El pasado 10 de octubre de 2024, entró a regir el Decreto 43 de 8 de octubre de 2024 que crea y regula de la cédula digital, así como del servicio de billetera digital, tanto para nacionales como extranjeros con carné de residente permanente.
Cédula digital
Dispone el Decreto que el Tribunal Electoral creará y emitirá la versión digital de los documentos de identidad personal, que denominará cédula digital, a fin de que los panameños y extranjeros con carné de residente permanente la utilicen como llave de acceso para su identificación segura a través de los servicios que presten las entidades gubernamentales y la empresa privada, por internet.
Billetera digital
De igual forma, se pondrá al servicio de los panameños y extranjeros con carné de residente permanente una billetera digital, a través de la cual podrán guardar de manera segura sus documentos personales, incluyendo la cédula digital, su historia clínica, su hoja de vida, entre otros; con el objeto de que puedan consultar y compartir su información personal en línea, para los propósitos que requieran.
La billetera digital del Tribunal Electoral operará desde una aplicación móvil, y para su acceso se requerirá cumplir con verificaciones de seguridad mediante el reconocimiento facial o biométrico y fe de vida.
Discrecionalidad
Se ha establecido que la cédula digital no reemplazará la versión física de los documentos de identidad personal y su descarga no es obligatoria, sino que es opcional para aquellas personas que lo requieran, pero tendrá la misma validez legal que el documento físico emitido por el Tribunal Electoral, por lo que deberá ser aceptado por todas las entidades públicas y empresas privadas que presten servicios a través de internet.