Hacia dónde va el país

Panamá

Como es conocido, la opinión pública viene manifestándose sobre la conveniencia o no de aprobar la Ley que contiene el contrato entre Minera Panamá y el Estado para continuar la explotación minera, extracción de cobre y otros metales, tales como oro y molibdeno, en un yacimiento ubicado en las provincias de Panamá y Colón.

Una vez que el documento llegó a la Asamblea de Diputados para su análisis y posterior aceptación o rechazo, específicamente en el primer debate, un universo de ciudadanos, gremios, expertos, defensores y detractores de ese contrato acudieron masivamente para fijar su posición sobre este proyecto de Ley. Así mismo, se hicieron visitas a las comunidades circundantes con la mina y al final de esa primera etapa la Comisión de Comercio de la Asamblea recomendó al Ejecutivo que se devolviera el contrato para introducirle una serie de cambios con el objeto de acoger las recomendaciones que se habían discutido ampliamente.

Lejos de lo que era apenas aconsejable, el Ejecutivo si bien acordó estas modificaciones, no las divulgó, sino que envió un documento a la Asamblea y esta, dándole la espalda al sentido común, lo llevó a segundo y tercer debate sin que se percibiera un interés de revisar el alcance de los cambios y mucho menos orientar a la opinión publica sobre las conveniencias de este contrato.

Algo peor ocurrió cuando el contrato se aprobó en tercer debate y se envió al Órgano Ejecutivo para su sanción y promulgación que no tomó 24 horas.

Aún con las evidentes realidades del contrato ya que se trata de un hecho cumplido, pues la mina tiene más de 10 años de existencia, emplea a un número importante de trabajadores y permite al país exportar minerales; la actuación de estos órganos del Estado Legislativo y Ejecutivo, no ha hecho más que incrementar la desconfianza ciudadana y ha coincidido con unas nefastas modificaciones a la legislación electoral que propician un acomodo del partido PRD y sus aliados para asegurarse unas curules de Diputados. Si se hubiesen tomado el tiempo de explicar las modificaciones introducidas en el contrato que resultan materiales y también para crear la Autoridad de Recursos Minerales y actualizar el Código de Recursos Minerales, se hubiese logrado un equilibrio contractual y un reforzamiento de la institucionalidad para garantizar la aplicación de las mejores prácticas en la actividad extractiva.

Tanto en países similares como en países llamados “desarrollados”, la actividad minera existe y desde hace mucho tiempo se han establecido normas de cumplimento obligatorio para esta misma actividad y esas mejores prácticas son las que deben aplicarse para que el desarrollo de este contrato sea sostenible en el tiempo y provea nuevos recursos a las finanzas del Estado. Incluso agregando valor a la actividad minera en nuestro país.

Como esto no ocurrió, esta prevaleciendo un vacío en el país que esta siendo aprovechado por las facciones extremistas que en julio del año pasado se tomaron las vías nacionales, concentrándose en el interior y paralizaron el país.

Hay otro segmento de personas que tienen intereses políticos propios del torneo electoral y también, por primera vez en muchos años un sector de la juventud del país está presente en manifestaciones donde se reclama no sólo la cancelación del contrato sino una especie de prohibición de la actividad minera en Panamá.

También, hay un grupo de delincuentes que están asaltando a los pequeños, medianos y grandes comerciantes mediante el uso de la violencia y la destrucción de la propiedad privada.

Otros miembros del SUNTRACS, están cerrando vías publicas y amenazando a los propietarios de vehículos, a los trabajadores y hasta los servicios de ambulancia. Hay personas que no han podido cruzar hacía Panamá Oeste y continúan sin poder ver a sus familiares por más de cuatro días; niños sin saber porque no pueden ir a las escuelas y estos sin entender que esta sucediendo y porque sus padres están ausentes en casa.

De manera insólita, los médicos de los establecimientos de salud pública han decretado un paro de labores, como si los pacientes tuvieran alguna responsabilidad en este estado de cosas.

Los maestros y profesores de los colegios públicos han prorrogado su situación de paro y el país hoy exhibe su peor imagen nacional e internacional.

Es necesario que el Órgano Ejecutivo tome medidas que conduzcan a un diálogo nacional y al mismo tiempo que la policía nacional impida esta paralización en el país que está produciendo un caos y un deterioro importante en la calidad de vida de los panameños, especialmente los más necesitados.

Este sistema presidencialista requiere una presencia permanente de las autoridades. Hay que actuar con firmeza; respetando el Estado de Derecho, el libre tránsito y el desarrollo de las actividades productivas en general.

Esperamos un cambio en la dirección correcta para devolver la confianza en el sistema democrático que hoy ya está en su peor momento.

Amanecerá y veremos…




Adolescente vandaliza y tala el árbol de Robin Hood

Arbol de Robin Hood

Angustia, conmoción, tristeza y enojo, son los sentimientos que tienen los ingleses tras presenciar talado el famoso Árbol de Robin Hood, o también llamado Sycamore Gap Tree. Estas reacciones se dieron por lo icónico y simbólico que era por su aparición en la película Robin Hood: Príncipe de los ladrones en aquel 1991.

Se cree que este reconocido árbol permaneció por alrededor de 300 años, junto al Muro de Adriano al norte de Inglaterra, sobreviviendo todo tipo de afectaciones, pero en la mañana del 28 de septiembre amaneció cortado y en la tarde del mismo día se arrestó al que se presume cometió la fechoría, según funcionarios del Parque Nacional de Northumberland, un menor de 16 años el cual ha sido detenido con cargos por delito de vandalismo.

El famoso árbol de Sycamore Gap en el muro de Adriano fue talado. Crédito: Lee Smith/Reuters

Muchos lamentan esta pérdida con un significado cultural muy profundo. Este lugar solía ser uno de los más visitados: un destino de paseos, los primeros pasos de un niño, las primeras citas de una pareja futura, e incluso propuestas de matrimonio. Todos los habitantes locales experimentan sentimientos de angustia por su desaparición. Era considerado uno de los lugares más hermosos debido a su posición estratégica entre restos arqueológicos romanos, los cuales eran fotografiados muchas veces al año. Además, este sitio fue una fuente de inspiración para la autora inglesa LK Ross, como mencionó en sus redes sociales.

«Finalmente, solo quedan pensamientos recurrentes sobre la justificación de este vandalismo. ¿Querían llamar la atención? ¿Buscaban emociones intensas como el miedo o el control? No lo sabremos hasta que el adolescente declare, y el resto solo puede ser asumido. Podemos suponer que el Reino Unido, buscará examinar los reglamentos o resaltar la importancia de preservar el patrimonio cultural y natural. Más de las posibles pérdidas de ingresos por el turismo al perder tan valiosa localización, después de lo sucedido, la sociedad observará como estas acciones amenazan las conservaciones de los recursos y restos históricos. La dirección del Parque Nacional Northumberland ha solicitado al público que no visite el árbol caído.




Día Mundial del Corazón

Día del Corazón

Hoy es el día del corazón, un órgano asombroso y esencial, que se encuentra en el centro de nuestro ser, latiendo con fuerza y ​​constancia, compuesto principalmente de tejido muscular y el cual tiene una tarea crucial: bombear sangre a través de nuestro cuerpo. La sangre es transportada a través de los vasos sanguíneos, tubos llamados arterias y venas, dándose así, el proceso conocido como circulación. Todo lo antes mencionado, compone el aparato cardiovascular.

Sin embargo, hoy día, las enfermedades cardiovasculares son la principal causa de muerte alrededor del mundo, siendo los infartos de miocardio y los accidentes cerebrovasculares los que más vidas cobran al año.

Es por eso que, desde el año 2000, la Federación Mundial del Corazón, con el apoyo de la Organización Mundial de la Salud (OMS), designaron el 29 de septiembre, como el Día Mundial del Corazón, buscando crear conciencia en la población de los riesgos que supone el no tener una buena salud cardiovascular.

Antes, tendíamos a tener la creencia de que estas enfermedades solo se llegaban a padecer en edades avanzadas, o en personas mayores de 50 años, sin embargo, hoy día, con el estilo de vida que muchos llevan, es normal que estas enfermedades incluso aparezcan en personas jóvenes. La mala alimentación, el sedentarismo, la obesidad, entre otros factores, que se ven en las personas jóvenes, están desencadenando el padecimiento de estas enfermedades.

¿Cuáles son los factores de riesgo?

Cualquier persona puede correr el riesgo de padecer una enfermedad del corazón, sin embargo, existen diversos factores que pueden acelerar su desarrollo, entre estos, podemos mencionar:

  • Mala alimentación.
  • Tener el colesterol alto.
  • Tener presión alta.
  • Fumar.
  • Tener sobrepeso u obesidad.
  • No hacer actividad física o que esta sea insuficiente.
  • Padecer diabetes.

¿Qué puedo hacer para reducir el riesgo?

Actualmente, nuestro ritmo de vida es bastante acelerado, es común comer mal, no descansar bien y permitir que el estrés, tome control de nuestras vidas. Es necesario hacer una pausa, ajustar nuestros hábitos y realizar cambios, con el objetivo de mejorar la salud y proteger nuestro corazón.

Algunos consejos a tomar en cuenta: 

  • Tener una alimentación saludable y balanceada.
  • Tener una actividad física constante (caminar, trotar, correr, etc.).
  • No fumar.
  • Moderar el consumo de alcohol.
  • Mantener un peso saludable.
  • Controlar la presión arterial.
  • Controlar el estrés.

Tomemos este día para reflexionar sobre nuestros hábitos, para relajarnos un poco y disfrutar un poco más, siempre con moderación y cuidando de nuestra salud. Recordemos que el corazón es uno de nuestros órganos más importantes y si no funciona bien, nuestro cuerpo lo sentirá. Cuídate, tu corazón te lo agradecerá.




La eficacia del laudo con apego a la ley que regula el arbitraje comercial nacional e internacional en Panamá

Arbitraje comercial

Resumen: La institución arbitral como forma de resolver las controversias es reconocida a nivel mundial, con diferencias dependiendo del sistema legal que se aplique en cada país, sin embargo, todos coinciden en que las partes que someten su diferencia a un proceso arbitral, sin importar la naturaleza del conflicto, el país, la moneda, el idioma o la ley aplicable, buscan tener como resultado un laudo arbitral.  La eficacia del laudo es en esencia lo que buscan las partes, ya sea que el laudo se pretenda ejecutar en el país donde se emite o en el extranjero. Por su lado, las instituciones que administran arbitrajes deben velar por el buen desarrollo del proceso arbitral. Este estudio pretende destacar las disposiciones de la Ley Panameña de arbitraje, que hacen referencia a los elementos que debe tomar en consideración el árbitro al momento de dictar un laudo arbitral, para que sea eficaz.

I. CONSIDERACIONES GENERALES DEL PROCESO ARBITRAL HASTA EMITIRSE EL LAUDO.

Es interesante este análisis del proceso arbitral enfocados en la gestión que realiza el árbitro, por ser la persona comprometida en resolver la controversia que le ha sido encomendada, es quien debe velar por la evolución del proceso hasta emitir un laudo final, si fuere el caso, conforme a las reglas que convinieron las partes y aplicando las normas sustantivas que correspondan, ya sea que participa junto a otros árbitros, en un tribunal o como árbitro único.  Entendido que la responsabilidad final del árbitro es la de emitir un laudo conforme a derecho o en equidad (ex aequo et bono o amigable componedor), las partes y las instituciones arbitrales también asumen una responsabilidad y es deber de todos velar por la consecución del proceso con apego a la Ley.

Así las cosas, es un hecho indiscutible que el árbitro debe tomar el control del proceso desde su inicio hasta que concluya su gestión, al menos que requiera atender una solicitud de corrección o ampliación del laudo, siendo las únicas oportunidades en que puede actuar, después de dictado el laudo.  El árbitro debe tener presente que el laudo debe ser el reflejo de lo solicitado en la demanda y que su desvío u omisión puede causar que se profiera una decisión no cónsona con las pretensiones o incongruente, según se denomina en la doctrina o que emita una condena pecuniaria que se excede de lo pedido, quedando expuesto el laudo a su impugnación.  

El procedimiento arbitral inicia con la presentación de la demanda conforme lo dispuesto en la ley o en el reglamento aplicable.  Conforme el artículo 50 de la Ley de arbitraje, en la demanda se deben presentar los hechos, puntos controvertidos y el objeto de la demanda.  Es en ese documento donde ser plasman de forma clara los hechos en los que se funda la petición que se hace a tribunal arbitral, lo que conocemos como pretensión.  Es importante indicar, que en la ley no se impone una forma para la presentación de la demanda arbitral, por lo cual es redactada como tradicionalmente lo ha requerido el código de procedimiento.  En el libelo o memorial de demanda, se identifican las partes (demandante – demandado o tercero llamado al proceso), identificación clara de los apoderados, un listado claro las declaraciones o pretensiones que se demandan, los hechos que sirven de fundamento a las pretensiones (determinados y enumerados en cifras o por medio de adjetivos), la cuantía de la demanda, derecho invocado. Adicional a estos elementos las partes podrán presentar todos los documentos que consideren pertinentes o hacer referencia a los documentos u otras pruebas que vayan a presentar.

En la mayoría de los casos, los reglamentos de las instituciones que administran arbitrajes establecen los requisitos que debe reunir la demanda (Art. 23 de la Ley Modelo CNUDMI) y la contestación, sin incluir otras recomendaciones que al momento de resolver la controversia son de vital importancia, se presume tal vez que los abogados debe conocerlos.  Por su parte, el Reglamento de Arbitraje de la CCI, lista la información que debe contener la solicitud de arbitraje de una forma amplia y detallada. El Convenio sobre Arreglo de diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de otros Estados (“Convenio CIADI”), en su artículo 35, establece los puntos que debe contener la solicitud de arbitraje. El Reglamento CeCAP, establece en el artículo 7, que junto a la demanda se deben indicar cualesquiera medio de prueba de que intenten valerse para probar la pretensión.

Todas las legislaciones coinciden en solicitar el detalle de las pretensiones, hechos, la cuantía de la demanda y las pruebas.   En efecto, toda petición que se haga al tribunal debe ser clara, tomando en cuenta que el laudo deberá constar por escrito y estar motivado.  La determinación de la cuantía, para que el tribunal debe arribar a una condena, si lo pretendido fuera el pago de una suma de dinero, teniendo clara la suma que se reclama.  La Ley 131 dispone en su artículo 50 los elementos que debe contener la demanda, la contestación y la demanda de reconvención.

Cabe indicar el cuidado que debe tener la parte demandante al momento de la determinación de las pretensiones y la cuantía de la demanda, no es posible que el Tribunal reconozca pretensiones no solicitadas oportunamente o de oficio.   Si bien, el árbitro tiene la obligación de resolver de manera puntual cada una de las pretensiones, la falta de una demanda con pretensiones imprecisas, pueden confundir al árbitro al momento de laudar y provocar que su decisión sea objeto de impugnación por evidente incongruencia.

En este orden de ideas, es pertinente indicar también la importancia que adquiere el tema probatorio en el proceso arbitral aunado a lo antes indicado, ya que, en materia de pruebas, se otorga al tribunal la facultad de resolver de manera exclusiva sobre su admisión y pertinencia, lo que expertos en el tema, lo catalogan como un refuerzo a los poderes del tribunal arbitral, no obstante, queda en manos de las partes, utilizar todos los medios probatorios necesarios y permitidos por la ley para probar su caso, siendo claro que la carga de la prueba le corresponde en la mayoría de los casos al demandante.

Tomando en consideración lo que la doctrina establece en materia de prueba, como regla general,  son medios probatorios, los siguientes:   los documentos, la confesión, el juramento, la declaración de parte, la declaración de testigos, la inspección judicial, los dictámenes periciales, los informes, los indicios, los medios científicos y cualquier otro medio racional que no esté expresamente prohibido por la Ley, que no  violen derechos humanos, que  no sean contrarias a la moral o al orden público. El Código Civil en el artículo 1101, es una norma de carácter adjetivo, en la cual se regulan los aspectos probatorios y señala los medios de prueba que pueden utilizase en los procesos civiles.

Después de evacuadas las pruebas, y presentados los alegatos se declara la conclusión del proceso y se procede a emitir la decisión mediante un laudo.  

II. EL LAUDO ARBITRAL

El laudo puede ser comparado con la sentencia que emite un juez de la jurisdicción ordinaria y en efecto, es la resolución que pone fin al proceso arbitral.  El jurista Clare González – Revilla (2019), señala que el “laudo es sencillamente una decisión -final o parcial.”

Importantes compendios hacen referencia a la naturaleza jurídica del laudo arbitral, sus características, efectos, impugnación, reconocimiento y el mecanismo de ejecución, pero poco se dice de los elementos o temas que deben ser considerados al momento de emitir el laudo para que sea eficaz.  Tampoco existe en la legislación una norma que exija un forma o modelo para la elaboración o redacción del laudo y su fácil comprensión y ejecución.   Adicional a lo dispuesto en la ley respecto a los requisitos que debe cumplir el laudo, los reglamentos de los distintos centros de arbitraje, han procurado reglamentar sus leyes, listando una serie de puntos que deben contener el laudo. 

A. Forma y Contenido Conforme a la Ley de Arbitraje

En el artículo 60 de la Ley 131 establece los requisitos de forma y fondo que debe cumplir el laudo, de lo que destacamos lo siguiente:

  1. Se dictará por escrito y firmado por el árbitro o los árbitros.
  2. Deberá ser motivado a menos que las partes hayan convenido otra cosa o se refiera a una transacción elevada a laudo, caso en que no se requiere la motivación.
  3. Constará la fecha en que ha sido dictado el laudo y la sede del arbitraje.
  4. Será notificado a las partes mediante la entrega de una copia firmada por los árbitros.

El requerimiento de emitir un documento escrito donde queda plasmada la decisión a la que arribó el tribunal arbitral, es común en todos los procesos.  El laudo debe estar firmado por el árbitro o los árbitros que conforman el tribunal o por la mayoría de ellos, con excepción en los casos en que uno de los árbitros no quiere firmar o emite su decisión discrepante.  Usualmente los reglamentos establecen los remedios en caso de que un árbitro no pueda firmar, facultando al árbitro presidente para que firme el laudo, teniendo el mismo valor que si hubiese sido firmado por todos los miembros del tribunal. Esta situación, debe ser justificada y quedar como constancia en el expediente.

Cuando se hace referencia a la motivación, se entiende que el árbitro plantea todos los elementos que consideró importantes durante el desarrollo del proceso, para confrontar los hechos narrados con la realidad y determinar si las pruebas aportadas, lo llevan a un convencimiento que le permitan finalmente tomar una decisión. 

Algunos expertos en arbitraje consideran que la obligación de motivar los laudos, más que un derecho es un deber, pues si bien las partes requieren conocer el fundamento de la decisión, los árbitros tienen el deber de cumplir con esta exigencia. El laudo que se emita sin contar con ese requisito, puede ser motivo de impugnación, argumentándose la violación de la ley aplicable.

B. Plazo para Dictar el Laudo

La presentación de los alegatos, sean orales o escritos, vienen a ser un momento de una importancia transcendental, en el proceso arbitral, pues de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Panameña de Arbitraje, dicha presentación sirve para precisar el plazo con que cuenta el tribunal arbitral para dictar el laudo y la justificación de una prórroga, tomando en cuenta la complejidad del caso.

En este tema, la Ley panameña se dispone que, en los arbitrajes internacionales, la controversia sometida por las partes al tribunal se debe resolver dentro del plazo que han acordado las partes, por el reglamento arbitral que se aplica o, en su defecto, por el tribunal arbitral.   Usualmente los reglamentos vigentes en las instituciones de arbitraje contemplan lo relativo al plazo para laudar y quienes administran los centros, exigen se cumpla con dichos términos.

El dictar el laudo fuera del plazo, es conocido en la doctrina como el no laudo o laudo extemporáneo, situación que tiene un efecto negativo, ya que la parte que se considere afectada con el laudo extemporáneo podría ensayar la impugnación, sustentando el recurso de anulación en la violación de lo pactado por las partes, o por incumplimiento en lo dispuesto en el reglamento aplicable.   

En la legislación arbitral de España de 23 de diciembre de  2003, identificada como la Ley 60/2003, se establecía como causal de nulidad, el hecho de dictar el laudo fuera del plazo de seis meses, la ley posteriormente fue reformada por la  Ley 11/2011, de 20 de mayo, se eliminó como causal de anulación del Laudo, que el laudo arbitral fuera emitido después  del plazo convenido por las partes o del subsidiario de seis meses (Art. 37.2), pero la norma dispone que la parte afectada, puede interponer acciones en contra del laudo por los daños y perjuicios que cause, por el laudo extemporáneo. Importante comentario hace el árbitro español Alcántara, al referirse sobre el tema y los efectos del laudo extemporáneo cuando la ley, establece el tiempo en que se debe dictar.

La Ley panameña de arbitraje, al igual que los Reglamentos de arbitraje del Centro de Conciliación y Arbitraje de Panamá (CeCAP) y el Centro de Solución de Conflictos (CESCON), fijan plazos para dictar el laudo, por lo que se considera que la inobservancia de dicho requerimiento puede ser invocado como causal para lograr la impugnación del laudo, por quien se considere afectado con el pronunciamiento tardío del laudo, por quien se considere afectado por la demora.  Esto visto a la luz del artículo 67 de la Ley 131 de 2013, según el cual un laudo puede ser anulado si el procedimiento arbitral no se ha ajustado a la Ley. Por consiguiente, los árbitros podrían ser responsables por los daños y perjuicios causados a las partes por un laudo extemporáneo. La Sala Cuarta de Negocios Generales, en fallo de 17 de octubre de 2008, se pronunció sobre el tema.

La Ley Modelo UNCITRAL, no establece un plazo para dictar el laudo, dejándose en manos del tribunal arbitral, la libertad de fijar el plazo para el pronunciamiento del laudo, mientras que otros reglamentos como el Reglamento de arbitraje del CeCAP, el de CESCON y el de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) de París, contienen disposiciones en la que se fijan plazos para dictar el laudo arbitral. La Ley panameña, también establece lo relativo a los plazos para dictar laudo, en su artículo 56.

En consecuencia, es importante que el laudo se emita dentro del plazo acordado por las partes, establecido por ley o por el reglamento aplicable, para evitar su anulación.

III. EL LAUDO QUE SE EMITE PUDE SER EN DERECHO O EQUIDAD

Las partes al suscribir la cláusula arbitral puede acordar la forma en que desean el tribunal emita la decisión. Así las cosas, la norma aplicable dispone que el laudo que se dicte sea en derecho o en equidad y que en los casos que no se haya pactado la forma, el laudo que se dicte será en derecho.

Cuando se ha determinado que el laudo será en derecho, el árbitro se obliga a fundamentarlo tomando en cuenta normas que rigen el contrato o el tema controvertido, la omisión de esta obligación puede dar motivo a la impugnación del laudo.  Parece irrelevante esta aclaración, pero se han dado casos en los que el árbitro omite motivar o fundamentar la decisión, dando por sentado que la norma es conocida o peor aún, pretendiendo justificar su decisión en la justicia, contradiciendo lo requerido por las partes en el convenio arbitral o lo dispuesto en la ley. 

Por su lado, el fallo en equidad es aquella facultad que se otorga a los árbitros para emitir un fallo conforme a su leal saber y entender, sin estar sujetos a normas de derecho para fundamentar la decisión.  En el fallo en equidad, el árbitro emite la decisión tomando en cuenta aquellos elementos, que a su manera de ver garantizan la justicia y como su palabra lo indica, lo equitativo sin observar el derecho.

Anteriormente se indicaba que el árbitro era el autorizado para fallar en derecho y los arbitradores o amigables componedores para fallar en equidad, siendo estos últimos expertos en determinado tema, pero esta distinción ha quedado en desuso, tomando que consideración que la Ley Modelo CNUDMI lo establece de forma amplia, tal como está dispuesto en el artículo de la Ley de Arbitraje, que el laudo emitido por un árbitro puede ser en derecho o ex aequo et bono, tema que desarrolla ampliamente Cárdenas Mejía, con una importante aclaración sobre el alcance que tiene el fallo en equidad con apego a la ley. 

IV. TIPOS DE LAUDOS: PARCIALES, FINALES y ADICIONALES

La doctrina hace referencia a las distintas clases de laudos, tomando en consideración el tema que se aborda en ellos, sin embargo, la legislación panameña clasifica los laudos en laudos parciales, finales y adicionales.

Los laudos parciales, son aquellos que se dictan durante el proceso, para resolver temas como lo es la competencia, las medidas cautelares.  Los laudos parciales también se emiten para resolver ciertos temas abordados en el proceso, que coadyuvan a determinar si el proceso debe o no continuar, en aquellos casos donde se decide bifurcar el proceso para determinar la responsabilidad de uno de los demandados, se emiten laudos parciales, para luego entrar a determinar los daños y el monto reclamado y emitir el laudo final. Todos estos laudos, ya sea que niegan la petición o la admiten, pueden ser motivo de impugnación, independiente del proceso que se decida continuar.  

En los casos que se interpone excepción sobre la competencia del tribunal, la decisión que se emite para declarar o no la competencia debe reunir las características de un laudo, el cual podrá ser objeto de impugnación, el cual podría ser parcial o final, dependiendo de lo decido.

El laudo será final cuando se resuelven todas las peticiones de la demanda, tiene el efecto de cosa juzgada y vinculante para las partes.

Respecto al laudo adicional, tiene una connotación diferente, pues se refiere a la opción que tienen las partes de solicitar que se resuelvan puntos que fueron pedidos y no atendidos en laudo arbitral, lo que viene a ser de mucha ayuda para garantizar con la ampliación del laudo únicamente sobre las reclamaciones formuladas en las actuaciones arbitrales, pero omitidas en el laudo, evitar una impugnación por la falta de solución.  

El laudo puede ser corregido e interpretado, sin que dicha petición sea considerada como una oportunidad para lograr la revisión o modificación de la decisión del árbitro.

V. PRINCIPIOS QUE RIGEN EL LAUDO

En este apartado analizaremos los principios que se deben garantizar al dictar el laudo.

A. Exhaustividad o Solución de las Pretensiones

En el laudo se deben resolver todas las pretensiones planteadas en la demanda o en la reconvención, en los reglamentos de arbitraje, se dispone que en el Acta de Fijación de la Causa o Acta de Misión, se deben listar las pretensión, los que podrían variar, solamente en el caso que se solicite una corrección de la demanda y en ella se introduzcan otras pretensiones, siempre garantizando a la contraparte la oportunidad de manifestarse sobre las nuevas pretensiones, basado en el principio de igualdad.

Esta obligación de realizar un trabajo exhaustivo sobre la decisión que se emita, tomando especial atención a la controversia planteada y los hechos probados, con una relación clara de los elementos tomados en cuenta para emitir una decisión. 

B. La Congruencia del Laudo

Este requerimiento se encamina a garantizar que el laudo sea proporcionado con lo pedido, constituyéndose en una de las garantías con las que cuentan las partes, para evitar un laudo incongruente o calificado de ultra, extra o minas petita.

a. Ultra petita:  Es la expresión latina utilizada para referirse a los casos en que el juzgador ha concedido más de lo pedido por la parte en su demanda.

b. Extra petita: Esta expresión se refiere al caso en que se concede a las partes, algo que no fue pedido con la demanda.

c. Infra petita o citra petita: Contrario a los casos anteriores, la expresión se aplica a los casos en que se omite pronunciar sobre alguna de las pretensiones.

La congruencia guarda relación con la obligación de probar lo pretendido, por lo que la condena debe tener una clara y amplia justificación en el laudo, principalmente en aquellos casos que la cuantificación del reclamo dependerá de la prueba pericial contable que presenten las partes, los que con frecuencia se contraponen en la opinión emitida, perdiendo la objetividad que debe tener el informe.    

La responsabilidad del árbitro está en precisar esos elementos probatorios al ser confrontados con las pretensiones, con el principal objetivo de garantizar la congruencia de su decisión y evitar la nulidad del laudo, al exceder los límites establecidos en el acuerdo.

La Sala Cuarta de Negocios General, el fallo de 15 de agosto de 2015 declaró nulo un laudo arbitral, por existir exceso por parte del Tribunal, al momento resolver las pretensiones de la demanda, lo que configura la incongruencia del laudo por extra petita.

C. Motivación o Fundamentación del Laudo

En el proceso arbitral lo mismo que en la jurisdicción ordinaria, las partes pretenden que la decisión que tome el árbitro esté debidamente motivada, lo que viene a garantizarle la tutela judicial efectiva que debe prevalecer en todo proceso. En muchas legislaciones como en la panameña, se requiere la motivación del laudo, pero la norma contempla como excepción la posibilidad de no motivar el laudo cuando las partes así lo hayan convenido, lo cual motiva una serie de análisis y consideraciones. Entre las causales de anulación  del laudo que establece  la  Ley de arbitraje panameña no se menciona taxativamente la falta de motivación; sin embargo, reconocidos juristas al referirse al tema, son del criterio que la omisión de la motivación es una violación del orden público.  En este sentido el jurista peruano GUZMAN GALINDO considera que estamos ante una norma imperfecta, pues no señala las consecuencias de la omitir la motivación en laudo, visto que la Ley peruana es muy similar a la panameña.

Por consiguiente, la omisión de la motivación en el laudo, lo mismo que el incumplimiento en el plazo y otros requerimientos del laudo, se enmarcan en las causales de anulación de los laudos contenidas en los numerales 4 y 6 del artículo 67 de la Ley de arbitraje panameña. En dicho supuesto, se tendrá que probar que las actuaciones del tribunal o el procedimiento aplicado no se ajustó al acuerdo celebrado entre las partes o a la Ley, o por la violación del orden público, tomando en cuenta para esta valoración si el arbitraje es nacional o internacional, conforme a los artículos 2 y 3 de la Ley de arbitraje.

En este sentido, la Sala Cuarta de Negocios Generales declaró la nulidad del laudo por la violación del Orden Público, al considerar que en el laudo se condenó directamente a la parte demandada sin haber sustentado la condena y por la imposición de una condena monetaria si una sustentación.

VI. RECOMENDACIONES SOBRE LA REDACCION Y CONTENIDO DEL LAUDO Considerando que el laudo será final, obligatorio y vinculante para las partes, es importante que cumpla con los requisitos de forma y fondo que la Ley dispone, además de los requisitos que establece el reglamento de la institución que administra el proceso arbitral.  En este orden de ideas, podemos mencionar que los Reglamentos de arbitraje del CeCAP y del CESCON señalan taxativamente lo pertinente al contenido del laudo. Las instituciones que administran proceso de arbitraje tienen la responsabilidad de examinar el proyecto de laudo, antes de la firma por el árbitro, con el fin de sugerir modificaciones únicamente en lo referente a tema de forma y encaminadas a conseguir la ejecución y el reconocimiento del laudo.

Previamente se indicó que no existe una norma que indique la forma en que se debe   redactar el laudo, ni se establecen reglas en cuanto a forma, escritura, extensión o presentación, quedando a criterio del árbitro la redacción del laudo arbitral. Al respecto existe un interesante documento titulado sobre la “Redacción de laudos en el marco de arbitrajes conforme al Reglamento de la CCI”, elaborado por Marco Darmon, Humphrey Lloyd, Jean-Pierre Ancel, Lord Dervaird, Christoph Liebscher y Herman Verbist, quienes indican que el  objetivo de su estudio  es el de presentar algunas recomendaciones en relación con la redacción de un laudo dictado en el marco del Reglamento de Arbitraje de la CCI, con la clara advertencia de que no es un documento oficial de la Comisión de Arbitraje de la CCI.

Dicho documento ha sido catalogado como un excelente aporte y puede ser aprovechado por los practicantes del arbitraje con independencia del país donde se desarrolle el proceso o las reglas que se apliquen, principalmente en lo que respecta a la motivación del laudo, forma de arribar a los montos de la condena, determinación de intereses, las costas y gastos del proceso, en general cada uno de elementos que se deben considerar para que el laudo sea eficaz.

En términos generales y con apego a los reglamentos, todo laudo debe contener la identificación de las partes y sus generales, la identificación del o los árbitros, la sede del arbitraje, fecha en que se dicta, el lenguajes utilizado, lo decidido en cuanto a la competencia, las pretensiones, todo lo relativo a las pruebas, los fundamentos jurídicos o de equidad utilizados para la decisión emitida, la decisión a la que se arriba, las costas y en caso de existir una medida cautelar, se deberá pronunciar sobre la decisión tomada respecto a la medida elementos y cuáles surgen de la mejor apreciación del tribunal.

CONCLUSIÓN

La Ley 131 de 2013, establece los requisitos que forma y fondo que debe cumplir un laudo arbitral nacional o internacional.

Los árbitros, las instituciones arbitrales y las partes en el proceso arbitral, debe velar que no se incurra en alguna de las causales de anulación del Laudo. Art. 66 y 67 de la Ley 131 de 2013, para evitar que prosperen las impugnaciones al laudo.

El laudo se debe emitir con apego a lo pactado por las partes y conforme al reglamento que rige el proceso y la Ley de arbitraje. Asimismo, el laudo debe estar motivado y la decisión redactada de forma tal que permita su ejecución en la sede o en un país extranjero.

Los argumentos que se presenten para la denegación del reconocimiento y ejecución un laudo internacional se deben enmarcan en las causales que se señalan en la ley, siendo una de ellas la violación del orden público internacional de Panamá.




Liderazgo, mi opinión

Liderazgo

Hace unos días tres amigos coincidimos como expositores en un foro para presentar nuestro punto de vista acerca del liderazgo, actividad esta que resultó de lo más interesante, por esto decidí compartir en este artículo lo que expresé sobre el tema.

Cuando escucho la palabra LIDERAZGO lo primero que se me viene a la mente es preguntarme ¿Qué entendemos por esta palabra que es tan utilizada?  Creo que es muy importante que lo tengamos claro.  

Con el concepto de Liderazgo seguramente pasa lo mismo que cuando hablamos de Democracia, cada persona puede tener una definición propia.

Mi definición sobre lo que es el LIDERAZGO es muy sencilla; éste consiste en “hacer que las cosas pasen”.  La persona que realiza esta acción podría ser un líder.  Digo podría ser, porque si yo soy el jefe o el gerente, en una empresa, puedo hacer que la gente se mueva (por temor a perder su trabajo o perder algo) y esto no me convierte en un Líder. Si soy el dueño del negocio porque lo soñé y lo puse en marcha; sin duda en ese momento de crearlo y echarlo adelante fui un líder, lo que no significa que lo siga siendo cuando el negocio esté en operación, porque puedo cambiar de rol, de ser un líder a ser un jefe autocrático. 

Lo interesante del LIDERAZGO ES HACER que las personas se MUEVAN con motor propio, no empujadas, que lo hagan por estar motivadas. Esta persona que logra que lo sigan para lograr metas en conjunto, ese si es un LIDER.  Entonces un LÍDER es esta persona que te entusiasma para lograr objetivos. Es alguien que te hace mover sin empujarte.

RESALTO, EL LIDERAZGO NO ES EMPUJAR, NO ES MANIPULAR O MOVER LA GENTE POR MIEDO.

Entonces nos toca ahora a cada uno preguntarnos si creemos que somos capaces de lograr que la gente se mueva porque me siento capaz de entusiasmarlas.

¿Como se toca esto, cómo lo aterrizo?

 Algunos pueden pensar que se nace líder y otros podrán decir que el líder se puede hacer.  Yo me inclino en pensar que el líder se hace; sin embargo, no hay dudas de que existen personas que nacen con un carisma especial para entusiasmar, pero estas son muy pocas.  También es muy importante que el líder logre que el entusiasmo logrado en la gente se mantenga, porque de lo contrario sería solo como una llamarada de capullo, se enciende y se apaga de inmediato y no se alcanza a lograr las metas trazadas.

No es posible liderar a otros sino nos conocemos a nosotros mismos, no puedo dirigir a otros si no soy capaz de dirigirme a mí mismo.  El primer paso para iniciar nuestro camino hacia el liderazgo es conociéndonos a nosotros mismos, (Autoconocimiento). En nuestro Yo interior tenemos un juez, la conciencia, que nos cuestionas constantemente sobre nuestros actos; ¿recuerdan a Pepe Grillo en el cuento de Pinocho? sino no lo recuerdan, les recomiendo leerlo nuevamente. Digo nuevamente porque es muy posible que de niño ya lo leyeron.

Es importante tener presente que se fomenta el liderazgo con la acción.  Nuestras tradiciones y valores tenemos que ponerlas en acción para que sean ejemplo en nuestra casa, el trabajo y la comunidad. 

En nuestros pueblos y ciudades tenemos estatuas, escuelas y edificios públicos que llevan el nombre de personas destacadas de nuestra historia patria, una tarea que recomiendo hacer es investigar ¿quiénes fueron estas personas?, ¿qué hicieron para habérseles concedido este honor?  Les recomiendo iniciar esta tarea con personajes que hicieron patria a partir de los años 1800 hasta finales de 1950 y después pueden continuar como segunda etapa a partir de los años 60 hasta el día de hoy, esto le permitirá hacer un trabajo completo.

Debemos pasar de la mención de estas personas que forjaron la patria a estudiar lo que ellos hicieron y aprender de sus acciones, no solo conocer sus nombres, así nos asegurarnos de que hoy nosotros haremos nuestra parte inspirándonos en su valentía y en su amor a nuestro país.




Los Efectos de la Falta de Sueño en el Cerebro: Una Perspectiva Científica

Falta de sueño

La importancia del sueño en nuestra vida cotidiana es innegable. Sin embargo, a menudo subestimamos los efectos de la falta de sueño en nuestro bienestar general y, en particular, en la salud de nuestro cerebro. Investigaciones recientes han arrojado luz sobre las conexiones cruciales entre el sueño y la salud cerebral. Este artículo explora los puntos clave de esta investigación y cómo la falta de sueño puede dañar el cerebro y la salud en general.

¿Por qué es importante dormir?

Para comprender la relevancia de la investigación sobre la falta de sueño, primero debemos reconocer la importancia del sueño en nuestras vidas. El sueño es un proceso esencial para el cuerpo y la mente. Durante el sueño, nuestro cuerpo se recupera y repara, y nuestro cerebro procesa información, consolida la memoria y regula las funciones cognitivas. Se recomienda que los adultos duerman de 7 a 9 horas por noche para mantener un óptimo funcionamiento.

Los Puntos Clave de la Investigación

1. Nuestros cerebros pueden envejecer más rápido durante la pérdida de sueño.

Un estudio reciente utilizó escáneres de resonancia magnética para examinar los efectos de la privación del sueño en los marcadores de envejecimiento cerebral. Los resultados revelaron que la falta de sueño de al menos 24 horas llevaba a cambios equivalentes a 1-2 años de envejecimiento cerebral en adultos jóvenes. Sin embargo, la buena noticia es que estos efectos pueden revertirse con una noche de sueño adecuado.

2. Nuestro sistema de limpieza cerebral puede verse ralentizado por la falta de sueño.

La investigación ha descubierto un sistema cerebral de eliminación de desechos llamado sistema glifático. Este sistema es más activo durante el sueño, especialmente durante el sueño profundo. La eliminación de desechos cerebrales se sincroniza con la actividad neuronal y el flujo sanguíneo. La falta de sueño puede ralentizar este proceso crucial de limpieza, lo que podría tener implicaciones en la salud cerebral a largo plazo.

3. La falta de un buen sueño puede afectar el azúcar en la sangre y la sensibilidad a la insulina.

Los problemas relacionados con el azúcar en la sangre, como la diabetes tipo 2 y la prediabetes, son cada vez más comunes y pueden tener efectos adversos en la salud general. Investigadores han demostrado que la falta de sueño puede dañar el control de azúcar en sangre y la función de la insulina, mientras que un sueño adecuado puede tener un efecto contrario.

Estudios recientes han revelado que ciertos patrones de actividad cerebral durante el sueño profundo pueden predecir los niveles de azúcar en sangre al día siguiente, lo que subraya la importancia de la calidad del sueño en el manejo de problemas de azúcar en sangre.

Cabe señalar que investigaciones científicas han demostrado de manera concluyente que la falta de sueño no solo nos hace sentir aturdidos y fatigados, sino que también tiene efectos perjudiciales en la salud cerebral y general. Además de los riesgos bien conocidos, como problemas de salud mental y deterioro cognitivo, estos nuevos hallazgos destacan la vital importancia de priorizar el sueño de calidad.

Afortunadamente, existen estrategias respaldadas por la ciencia que pueden mejorar la calidad del sueño y, en última instancia, nuestra salud y bienestar. Encontrar un terapeuta especializado en problemas de sueño e insomnio puede ser un paso valioso para abordar estos desafíos y mantener nuestro cerebro y cuerpo en óptimas condiciones.

En resumen, el sueño es una inversión esencial en nuestra salud cerebral y en nuestra vida en general.




Índice de Precios al Consumidor (IPC) presenta leve disminución

Índice de Precios al Consumidor

El Índice de Precios al Consumidor (IPC) Nacional Urbano julio/junio experimentó una leve disminución, conforme información suministrada por el Instituto Nacional de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República, de la siguiente manera:  

Grupos que presentaron disminuciones

Prendas de vestir y calzado; Muebles, artículos para el hogar y para la conservación ordinaria del hogar; y Recreación y cultura, todos en 0.2%; Alimentos y bebidas no alcohólicas; Comunicaciones y Bienes y servicios diversos, todos 0.1%.

Prendas de vestir y calzado

La baja fue en dos de sus cuatro clases, observándose la mayor variación en “Zapatos y otros calzados” en 0.3%, por el decrecimiento en el precio de zapatos escolares y zapatillas de niño, y zapatillas y sandalias de niña; y “Prendas de vestir” 0.1%, por la reducción en el precio de ropa para bebé, ropa interior de mujer, suéter y pantalón para niño, y ropa para mujer.

Muebles

Los artículos para el hogar y para la conservación ordinaria del hogar reflejó disminución en seis de sus once clases. Las mayores variaciones se presentaron en las clases: “Artefactos eléctricos para el hogar pequeños”, “Herramientas y equipos grandes”, ambos en 0.9%. La baja en “Artefactos eléctricos para el hogar pequeños” fue por el decrecimiento en el precio de equipos para el hogar pequeños; “Herramientas y equipos grandes” por la reducción en el precio de herramientas para el hogar; y “Artefactos para el hogar, grandes, eléctricos o no” 0.8%, por la disminución en el precio de equipos electrodomésticos para el hogar.

Recreación y Cultura

Se observó en cinco de sus dieciséis clases, mostrándose la mayor variación en “Equipo para la recepción, grabación y reproducción de sonidos e imágenes” en 2.7%, debido al descenso en el precio de televisor y reproductor de DVD. E

Alimentos y bebidas no alcohólicas

Mostró disminución en cinco de sus once clases, presentándose la mayor variación en “Pescado” en 3.1%, por la baja en el precio del camarón y pescado, “Frutas” 1.0% y “Pan y Cereales” 0.7%, por la reducción en el precio de cereales.

Comunicaciones

La disminución fue en una de sus dos clases, “Equipo telefónico” en 0.7%.

Bienes y servicios diversos

Fue por la baja en cuatro de sus diez clases. Mostrándose la mayor variación en “Otros efectos personales” en 0.3%, por la disminución en el precio de otros artículos personales. “Salones de peluquería y establecimientos de cuidados personales”; y “Otros aparatos, artículos y productos para la atención personal”, ambos 0.2%. El descenso en “Salones de peluquería y establecimientos de cuidados personales” por la baja en el precio de servicios para el cuidado personal; y “Otros aparatos, artículos y productos para la atención personal” por la disminución en el precio de otros productos para el cuidado personal.

Restaurante y hoteles

Mostró una leve disminución.

Educación

Se mantuvo sin variación.

Aumentos

Bebidas alcohólicas y tabaco en 0.3%; Transporte 0.2%; Vivienda, agua, electricidad y gas; y Salud, ambos 0.1%.

Bebidas alcohólicas y tabaco

Fue por el ascenso en tres de sus cuatro clases, observándose la mayor variación en “Vino” 2.4%.

Transporte

Reflejó aumento en cuatro de sus siete clases. Las mayores variaciones se resaltaron en las clases: “Combustible y lubricante para equipo de transporte personal” en 0.8%, debido al alza en el precio de combustible para automóvil, “Otros servicios relativos al equipo de transporte” 0.6%, por el incremento en el precio de servicios relacionados con la circulación del vehículo.

 Vivienda, agua, electricidad y gas

Se debió al ascenso en una de sus ocho clases, “Alquileres efectivos pagados por los inquilinos” en 0.5%, por el incremento en el precio de vivienda.

Salud

Fue por el aumento en dos de sus siete clases, “Artefactos y equipos terapéuticos” en 0.8%, por el incremento en el precio de lentes, y “Otros productos médicos” 0.4%.




Maestra Vida y Balboa: dos musicales de talla mundial, ¿Cuándo los verá el pueblo?

Balboa y Maestra Vida

Nuestro Teatro Nacional se ha vestido de gala en los meses de marzo y agosto del año en curso por obra y gracia de directores, libretistas, actores, coreógrafos, músicos y productores nacionales de gran talento como Edwin Cedeño, Augusto Pozzo, Renan Fernandez, Yilca Arosemana, Dino Nugent, Jaime Ávila Castillo, Marlane Salazar, Roberto Delgado, Dayra Torres y un elenco integrado por Leo Almengor, Carlos De Sedas, Andrés Morales, Marcos Reyna, Marie Claire Marine, Liza Camargo, Angel Credidio, Anna Gabriela Villarreal, Alex Augusto, Mateo Garrido, Susi Wittgreen, Victor Jaramillo, Michelle Alpizar, Karol Wilson, Edu Simmons, Omar Alexis Stevens, Athos Ruiz, Eric Eduardo Navarro Aguilar, Luis Arteaga, Norberto Castillo Edie, Luis Roman, Jessyka Moreno, Val Monique, Gladie Stacy, Paola Vergara, Diego Medina, Angelo A. Flores A., Eric Ernesto de León, Julio C. Riquelme, Luz Powell, Ann Marie Cano, Raisa De Alba, Ferdinand Suarez, Miguel Cigarruista, Miguel A. Cuadra, Manny Jesus Sanchez Mujica, Edixo Jimenez, Joel Góndola, Abdel Sugasti, Diana de Díaz, Ileana Marshall, Mara Bethancourt, Sara Ines Miranda, Neysa Ferguson, entre otros.

En el caso de Maestra Vida, hay una selección de las canciones de Rubén Blades, con una secuencia lógica, que nos lleva de la mano por los avatares de nuestros barrios y personajes que nos recuerdan nuestra propia vida, como lo son: Sin Tu Cariño, Como Tú, Dime, Manuela, Carmelo, Yo Soy Una Mujer, La Fiesta, El Nacimiento de Ramiro, Déjenme Reír (Para No Llorar), El Velorio, El Entierro, Hay Que Vivir, Maestra Vida.

En ese entrelazamiento, la mirada se vuelve precisamente sobre los barrios de El Chorrillo, Santa Ana, el Casco Antiguo y hasta Calidonia, pasando por la Plaza 5 de mayo y el Instituto Nacional.

Las vicisitudes de los personajes se combinan con hechos históricos que van marcando la senda del país y de las familias que evocan la poesía de Demetrio Korsi “Cuartos… en verdad cuartos de la gente pobre con sus chiquillos descalzos”.

El público nuevamente ha respondido para premiar el trabajo de este enjambre de talentos, los que con gran sacrificio recrean las historias y le dan sentido a la lucha por crecer y tener una vida digna.

Balboa, la leyenda de Vasco Núñez y Anayansi, también es una obra de gran calado como el Canal de Panamá, en la que destacan: Diego de Obaldía, David Benaim, David Candanedo, Aaron Zebede, Eduardo Charry, José “Pepe” Casis, Marelyn Barahona y un elenco extraordinario integrado por Génesis Padilla, Elmis Castillo, Yanelle Davidson, Jordi Alvarado, Lucho Goti, Hugo Victor Rodríguez, Orlando Barroso, Alejandro Lagrota, Patricia Vlieg, Ludwik Tapia, Eusebio Pedrosa Jr., Marcell “Arvejita” Chávez, Hermes Mendoza, Mariano González, entre otros. Es destacable la labor de Diego de Obaldía como escritor, compositor, autor y productor audiovisual.

La historia de Vasco Núñez de Balboa, al igual que la de Philippe Bunau-Varilla, tiene en este musical una reivindicación del respectivo personaje y nos devuelve a la importancia del descubrimiento del Mar del Sur en Panamá y su impacto en la conquista de otros territorios como México y Perú, y la importancia de la vocación de Panamá como un territorio para conectar ciertas regiones, razas, creencias, sueños, triunfos y derrotas.

Juiciosamente, esta obra también visibiliza la participación de los primeros pobladores originarios en Panamá “Los Cuevas”, tal como lo estudió el Dr. Richard Cooke en su obra “Los pueblos originarios de Panamá y su relación con el ambiente natural: 50 años de estudios”.

Nuevamente el Teatro Nacional ha acogido esta obra y el público ha premiado con su aplauso de pie el esfuerzo colectivo de estos actores, directores, músicos, coreógrafos, guionistas y, por lo tanto, debemos estar complacidos por este resultado.

No obstante lo anterior, a manera de una simple sugerencia, creo que en estos momentos de mucha reflexión sobre el pasado, el presente y el futuro del país, sería loable que el Patronato del Teatro Nacional arbitrara una fórmula que permitiera que cuando se hicieran presentaciones en el Teatro Nacional que tengan una cierta extensión, se pudiera incluir la entrada gratuita de estudiantes de las escuelas que están ubicadas en los barrios aledaños al Teatro Nacional y que se pudiera acordar un Convenio entre el Ministerio de Cultura y el Sistema Estatal de Radio y Televisión (Sertv) para que la ciudadanía pueda apreciar la evolución que está experimentando el teatro en nuestro país y otras obras relacionadas con la danza y la música en sus distintas expresiones.

Ello constituiría un incentivo para el fortalecimiento de la economía naranja y también le permitiría a la juventud conocer la importancia que para el país tiene la actividad artística en su conjunto.

Un esfuerzo de esta envergadura también debería incorporar a la Universidad de Panamá, al Ministerio de Educación, las universidades privadas e incluso los colegios públicos y privados para que se fermente el desarrollo de estas habilidades blandas en nuestra sociedad.

Por último, creo que, así como hay empresas que se convierten en benefactoras para apoyar financieramente estas presentaciones de obras musicales que resultan costosas, este mismo modelo podría utilizarse para lograr presentaciones gratuitas que beneficien a las grandes mayorías nacionales que necesitan mudarse del sopor de la propuesta actual en los medios de comunicación tradicionales.

Sertv, el Ministerio de Cultura y el Patronato del Teatro Nacional tienen un gran reto, tomados de la mano de los actores, directores, músicos, coreógrafos, guionistas, escenógrafos y escritores.

Amanecerá y veremos…




El Canal de Panamá y el Fenómeno del Niño (Cronología de una muerte anunciada)

Trafico en el Canal

En julio de 2015, el Instituto de Estudios Latinoamericanos Avanzados (ILDEA) organizó cuatro foros en nuestro país bajo el título: “Se nos acaba el agua”. La razón fundamental de semejante título se debía a que al igual que hoy, estábamos en medio de una terrible sequía que había afectado tanto las operaciones del Canal de Panamá como a las actividades económicas agroindustriales e incluso la dotación de agua para el consumo humano.

Estas conferencias se llevaron a cabo los días 21 de julio, 25 de agosto, 21 de septiembre y 26 de octubre; y participaron la Ingeniera Julia Guardia, Directora del IDAAN, el Ingeniero Jorge Luis Quijano, en representación de la ACP, el Doctor Stanley Heckadon, en representación de Smithsonian, la Ministra de Ambiente Mirei Endara, el Doctor Jorge Arango Ministro del MIDA, el Doctor José Francisco Gaitán de la Comisión Nacional de Agua de México, el Ingeniero Carlos Vargas de la ACP, entre otros.

Como parte de este esfuerzo, el entonces presidente de la República, Juan Carlos Varela presentó al país el documento denominado “Plan Nacional de Seguridad Hídrica, Agua para todos 2015 – 2050”. Este plan tenia los siguientes componentes:

  1. Promedio de lluvias estimadas por cada uno de los distritos.
  2. Disponibilidad y uso proyectado de agua cruda 2015-2050.
  3. Inversión en infraestructura de agua y saneamiento 2015-2019.
  4. Retos a la seguridad hídrica en Panamá.
  5. Como restaurar y mantener las 52 cuencas hidrográficas del país.
  6. Como lograr una cultura de uso responsable y compartido del agua.
  7. Próximos pasos del plan de agua para todos.

Según esta propuesta este plan de agua para todos debía someterse al Consejo de Gabinete para su adopción.

Resulta que a los pocos días de haber concluido este ciclo de presentaciones cayeron varios aguaceros y este ejercicio del Órgano Ejecutivo fue engavetado y la propuesta poco a poco fue perdiendo importancia.

Este año 2023 nuestro país se ha visto afectado por fenómeno del Niño, él cual es un patrón climático que se caracteriza por el calentamiento anómalo de las aguas del Océano Pacífico y ha causado afectación en los patrones climáticos de la siguiente manera:

1. Disminución significativa de las precipitaciones.

2. Cambio en los patrones de lluvia.

3. Incendios forestales.

4. Impacto en la agricultura.

5. Escasez de agua potable.

6. Disminución en los niveles de agua de los lagos y ríos.

La sequía ha producido miles de dólares en pérdidas agrícolas y ganaderas, además de que el bajo nivel de los lagos que alimentan al Canal ha afectado la operación del mismo, por lo que se han tenido que establecer medidas regulatorias para que los servicios del Canal no se detengan. Entre las medidas se pueden mencionar restricción en el calado de barcos, limitar a 32 tránsitos al día y por lo tanto se ha creado una cola de espera de aproximadamente 100 buques esperando su turno a cada lado del Canal.

A diferencia del año 2015, la situación actual que se presenta en el país ha tenido repercusiones internacionales, pues a partir del año 2016, el Canal de Panamá culmino el proyecto de ampliación y por ende, incrementó significativamente la posibilidad de permitir el tránsito de naves de mayor calado y por lo tanto su operación tiene impacto en el comercio marítimo mundial.

Prueba de ello es que en estos días la prensa internacional ha divulgado las dificultades que está confrontando el Canal de Panamá para atender la demanda de barcos, tanto en el Pacífico, como en el Atlántico. Incluso el presidente de Colombia, Gustavo Petro, ha insertado en su cuenta de comunicación electrónica que el Canal de Panamá está cerrado, como sí esto fuera cierto.

El presidente de México, también se ha referido al tema que su país está construyendo un Canal seco, para reemplazar nuestro Canal y el Gobierno de Arabia Saudita ha expresado interés en financiar otro Canal seco en la vecina Costa Rica.

El expresidente de Estados Unidos, Donald Trump, ha dicho que si llega al poder se asegurará que termine el control del Gobierno Chino en el Canal de Panamá, como si fuera cierta su disparatada afirmación.

En el plano local, el Ingeniero Jorge Luis Quijano, antiguo administrador de la ACP, ha reclamado una falta de acción en el Gobierno Nacional en su conjunto desde el año 2019 que ha afectado el programa de captación de nuevos reservorios y ampliación de los lagos que abastecen al Canal, lo cual significa una disminución de los tránsitos por el Canal y una reducción significativa de los ingresos que genera la vía interoceánica.

Este recuento demuestra sin mayor esfuerzo que hemos sido como país irresponsables en la planificación y ejecución de este plan hídrico que se presentó en el año 2015, no solo en lo que corresponde al Canal de Panamá sino también en lo que atañe al consumo de agua para uso de la población y estamos en una nueva crisis cuyo origen evidentemente es la ausencia de un proyecto de Nación.

No obstante lo anterior, el único paliativo que tiene el país es el llamado Canal seco que permite a las naves que puedan descargar parte de su carga en las áreas terminales de Panamá y Colón y luego transportarlas por ferrocarril o mediante camiones para volver a embarcarlas en otras naves; pero este es un proceso muy costoso y engorroso.

No he escuchado todavía alguna referencia al denominado “Plan de Agua 2015-2050” y ello me hace pensar que todavía esta durmiendo el sueño de los justos.

Es importante que los gobiernos establezcan continuidad en el plan de trabajo y que no se suspendan cada cinco años con el cambio de mandatario o del grupo gobernante.

Los gobiernos, comunidades y todas las partes afectadas deben trabajar juntos para implementar medidas reales y efectivas de la conservación del agua, mejorando la infraestructura de suministro de agua, creando conciencia en el público para el uso del agua y desarrollando planes y estrategias efectivas para adaptarnos al cambio climático.

Amanecerá y veremos…