytía en una tercera fuerza que no tenía la menor opción de triunfo.  Dicho torneo electoral se desarrolló en forma pacífica y logró la victoria electoral el opositor Roberto Francisco Chiari.  El oficialismo representado por la Coalición Patriótica Nacional se había desgastado con los años y acusaciones en su contra, entre ellas la injerencia creciente de la Guardia Nacional sobre la autoridad civil, COMENTARIAN sobre el magnicidio del Presidente Remón.  También tuvo mucha importancia la promesa que los liberales hicieron a los panameñistas, en el sentido de que, al alcanzar la victoria los liberales, se le devolverían los derechos políticos al Dr. Arnulfo Arias Madrid.  Al finalizar las elecciones, el candidato oficialista, Ricardo Manuel Arias Espinoza presentó una denuncia pública al Tribunal Electoral señalando diversas irregularidades en las mesas de votación de San Blas y en la Provincia de Veraguas.  Posteriormente el Tribunal Electoral declaró improcedente dicha denuncia.  Según lo acordado, durante la primera legislatura de la Asamblea Nacional de Diputados de la Administración Chiari, se rehabilitaron los derechos políticos al Dr. Arnulfo Arias Madrid.

Las siguientes elecciones generales se realizaron el 10 de mayo de 1964.  Los candidatos presidenciales con mayor opción de triunfo eran Marco Aurelio Robles, apoyado por ocho partidos políticos; el Dr. Arnulfo Arias Madrid, apoyado por su Partido Panameñista, individualmente el más grande del país; Juan de Arco Galindo, respaldado por seis partidos políticos; y otros cuarto candidatos, sin posibilidades de triunfo, José Antonio Molino, Florencio Harris, Norberto Navarro y José de la Rosa Castillo.  En estas elecciones, desde el inicio mismo del conteo de los votos, el partido del Dr. Arnulfo Arias Madrid empieza a hacer acusaciones de fraude, sin cambiar de accionar hasta el final del conteo.  No obstante, se favoreció a Marcos Aurelio Robles con el triunfo electoral, convirtiéndose así en el 34avo Presidente de la República de Panamá, asumiendo el cargo el 1 de octubre de 1964.  Robles obtuvo 134,627 votos, frente a 123,186 sufragios para el Arnulfo Arias, es decir hubo una diferencia de 10,953 votos a favor de Robles.  Durante su mandato, el Presidente Robles fue juzgado por la Asamblea Nacional de Diputados, declarándolo culpable y fue destituido el 24 de marzo de 1968.  Posteriormente, el 5 de abril de 1968, la Corte Suprema de Justicia invalidó el juicio contra el Presidente Robles.  Así, el Presidente Robles terminó su período presidencial el 1 de octubre de 1968.

Las siguientes elecciones se celebraron el 5 de mayo de 1968.  Los candidatos presidenciales fueron el Ing. David Samudio Avila, por el gobierno, y el Dr. Arnulfo Arias Madrid por la oposición.  Hubo una tercera candidatura sin ninguna posibilidad de triunfo del Dr. González Revilla de la Democracia Cristiana.  En estos comicios hubo acusaciones de fraude, riñas callejeras, conspiraciones de cuartel por algunos oficiales jóvenes para indirectamente participar en actividades electorales.  Participaron grupos de choque, los llamados “Pie de Guerra” liberales y por los panameñistas los denominados “Boinas Negras”.  Antes y después de la elecciones, estas dos agrupaciones escenificaron agresivos enfrentamientos con saldo de muertos y heridos.  Incidentes violentos ocurrieron en el café Boulevard Balboa, en el Parque Porras, con asesinatos y disparos en el periódico oficialista El Mundo, donde asesinaron a un chofer de un ministro de estado y hubo asesinatos de algunos agentes de la Policía Nacional.  Hubo renuncias de miembros de la Junta Nacional de Escrutinios como consecuencia de amenazas contras sus familias e igualmente hubo amenazas a los miembros del Tribunal Electoral debido a las pugnas de los partidos políticos, a fin de poner a sus allegados en esos puestos claves o importantes.  Finalmente, después de un recuento que demoró en terminar, el Dr. Arnulfo Arias Madrid fue declarado vencedor el 30 de mayo de 1968 por un margen de 41,545 votos sobre el Ing. David Samudio Avila.  Al tomar posesión como Presidente de la República, el Dr. Arnulfo Arias realizó una reunión con la Guardia Nacional en que pactaron que el Jefe de la Guardia Nacional se jubilaría y se respetaría el escalafón militar de la entidad.  El nuevo gobierno de Arias trató de falsear el resultado de varias diputaciones contrarias; la poca reacción de la población a estas acciones demostró la decadencia moral, cívica y política a que había llegado la sociedad panameña a fines de la década de los Años 1960.  El día 11 de octubre de 1968 la Guardia Nacional derrocó por tercera vez al Presidente Arnulfo Arias Madrid y Panamá tuvo una dictadura militar por 21 años, ejerciendo directa e indirectamente el control político, económico y social del país. 

Poco menos de 21 años más tarde, el 20 de diciembre de 1989, el ejército estadounidense invadió a Panamá y Guillermo Endara tomó posesión como Presidente de la República, como consecuencia de haber sido el verdadero triunfador de las elecciones que se celebraron el 7 de mayo de 1989, contra el candidato respaldado por los militares y el gobierno de turno, Carlos Duque Jaén.  Frente al triunfo arrasador de la oposición abanderada por Endara, el régimen anuló las elecciones. 

Al hacer esta recapitulación de los procesos eleccionarios anteriores de la invasión norteamericana del 20 de diciembre de 1989, nos demuestra el deficiente sistema políticos en gran parte dirigido por personas inmorales, sin valores éticos, salvo pequeñas excepciones.  En todos esos procesos eleccionarios pudimos observar la incultura política del pueblo panameño.  Se dieron casos insólitos como aquellos cabecillas políticos que buscaban a sus futuros votantes recogiéndolos en los campos y luego trasladándolos del mismo modo en que se trasladan reses hacia el matadero, para después encerrarlos en lugares de los cuales no podían salir sino después de haber depositado su voto.  Al cumplirse la votación, trasladaban a los votantes de nuevo a su refugio original y después de varias horas los conducían a sus respectivos campos.  Ciertamente un espectáculo desmoralizador y vergonzoso.

Las disputas políticas causaban profundas divisiones entre familias enteras de un bando y del otro, al punto que por mucho tiempo no se dirigían la palabra, mucho menos se saludaban.  Era muy frecuente la compra de votos; ron y seco con la entrega de la cédula de identidad personal.  No pocos periodistas fueron amenazados y fuertemente golpeados como consecuencia de las pasiones políticas.  Actos de vandalismo contra las sedes de los partidos políticos.  Los nefastos grupos de choque de grupos políticos que se disputaban el poder.  Los medios de comunicación, tanto televisión como periódicos y emisoras de radio con inclinación hacia uno de los lados, eran amenazados por el grupo contrario.  Los ataques contra la honra y reputación entre los candidatos de elección popular en pugna y adversarios políticos que llegó a situaciones alarmantes.  La inapropiada participación directa e indirecta de la Guardia Nacional favorecía al candidato oficialista en las elecciones.  Las numerosas veces que el escrutinio en ciertas mesas de votación fue interrumpido debido a disparos entre los grupos en pugna.  Muchas urnas de votos fueron robadas y posteriormente fueron devueltas pero alteradas.  Intimidación de alcaldes y gobernadoras de provincias hacia la población, para favorecer al candidato gubernamental.  Todos estos hechos nefastos y recordados y otros más de nuestra historia política, nos debe llevar a la reflexión como una época de antaño pasada que jamás debe pasar en el presente y futuro de nuestra nación. 

Nuestra democracia y el estado de derecho se fortalecerán en la misma medida en la que los ciudadanos anhelemos y decidamos defenderla como un legado para las futuras generaciones.  Si bien es cierto que después de la invasión estadounidense de 1989 nuestros procesos eleccionarios se han mejorado considerablemente con un renovado respeto a la voluntad mayoritaria de escoger al candidato verdaderamente triunfador.  No debemos claudicar en seguir mejorándola porque así como existimos los que defendemos la democracia e igual subsisten aquellos que desean destruirla.




Corte Suprema se pronuncia sobre “EQUILIBRIO CONTRACTUAL” y como se prueba

Corte Suprema

Mediante Resolución de 9 de octubre de 2024, la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral, conoce de la Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción a fin de que se declare que es nula, por ilegal, la Resolución N.º 011 de 29 de marzo de 2022, emitida por el Consejo Nacional para el Desarrollo Sostenible (CONADES) adscrito al Ministerio de Ambiente y su acto confirmatorio, que resolvió administrativamente el Contrato de Obra Civil No. COC-25-17 para la interconexión de comunidades aledañas a Boquerón y Alanje a la planta de Chorro Blanco, inhabilitando por tres años a una empresa contratista y notificando a NASE (empresa de seguros) para el ejercicio de la fianza.  Dicha fue confirmada por el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, mediante la Resolución No. 224-2022-Pleno/TACP, de 7 de noviembre de 2002, acto que ha sido impugnado por ilegalidad.

HECHOS DE LA DEMANDA Y LA PRETENSIÓN

La empresa contratista demanda la nulidad de dos resoluciones que anularon el contrato (COC-25-17) relacionadas a un proyecto de agua potable en la Provincia de Chiriquí, por un monto de diez millones de balboas.  El argumento se centra en el incumplimiento de la entidad demandada al no pagar una suma de dinero acordada en el contrato, lo que afectó la situación financiera de la demandante. Se cuestiona la resolución administrativa que canceló el contrato sin considerar pruebas presentadas y el fallo del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas basado en el Código Civil, ignorando la reciprocidad de las obligaciones contractuales.

DISPOSICIONES LEGALES INFRINGIDAS Y EL CONCEPTO DE LA VIOLACIÓN

La demandante alega el incumplimiento del contrato no le es imputable, sino que se le atribuye a la entidad contratante por falta de pago (, violando los artículos 21 y 22 de la Ley No. 22 de 2006 (reguladora de la contratación pública) y los artículos 976, 985 y 1107 del Código Civil.  Se recalca razones de fuerza mayor debido a la pandemia de COVID-19, y se cuestiona la sanción de inhabilitación y la resolución del contrato por incumplimiento no imputable a la empresa, el reclamo de intereses moratorios según el artículo 1072-A del Código Fiscal y la revocatoria de la resolución, al considerar que la entidad demandada está en mora y generó un desequilibrio contractual por incumplimiento de sus obligaciones de pago.

INFORME EXPLICATIVO DE CONDUCTA DE LA ENTIDAD DEMANDADA

El Informe de Conducta al CONADES (Oficio No. 1164, 22/05/2023) hace alusión a la Resolución administrativa que resuelve lo concerniente al Contrato COC-25-17-CONADES, con una empresa contratista por incumplimiento en el proyecto de interconexión de agua potable en Chiriquí (Licitación No. 2016-0-03-0-04-LV-023203) y que, a pesar de dos adendas, es extendido el plazo de 365 a 965 días, y este solo alcanzó un 67.19% de avance.  La empresa no pudo justificar el incumplimiento, infringiendo los artículos 15 y 115 de la Ley 22 de junio de 2006, a pesar de las facilidades otorgadas, incluso considerando la pandemia de COVID-19.  CONADES resolvió administrativamente el contrato por incumplimiento de las cláusulas trigésima y séptima, decisión confirmada por el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas. En este caso se culmina indicando que la situación de este proyecto ha afectado a la comunidad de los distritos de Boquerón y Alanje en la provincia de Chiriquí, ante la falta de un sistema eficaz para el suministro de agua potable.

INFORME DEL PROCURADOR DE LA ADMINISTRACIÓN

El Procurador de la Administración solicita desestimar la demanda presentada en contra una entidad pública debido al incumplimiento reiterado de la empresa contratista en un contrato de obra pública. Argumenta que la entidad actuó conforme a derecho, con evidencia de atrasos significativos, falta de informes actualizados, discrepancias en la ejecución de la obra y omisiones en subsanar observaciones de la Contraloría General. Concluye que la entidad no incurrió en ilegalidad al resolver el contrato, apoyándose en la Ley de Contrataciones Públicas y en el fallo previo del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas. Respecto al desequilibrio contractual, menciona el pliego de cargos, un anticipo y cuentas de avance de obra de la empresa contratista. Sostiene que la exigencia de pago de intereses por incumplimiento debía estar especificada en el contrato según la Ley de Contrataciones Públicas. Coincide con el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, afirmando que el pliego de cargos de la licitación ya establecía los requisitos técnicos y financieros para los proponentes, por lo que considera que la actuación impugnada no es ilegal.

FASE PROBATORIA Y ALEGATOS DE LOS INTERVINIENTES EN EL PROCESO.

En el Auto de Pruebas N° 526/2023, se admiten las pruebas documentales de la parte demandante y la Procuraduría, incluyendo el expediente de la Licitación Pública N° 2016-O-03-0-04-LV y el Contrato COC-25-17.  Tras la etapa probatoria y alegatos, la demandante reiteró su reclamo por 994,324.71 balboas más intereses, argumentando incumplimiento contractual por parte de CONADES.  La Procuraduría, en cambio, sostuvo que la demandante no cumplió con la carga de la prueba (artículo 784 del Código Judicial) para sustentar su pretensión, refiriéndose a la falta de acreditación de los hechos que fundamentan su demanda.

DECISIÓN DE LA SALA

La Sala Tercera de la Corte Suprema evalúa la legalidad de Resolución No. 011 de 2022, que viola artículos de Ley No. 22 de 2006, el Código Fiscal y el Código Civil, en un contrato de obra civil (COC-25-17) para la interconexión de comunidades a través de una planta de tratamiento de agua potable. Se avala la rescisión del contrato COC-25-17, con la empresa contratista debido a incumplimientos según la cláusula trigésima. A pesar de la existencia de un informe de inspección que mostró cierto avance físico, este era mínimo desde enero de 2020, pese a dos adendas de tiempo. La contratista demostró falta de interés en el proyecto al no cumplir plazos ni presentar cronogramas actualizados ni ejecutar acciones para las comunidades. Posteriormente impugna la resolución antes señalada, alegando que el incumplimiento se debía a siete facturas por pagar por parte de CONADES, generando un desequilibrio contractual que les impidió completar la obra. Se señala que la responsabilidad del incumplimiento tiene que ver con retraso en compromiso financiero de la entidad contratante, ya que esta última habría incumplido su obligación de pago a la empresa contratista por el avance de obra, incluyendo intereses moratorios. Se señala que la entidad resolvió el contrato de manera injustificada, ignorando la ejecución dentro de los plazos acordados y situaciones de fuerza mayor. Indica que la demanda carece de bases fácticas y legales que respalden la decisión de resolver el contrato.  El Contrato de Obra Civil No. COC25-17, se rige por la Ley 22 de 2006, establece la jerarquía de los documentos contractuales en caso de conflicto y define la resolución de discrepancias entre los documentos. Se sustenta en documentos legales aplicables para determinar si la resolución del contrato fue correcta. El proyecto se divide en fases de construcción y mantenimiento, con plazos reactivados en abril de 2021. El mismo pese a las extensiones otorgadas da pie a que la entidad contratante emitiera llamados de atención a la contratista por retrasos en la obra, exigiendo un nuevo cronograma viable.

El proyecto en Boquerón, con fecha de finalización en diciembre de 2021, mantenía muy poco avance tras reactivarse en abril. La alcaldesa expresó preocupación en una nota oficial por el retraso y pidió a las autoridades evaluar la capacidad técnica y financiera de la contratista, ello, producto de las declaraciones del gerente de proyectos que mencionó que los pagos atrasados causaban demoras, proponiendo la restricción de los pagos hasta justificar los trabajos, esta situación, reflejada en la nota de la alcaldesa evidenció la existencia de serias irregularidades y poniendo en peligro la finalización del proyecto a tiempo.

El conflicto legal involucra a una entidad contratante y una empresa contratista por deudas pendientes. La empresa condicionó el progreso de la obra al pago de estas deudas, mientras la entidad demandó la ejecución del contrato acordado. A pesar de comunicaciones en el 2021, el proyecto no avanzó, resultando en acciones legales por incumplimiento contractual mutuo. La empresa contratista solicitó una tercera prórroga hasta junio de 2022, debido a falta de pago de $1.195.820,46, afectando su capacidad financiera. La entidad demandada busca pagar las deudas, pero acusa a la empresa de incumplir al no presentar un cronograma actualizado. Se discute un cronograma condicionado a reducir el equilibrio contractual y pagar las cuentas pendientes. Irregularidades en la ejecución del proyecto también se mencionan, como trabajo insuficiente y un cronograma poco realista. El conflicto contractual surge entre la entidad contratante y la contratista debido a que esta última no ejecutó la obra según lo establecido en el pliego de cargos y cronograma. A pesar de recibir pagos parciales mensuales por avance de obra con retención del 10%, el avance no fue significativo a pesar de haber cancelado 22 cuentas. La empresa contratista alegó un desequilibrio contractual justificado en el incumplimiento, lo cual llevó al rechazo del cronograma presentado. El informe del Estado de Contrato COC-25-17 reveló pocos avances físicos entre enero de 2020 y noviembre de 2021, con irregularidades detectadas que requerían una solución administrativa para evitar afectar a las comunidades. CONADES rechazó una extensión adicional debido a la falta de justificación técnica del retraso por parte de la contratista. Los tribunales confirmaron esta decisión al considerar que la contratista debía haber previsto los recursos necesarios para el proyecto; lo que viola varias cláusulas del contrato y las obligaciones del contratista establecidas en la ley. La resolución se basó en el Principio de Responsabilidad y la falta de compromiso de la empresa contratista. La Nota CONADES-UCEP-SE-016-2022 explica que el proyecto no necesitaba más fondos estatales porque la empresa tenía su propio financiamiento. Aunque recibió un anticipo del 10%, la empresa dice que hay un desequilibrio económico en el contrato, pero la responsabilidad de terminar el proyecto no es del Estado. La entidad contratante rechaza las acusaciones de ilegalidad y argumenta que la empresa incumplió el contrato con retrasos e irregularidades respaldados por un informe técnico. Se niegan los intereses moratorios solicitados por la empresa y la resolución judicial apoya la posición de la entidad contratante, basándose en leyes y contratos existentes. El equilibrio económico contractual requiere pruebas de su ruptura y un acuerdo para restablecerlo, que no se cumplen en este caso. El principio de equilibrio económico en los contratos garantiza la igualdad entre derechos y obligaciones, permitiendo restablecerlo por causas justificadas, pero sin modificar cláusulas con el Estado para igualar condiciones. La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia de Panamá declaró legal la Resolución N°011 emitida por CONADES el 29 de marzo de 2022, desestimando una demanda de ilegalidad en su emisión. Se determinó que la actuación de CONADES cumplió con los principios legales y procesales en la contratación pública, por lo que se confirmó la legalidad de la resolución. El equilibrio contractual solo se debe aplicar en casos excepcionales e imprevisibles, previo análisis técnico, jurídico y financiero. Según el portal de Panamá Compra, unas 229 empresas están excluidas de contratar con el Estado por razones como insolvencia o incapacidad para cumplir contratos, lo que afecta a entidades como CONADES y Ministerios, obstaculizando el avance de proyectos importantes en educación, salud y otras áreas.




Encuesta del Mercado Laboral 2024 – INEC: crece el desempleo y aumenta la informalidad

Mercado Laboral

La encuesta se realizó en agosto de 2024. La muestra y las estimaciones de población se basaron en los Censos de Población y Vivienda de 2010.

El universo de esta encuesta es la población de 15 años en adelante, la cual fue entrevistada mediante la visita a 16,323 viviendas de las cuales 991 estaban ubicadas en comarcas indígenas.

1. El desempleo abierto se incrementó notablemente entre 2023 y 2024, pasando de 121,658 personas en octubre de 2023 a 166,818 personas en octubre de 2024. Este cambio representa un aumento absoluto de 45,160 individuos, reflejando un crecimiento del 37.1% en este indicador.

La tasa de desempleo abierto como proporción de la población económicamente activa subió del 5.8% en 2023 al 7.8% en 2024, afectando principalmente a las mujeres, cuya tasa pasó del 7.7% al 10.5%, mientras que la de los hombres creció del 4.4% al 7.4%.

2. El desempleo oculto, que refleja a aquellos disponibles para trabajar pero que no buscan empleo activamente, también mostró un incremento entre 2023 y 2024. Este pasó de 33,967 personas en 2023 a 35,791 en 2024, un aumento del 5.4%.

  • Diferencias de género: Las mujeres representan la mayor proporción de este segmento, pasando de 14,707 personas en 2023 a 16,131 en 2024 (9.7% más), mientras que los hombres aumentaron de 19,260 a 19,660 (2.1%).
  • Por áreas: En las zonas rurales, el desempleo oculto creció un 72.8%, pasando de 4,731 personas en 2023 a 8,171 en 2024, mientras que en las zonas urbanas hubo una leve disminución, de 28,292 a 26,769 personas.

3. Las mujeres enfrentan mayores barreras de acceso al mercado laboral. Aunque representan el 42.9% de la población ocupada en 2024, su tasa de desempleo total es significativamente mayor al promedio nacional (12.3% frente al 9.5%).

  • Mujeres desocupadas: Pasaron de 83,315 en 2023 a 112,246 en 2024, un incremento del 34.7%.
  • Hombres desocupados: Pasaron de 72,310 en 2023 a 90,363 en 2024, equivalente a un aumento del 25%.

3. El desempeño laboral varía significativamente entre regiones urbanas y rurales:

  • En las zonas urbanas, la población económicamente activa (PEA) disminuyó de 1,530,550 en 2023 a 1,431,880 en 2024, mientras que la desocupación creció del 8.5% al 11.3%. Este incremento se traduce en 30,507 personas más desocupadas en áreas urbanas.
  • En las zonas rurales, aunque la PEA creció levemente del 63.2% al 63.6%, la desocupación aumentó del 5.0% al 6.7%, con 15,538 personas más desocupadas.

4. El empleo informal continúa siendo una característica estructural del mercado laboral panameño. En octubre de 2024, 49.3% de los trabajadores estaban en condiciones de informalidad, una leve subida respecto al 47.4% de 2023.

  • En las áreas rurales, la informalidad afecta a más del 70% de los trabajadores, destacando provincias como Darién (69.8%) y la Comarca Ngäbe Buglé (69.6%).
  • En términos absolutos, los ocupados informales aumentaron de 1,613,670 en 2023 a 1,566,014 en 2024, es decir, 47,656 personas más en este sector.

5. El desempleo total (abierto y oculto) muestra variaciones significativas por región:

  1. Colón es la provincia más afectada, con una tasa de desocupación total del 10.3%, en comparación con el promedio nacional del 9.5%.
  2. Chiriquí presenta un fuerte deterioro, con un desempleo total que aumentó del 6.3% en 2023 al 9.0% en 2024, sumando 10,320 desocupados más.
  3. Las comarcas indígenas, como Ngäbe Buglé, mantienen niveles elevados de informalidad (69.6%) y baja generación de empleo formal.

6. El análisis histórico evidencia cambios sustanciales en la estructura del mercado laboral:

  • Población económicamente activa (PEA): En la última década, la PEA pasó del 64.1% en 2014 al 63.3% en 2024, una leve disminución atribuida al envejecimiento de la población y la migración hacia la informalidad.
  • Tasa de desempleo:

    • En 2014, la tasa de desempleo era del 4.8%, marcando uno de los niveles más bajos en décadas.
    • A partir de 2021, con la pandemia, el desempleo aumentó drásticamente al 11.3%, reduciéndose en 2023 al 7.4%, pero con un nuevo repunte al 9.5% en 2024.

Informalidad: Aunque la tasa de informalidad se ha mantenido históricamente alta, los niveles actuales del 49.3% en 2024 representan un retroceso frente al 47.0% registrado en 2014, cuando la economía mostraba mayores avances en la formalización.