A través del Acuerdo No. 04 de 25 de mayo de 2023, publicado el 13 de junio en Gaceta Oficial, el Concejo Municipal de Chame estableció regulaciones que afectan el arrendamiento para fines habitacionales y comerciales en el distrito. Entre dichas regulaciones destaca la creación de un impuesto mensual que exige el 10% del monto de los cánones de arrendamiento y/o los beneficios que reciban las plazas comerciales o comercios en el distrito de Chame.
El Acuerdo No. 04 de 25 de mayo de 2023 también establece el listado de requisitos que deberán cumplir aquellas personas que deseen ejercer la actividad de arrendamiento o de alquiler temporal en el distrito de Chame. De esta manera, se crea un procedimiento para registrar el ejercicio de esta actividad dentro del distrito, sancionando a todo arrendamiento o alquiler que no esté registrado con multas que oscilan entre los B/.100.00 y B/.1,000.00.
Por otra parte, todo arrendatario que desee celebrar fiesta de cumpleaños, quince años o de cualquier estilo deberá pagar por obtener un permiso ante el Municipio de Chame. De no contar el permiso, estarán sujetos a una multa que oscila entre los B/.100.00 y B/.1,000.00.

Adicional al impuesto mensual de 10% sobre el canon de arrendamiento de las plazas comerciales o comercios; todas las casas para alquiler, hospedajes, pensiones, hoteles, moteles y casas de alojamiento ocasional seguirán sujetas a las tasas establecidas en el régimen tributario del municipio según establecen los tipos impositivos: 1.1.2.5.42, 1.1.2.5.43, y 1.1.2.5.44 respectivamente.
Es importante recordar que además de todos los impuestos que gravan a los inmuebles y las actividades dimanantes de su existencia, sus propietarios también deben pagar el impuesto de bien inmueble sobre el valor sus fincas ante la Dirección General de Ingresos. Según el artículo 39 de la ley de descentralización, la recaudación del impuesto de bien inmueble es transferida a los municipios de la República de Panamá, quienes no recibirán menos de B/.500,000.00 gracias a la fórmula de solidaridad intermunicipal.
Para el análisis del Acuerdo No. 04 de 2023, debemos tomar en cuenta algunos principios tributarios tales como la proporcionalidad y capacidad contributiva, a fin de asegurarse que estas nuevas regulaciones no impongan una carga excesiva a los arrendadores de los inmuebles. Por ejemplo, aquellos propietarios que realicen arrendamientos comerciales de sus inmuebles deben pagar el Impuesto sobre la Renta sobre la base imponible de la renta neta gravable; ahora, con el Acuerdo No. 04 de 25 de mayo de 2023, aquellos mismos arrendadores en Chame deberán pagar además un impuesto con base al mismo hecho generador sobre el ingreso bruto proveniente del canon de arrendamiento mensual. La situación mencionada nos deja bastante claro que estamos frente a un escenario de doble tributación sobre un mismo hecho generador: el canon de arrendamiento de inmueble.
Por todo lo anterior, es probable que el Acuerdo No. 04 de 25 de mayo de 2023 sea objeto de una acción de ilegalidad o de inconstitucionalidad según corresponda. Recordemos que es necesario encontrar un equilibrio entre una recaudación de impuestos debidamente justificada y el fomento de un entorno favorable para la inversión y el crecimiento económico en el distrito de Chame y cualquier otro.