El Honorable Diputado Melchor Herrera, miembro de la Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional, propuso el Anteproyecto de Ley No. 76 de 2023, por el cual se crean “medidas transitorias de recuperación tributaria y crea tratamiento especial transitorio de fiscalización, gestión y de deuda tributaria, y se dictan otras disposiciones”. Dicho anteproyecto de ley fue recientemente discutido el pasado 16 de agosto para procurar su prohijamiento.
El Anteproyecto de Ley trata diversos temas importantes en materia impositiva tales como prescripciones, descuentos, condonaciones, modificaciones al Código Fiscal y al Código de Procedimiento Tributario. Este Anteproyecto está pendiente de ser prohijado y discutido ante el pleno de la Asamblea Nacional como Proyecto de Ley, es decir, aún está sujeto a posibles cambios. Sin embargo, compartiremos con ustedes un breve resumen de algunos puntos que podrían ser de suma relevancia al ser promulgados.
El punto más llamativo es el relativo a la facultad que se le otorgaría a la Dirección General de Ingresos para declarar prescritas de oficio todas las deudas de ejercicios fiscales iguales o anteriores al año 2015, solamente con respecto al Impuesto sobre la Renta, Seguro Educativo, e Impuesto de Aviso de Operación. Para esta declaratoria de prescripción de oficio, los contribuyentes deberán cumplir con una serie de criterios de elegibilidad, entre las cuáles se mencionan: estar al día con sus obligaciones desde el 2016 hasta la fecha, no ser objeto de investigación o condena por evasión o defraudación fiscal, y no tener algún proceso de fiscalización en curso o recurrido en cualquier instancia.
Un aspecto interesante sobre la declaratoria automática de prescripción sobre los impuestos mencionados, es que no se tomaría en cuenta las causales habituales de interrupción o suspensión de los términos de prescripción. Ahora, para declarar prescritos los impuestos en las circunstancias mencionadas, la Dirección General de Ingresos deberá a fin de mes desde la promulgación de la ley, verificar en el sistema todas las deudas de los contribuyentes que son susceptibles para acogerse al proceso de la llamada “prescripción de oficio”. Es importante que los contribuyentes mantengan actualizada su información en el Registro Único de Contribuyente, ya que todas las comunicaciones se realizarán a través del Domicilio Tributario Electrónico (DTE).
Luego de revisar el Anteproyecto de Ley No. 76, no todo sería positivo para el contribuyente, ya que se facultaría a la Dirección General de Ingresos para prescribir de oficio los saldos declarados o por declarar a favor de los contribuyentes originados en ejercicios fiscales anteriores al 2015, inclusive si el contribuyente ya presentó solicitud para su reconocimiento y esta se encuentre en proceso de fiscalización a su favor. Es aquí el legislador debe considerar y revisar a profundidad los principios de buena fe tributaria, y otros, debido a que dicha atribución afectaría gravemente a las solicitudes de reconocimiento de créditos que puedan haber solicitado los contribuyentes y que no hayan sido resueltas por la Dirección General de Ingresos.
Por último y no menos importante, se crearía un Procedimiento Transitorio de Fiscalización Abreviada (PFA), que pretende resolver solicitudes de fiscalización con respecto a los impuestos mencionados previamente, e ITBMS en un término no mayor a 60 días calendarios. En otros puntos, se establecería un descuento del 25% a los contribuyentes que antes del 30 de noviembre abonen el 100% del Impuesto de Bien Inmueble del año 2024; lo mismo aplicaría para la Tasa Única de 2025. El por ahora Anteproyecto de Ley No. 76 también permitiría la condonación del 50% de las multas cargadas o no en el eTax2.0, siempre y cuando el contribuyente pague el 50% restante antes del 31 de noviembre de 2023; y permitiría la condonación de las multas por presentación tardía de la Planilla 03 y Formularios de Ventas del período fiscal 2022.
Desde Rivera, Bolívar y Castañedas nos mantendremos al tanto con respecto al camino que tome este Anteproyecto de Ley No. 76 y les mantendremos informados de primera mano con todas las novedades relevantes en materia tributaria. No dude en compartirnos todas sus consultas, comentarios y sugerencias con respecto a este y otros temas.