Entre protestas, marchas, cierre de calles, pitos, pailas y desfiles improvisados por la rápida sanción de la Ley 406 de 20 de octubre de 2023 que Aprueba el Contrato de Concesión Minera celebrado entre el Estado y la sociedad Minera Panamá, S.A., el pasado 3 de noviembre se sancionó la Ley 407 de 3 de noviembre de 2023 que establece una moratoria indefinida para la exploración, extracción, transporte y beneficio de la minería metálica en todo el territorio nacional.
Dispone la Ley 407 que la decisión se fundamenta en el principio precautorio, que implica la responsabilidad de proteger la salud de la población y garantizar un entorno limpio y libre de contaminación.
Con base en ello se declara una moratoria indefinida, prohíbe el otorgamiento de concesiones para actividades de exploración, extracción, transporte y beneficio de minerales metálicos en todo el país.
En consecuencia, el Ministerio de Comercio e Industrias no podrá otorgar concesiones para la explotación, extracción, transporte y beneficio de minerales metálicos en la República de Panamá. Así como también, deberán rechazar de plano todas las nuevas solicitudes presentadas para obtener dichas concesiones a partir de la promulgación de esta ley.
Por otro lado, después de la promulgación de la Ley en comento, se ha dispuesto que todas las solicitudes en proceso para la obtención de concesiones destinadas a la explotación, extracción, transporte y beneficio de minerales metálicos serán rechazadas y el MICI deberá archivar los expedientes en un plazo de tres meses a partir de la promulgación de la ley, es decir, del 3 de noviembre de 2023.
Otra prohibición de la Ley 407, lo constituye el hecho que a partir de la promulgación de la misma, no se renovarán las concesiones para la exploración, extracción, transporte y beneficio de minerales metálicos.
Lo anterior implica que las concesiones mineras que actualmente se encuentran operando, tienen por decirlo de alguna manera fecha de cumpleaños, dado que el artículo 4 de la Ley 407, establece que ninguna concesión podrá ser renovada o prorrogada.
Sobre el particular, consideramos oportuno señalar que la Ley 407 no toma en consideración la seguridad jurídica de la inversión, la cual el Estado tiene la obligación de garantizarle a los concesionarios mineros y que siempre ha sido uno de los pilares de la inversión extranjera y nacional en nuestro país y en cualquier otro país.
Dejando de lado, el derecho adquirido del concesionario minero a solicitar y obtener una prórroga al contrato, máxime cuando se encuentra cumpliendo con sus obligaciones como concesionario y esto opera para cualquier concesionario que cuente con un contrato, en el cual las partes hayan pactado el derecho a solicitar una prórroga del mismo, siempre que se den las condiciones acordadas por las partes.
Hay que considerar que los concesionarios frente a la decisión tomada por el Gobierno y queda plasmada en la Ley 407, pueden ejercer acciones legales ya sea una demanda o advertencia de inconstitucionalidad o un arbitraje, con la finalidad de que le sean respetados los derechos adquiridos por contrato.
Por otro lado, la Ley 407 no indica de manera precisa cuales son las razones en que se fundamentan para negar la prórroga a una concesión minera, no se habla de incumplimiento por parte del concesionario de sus obligaciones como tal o de cualquier otra razón fundamentada en el contrato existente. De un plumazo, se atenta en forma directa en contra de la seguridad jurídica de la inversión, lo que aunado a todos los problemas actuales, sin duda va a frenar la inversión privada en nuestro país.
De igual forma, no se ha considerado las implicaciones sociales de tal medida, ya que dichas minas constituyen la fuente de ingreso y el sustento de muchas familias panameñas, que perderán su estabilidad económica y familiar. Hay que tomar en cuenta además que hay yacimientos que tienen un gran impacto en el medio ambiente y otros que son de bajo impacto, y no se hace distinción alguna. En el mundo no hay ninguna mina que sea igual a otra y mucho menos se puede comparar los yacimientos de Panamá con los que existen en Chile, Perú, Bolivia y Australia.
No podemos concluir sin comentar, que como país estamos frente a una grave situación económica y prueba de ello lo es el hecho que la calificadora de riesgos Standard & Poors (S&P) cambió de estable a negativa la perspectiva de Panamá, considerando los riesgos a la confianza de los inversionistas y el crecimiento económico.
Considera la calificadora que “la perspectiva negativa refleja el riesgo de posible daño a la confianza de los inversionistas y a la inversión privada futura derivado de la controversia en curso sobre un contrato con Minera Panamá, que opera un gran proyecto minero de cobre. La fuerte oposición política al contrato gubernamental con Minera Panamá ha generado incertidumbre sobre el destino del proyecto. También ha dado lugar a una reciente moratoria sobre nuevos proyectos mineros. Esta situación podría debilitar la inversión privada y obstaculizar las expectativas de crecimiento a largo plazo del país, lo que llevaría a una baja de la calificación”.