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Modifican artículos de la Ley de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia

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Mediante la Ley 473 de 19 de junio de 2025 se modifica la Ley 45 de 2007 que dicta normas sobre protección al consumidor y defensa de la competencia, la cual entrará a regir el próximo 19 de junio de 2026, es decir, al año siguiente a su promulgación en la Gaceta Oficial 30,304-A.

La 473 modifica el artículo 56 que trata sobre Información de precios, la establecerse que en todo establecimiento o canal de venta de bienes y/o prestación de servicios deberá colocarse, en forma clara, precisa y en lugar visible al público, el precio total al contado de dichos bienes y/o servicios.

Añade que la información deberá incluir todos los cargos correspondientes a impuestos y/o las tasas nacionales legalmente establecidos.  

Significa que a partir del próximo año los agentes de comercios estarán obligados a exhibir el precio final de sus productos y servicios, es decir, el costo total que pagará el consumidor, incluyendo impuestos y tasas nacionales, en estanterías, etiquetas y menús.

Otra de los artículos modificados es el 64 Ventas especiales, en el sentido de establecer que se prohíbe el señalamiento de precios que adicionen al precio real de venta las cantidades de descuento que el proveedor dará u ofrece al consumidor, con el fin de inducirlo a adquirir el producto o servicio de que se trate. Antes de la reforma se hablaba de precio de venta.

A este respecto, es importante recordar que las sanciones por incumplimiento de la ley, van desde amonestaciones, hasta la suma de USD 25,000.00, dependiendo de la actividad comercial, el tamaño del negocio y la reincidencia. 

Las autoridades correspondientes, han sostenido que el objetivo principal de la Ley 473 de 2025 es fortalecer la transparencia en la información de precios, protegiendo así a los consumidores, al exigir que los comercios muestren claramente el precio final, incluyendo impuestos y otros cargos, para que puedan tomar decisiones informadas.

La Ley 473, ha introducido cambios trascendentales en la forma de operar de los agentes de comercio e incluso de los consumidores, que si bien entrar a regir dentro de un año, el agente de comercio deber ir preparándose para que en su local o negocio se le informe el precio final del bien o servicio de que se trate a los consumidores, medida que incluye a las tiendas, abarroterías, fondas así como cadenas de supermercado, restaurantes, almacenes entre otros.

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