Ley 500 de 2025 ¿Qué cambia en la regulación del ejercicio de la abogacía?

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El 24 de noviembre de 2025 se sancionó la Ley 500, que modifica artículos de la Ley 350 de 2022 sobre el acceso a la idoneidad profesional. La norma concreta lo aprobado por insistencia a través del Proyecto de Ley 168 y abre un nuevo esquema para certificar a los futuros abogados en Panamá.

A continuación, lo esencial explicado con claridad.

Principales cambios y novedades

  • El examen de barra deja de ser obligatorio.

Ahora el aspirante puede optar por una de tres vías para obtener la idoneidad:

  • aprobar el examen profesional,
  • publicar la tesis en una revista indexada o especializada, o
  • realizar servicio voluntario supervisado por tres meses en despachos/juzgados del Órgano Judicial, el Ministerio Público o instituciones públicas con asesoría legal.
  • La Universidad de Panamá aplicará el examen.

La Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Panamá será la entidad encargada de administrarlo. El temario deberá aprobarse en conjunto con las demás facultades de Derecho del país, la UP tendrá un mes para fijar la fecha una vez reciba la documentación del aspirante, y la prueba no tendrá costo.

  • Opciones concretas para acreditar idoneidad:
    1. Aprobar el examen profesional.
    2. Publicar la tesis en una revista indexada o especializada.
    3. Prestar servicio voluntario supervisado por tres meses en las entidades señaladas.
  • Sanciones a servidores públicos.

Quien permita el ejercicio ilegal de la abogacía o entorpezca la labor de un abogado idóneo enfrentará 30 días de suspensión en la primera falta y destitución en caso de reincidencia. Con esto se busca uniformar sanciones y reducir vacíos que antes quedaban al arbitrio de cada reglamento interno.

  • Derogación del artículo 5.

Se elimina la disposición sobre el asesoramiento de abogados extranjeros, lo cual implicará aclaraciones normativas posteriores para regular ese ámbito.

La ley define las vías, pero su impacto real dependerá de reglamentos operativos. En concreto hacen falta:

  • criterios claros para considerar una revista “indexada”
  • normas que regulen la supervisión y certificación del servicio voluntario
  • calendario y estructura del examen (programas, ponderaciones, puntaje mínimo)

Transferir la aplicación del examen a la Universidad de Panamá responde a una lógica académica: evaluar saberes profesionales es función de las universidades. Que el temario se elabore en conjunto con todas las facultades es un acierto que reduce riesgos de centralización.

Sin embargo, diversificar las vías solo será positivo si no implica una rebaja de estándares. El reto ahora es reglamentar con transparencia y rigurosidad para que el examen, la publicación de tesis y la práctica supervisada ofrezcan garantías equivalentes de preparación, ética y capacidad técnica. En otras palabras: no se trata de eliminar filtros, sino de hacerlos más justos, modernos y efectivos.

A la vez, aunque la Ley 500 está vigente tras su sanción, su futuro inmediato no está asegurado. La reciente demanda de inconstitucionalidad presentada ante la Corte Suprema recuerda que una norma puede ser retirada del ordenamiento incluso después de promulgada. Será ahora el Pleno quien determine si los cambios introducidos respetan el marco constitucional, por lo que conviene seguir de cerca el desarrollo de ese proceso.[1]


[1] La Prensa/TVN Noticias. (2025, 25 de noviembre). Presentan demanda de inconstitucionalidad contra Ley 500 que reforma la abogacía. TVN-2.com. https://www.tvn-2.com/nacionales/demanda-inconstitucionalidad-ley-500-abogacia-corte-suprema-de-justicia-jose-raul-mulino_1_2216314.html

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