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ITBMS sobre Plataformas Digitales en Panamá

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Perspectivas desde las palabras del Director General de Ingresos

El Director General de Ingresos, Publio de Gracia, ha señalado a diversos medios de comunicación la necesidad de evaluar la posibilidad de cobrar el Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y Prestación Servicios (ITBMS) a plataformas digitales como Netflix, Instagram y otras.

La transformación digital ha dado lugar a la proliferación de plataformas digitales globales que brindan una amplia gama de servicios y contenidos en línea. Sin embargo, la forma en que estas plataformas son gravadas varía significativamente entre países. Mientras algunas naciones han implementado impuestos sobre servicios digitales, otras aún enfrentan desafíos para capturar ingresos de estas actividades en línea.

El Director General de Ingresos de Panamá, Publio de Gracia, plantea una cuestión crucial en este tema: ¿cómo se debería gravar a las plataformas digitales? En comparación con las señales por cable, que ya están sujetas a un impuesto del 7%, las plataformas como Netflix, Instagram, Facebook y Messenger no están actualmente sujetas a la misma imposición. Esta disparidad plantea la pregunta de si estas plataformas también deberían contribuir al recaudo fiscal considerando los servicios que brindan.

De Gracia mencionó que “la recaudación tributaria representa un 87% de las recaudaciones del Estado. Es por ello que vamos a tomar acciones para dinamizar las recaudaciones con medidas dirigidas a promover el pago de impuestos con incentivos tributarios y la posibilidad de que las plataformas digitales también paguen tributos al Estado”. Así que, si bien existe una intención en considerar la imposición de impuestos a las plataformas digitales, es importante reconocer que el camino para implementar estos gravámenes no es sencillo; ya que encontrar un método de recaudo que sea efectivo y justo presenta desafíos técnicos, legales y logísticos que se deben abordar a detalle antes de cualquier implementación.

Las declaraciones del Director General de Ingresos ponen de relieve la creciente discusión global sobre la tributación de las actividades y servicios digitales, razón por la cual incluso abordó el tema de los llamados influencers o creadores de contenido indicando que ellos “no están incluidos porque ya la ley los contempla, es decir, aquellas personas que tengan ingresos y no los declaren, evidentemente están en mora y podrían llegar incluso a defraudación fiscal”.

La evaluación cuidadosa de cómo adaptar el ITBMS a las plataformas digitales y la consideración de las lecciones aprendidas a nivel internacional son esenciales para encontrar un enfoque equitativo y efectivo. Por ejemplo, a nivel internacional los países signatarios del Marco Inclusivo de la OCDE para la implementación del Pilar 1 han acordado la eliminación de los impuestos a los servicios digitales, por lo menos hasta diciembre 2023, condicionado a la implementación definitiva del Pilar 1. Esta medida de eliminación beneficia incluso a las empresas que no entren dentro del umbral de implementación del Pilar 1.

Desde Rivera, Bolívar y Castañedas nos mantenemos pendientes sobre el desarrollo de este tema en Panamá para comunicarles de primera mano las novedades e implicaciones legales e impositivas que pueda conllevar la implementación de impuestos sobre servicios digitales. Sus comentarios, sugerencias y consultas son como siempre bienvenidas en este espacio.

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