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Cambian las reglas del juego: nuevas disposiciones sobre comisiones y recargos bancarios

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La Junta Directiva de la Superintendencia de Bancos emitió el Acuerdo 7-2026 por medio del cual se modifican los artículos 4 y 5 del Acuerdo No. 04-2011 que regula el cobro de ciertas comisiones y recargos por parte de las entidades bancarias; sin embargo, el Acuerdo No. 7 comenzarán a regir el 4 de enero de 2027.

Las modificaciones al artículo 4 que contempla las Reglas para el cobro de ciertas comisiones o recargos en operaciones pasivas, se centran en la introducción de los literales l, m, n y o, los cuales establecen que

  • No se cobrará cargos o comisiones por retiro de dinero en efectivo en cuenta de ahorros o corrientes cuando sean realizados personalmente.
  • Tampoco se podrá cobrar cargos o comisiones por depósitos en efectivo a cuentas corriente o de ahorro, cuando se hagan de manera presencial dentro del horario de atención.
  • Se excluyen los depósitos en efectivo que, individualmente o sumadas, superen los USD10,000.00 mensuales ni depósitos de monedas superiores a USD5,000.00 en un mes calendario.
  • La designación o cambios de beneficiarios en cuentas de ahorro, cuentas corrientes y depósitos a plazo fijo no generan el cobro de comisiones o cargos.
  • No se podrá cobrar por cargos o comisiones por emitir la confirmación de un mensaje SWIFT.

En lo que respecta al artículo 5 sobre las Reglas para el cobro de ciertas comisiones y recargos a las operaciones activas, observamos que se modifican y adicionan literales, los cuales abordan los siguientes temas:

  • La cancelación anticipada, pagos extraordinarios o por migración de un crédito a otro banco de créditos hipotecario para otro banco, no generará el cobro de comisiones o cargos, siempre que hayan transcurrido más de 5 años del plazo pactado.
  • De igual forma, los créditos de consumo, agropecuarios e hipotecarios para vivienda amparados por leyes especiales de interés preferencial, no se les cobrará comisiones o cargos por la cancelación anticipada, pagos extraordinarios o migración de créditos.
  • En los prestamos hipotecarios para la vivienda, cuando el banco modifique las cláusulas del contrato original, aumentando la tasa de interés nominal, durante los primeros 5 años del otorgamiento del crédito, tampoco se cobrará comisiones o cargos.
  • No se podrá cobrar por cartas de saldo, referencias bancarias ni por el historial de pagos solicitado una vez al año.
  • Los bancos no podrán cobrar una comisión porque el cliente no presente la renovación de una póliza de seguro.
  • Si el cliente demuestra que entregó la nueva póliza o que mantenía vigente un seguro individual previamente presentado, el banco deberá proceder a la reversión del cargo correspondiente.
  • Cuando el cliente se encuentre moroso, el banco no podrá restringir al cliente el acceso a la información del crédito moroso a través de la banca en línea.
  • En los préstamos pagados mediante cuotas periódicas, los abonos superiores a la cuota deberán aplicarse directamente al capital cuando el cliente esté al día, sin destinarlos a intereses ni a pagos futuros no vencidos.

Siete meses después de que el superintendente de Bancos, Milton Ayón, advirtiera que el regulador podría intervenir ante el aumento excesivo de las comisiones bancarias, la entidad ordenó eliminar una serie de cargos aplicados a los clientes.

En ese momento, el superintendente expresó especial preocupación por el cobro de comisiones sobre los depósitos en efectivo, al considerar que afectaba principalmente a personas que todavía dependían de este medio de pago.

“El que usa efectivo todavía es un segmento de la población que más necesita. Si está usando efectivo es por eso, no es porque no quiera estar usando la banca electrónica”, explicó.

Ayón confirmó posteriormente que la institución había detectado entidades que cobraban a sus clientes por depositar efectivo y que mantenía conversaciones con los bancos para eliminar esa práctica.

“Detectamos que había bancos que estaban cobrándoles a los clientes por depósitos de efectivo. Hemos conversado con los bancos y estamos buscando la forma de evitar eso, de que no se le cobre por depositar en efectivo a su cuenta o pagar la tarjeta de crédito”, afirmó el regulador a SNIP Noticias.

El acuerdo concreta esa intervención al prohibir los cargos por depósitos y retiros en efectivo realizados presencialmente, así como por los pagos efectuados directamente ante las entidades bancarias.

La prohibición no abarcará el manejo de altos volúmenes. El acuerdo incluye dentro de esta categoría los depósitos que, individualmente o sumados, superen los US$10,000 durante un mes, así como los depósitos de monedas superiores a US$5,000 mensuales.

Los bancos tampoco podrán cobrar por emitir cartas de saldo, referencias bancarias, la confirmación de mensajes SWIFT o el historial de pagos solicitado una vez al año. También se eliminan los cargos por designar o cambiar beneficiarios en cuentas de ahorro, corrientes o depósitos a plazo fijo.

En materia de préstamos, cuando un cliente esté al día y pague una cantidad superior a la cuota pactada, la entidad deberá aplicar el excedente directamente al capital pendiente, sin destinarlo a intereses ni a cuotas futuras todavía no vencidas.

La regulación elimina además determinados cargos por cancelación anticipada, pagos extraordinarios o traslado de préstamos a otra entidad bancaria e incorpora reglas para evitar cobros relacionados con la renovación de seguros asociados a créditos.

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