Mediante Fallo de 19 de diciembre de 2022 dentro de un proceso de plena jurisdicción presentado por un banco de la localidad, la Sala mencionada, declaró nula por ilegal la Resolución de la Superintendencia de Bancos y sus actos confirmatorios que había multado a la demandante en relación a incumplimientos de diversa índole.
El fondo de la controversia se resolvió con fundamento en la Resolución SBP-RG-0002-2014 de 11 de agosto de 2014 que dicta normas y lineamientos sobre informes de inspección y su posterior atención y seguimiento por parte del banco objeto de la misma.
En la Resolución, la Sala Tercera consideró que, en cualesquiera tipos de inspecciones bancarias, la SBP debe emitir un informe denominado “Matriz de Hallazgos y Recomendaciones” precisamente para identificar tanto los hallazgos, las recomendaciones e incumplimientos de cada inspección asignándole a la entidad bancaria un plazo de 20 días hábiles para presentar sus descargos y/o comentarios, así como los planes de acción y las fechas propuestas para subsanar dichos hallazgos.
La omisión en la entrega de este informe tuvo como consecuencia la declaratoria de nulidad por ilegalidad del acto administrativo demandado.